Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2015 (14/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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Articulo 3.- De la Intervencion de las Fuerzas Armadas La intervencion de las Fuerzas Armadas se efectuara conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1095, que establece las Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional. Articulo 4.- Estado de Derecho La intervencion de las Fuerzas Armadas, conforme a la presente Resolucion Suprema, no implica en modo alguno la restriccion, suspension ni afectacion de los derechos fundamentales consagrados en la Constitucion Politica del Peru, las leyes y los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos de los que el Peru es parte. Articulo 5.- Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA URRESTI MORDAZA Ministro del Interior 1200963-3

El Peruano Sabado 14 de febrero de 2015

Autorizan viaje de oficiales de la Policia Nacional del Peru a Colombia, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 082-2015-IN MORDAZA, 13 de febrero de 2015 VISTOS; la Carta Nº 000060/DIPON-JEFAT-29.85 de fecha 26 de enero de 2015, de la Direccion General de la Policia Nacional de Colombia; y, el Memorandum Nº 2922015-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 3 de febrero 2015, de la Direccion General de la Policia Nacional del Peru; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº 000060/DIPON-JEFAT29.85 de fecha 26 de enero de 2015, la Direccion General de la Policia Nacional de Colombia, hace extensiva la invitacion al personal de la Policia Nacional del Peru para que participen en la Primera Reunion Extraordinaria de la Comunidad Latinoamericana y del Caribe de Inteligencia Policial (CLACIP), con motivo del desarrollo de las mesas tecnicas en lecciones aprendidas sobre "Seguridad de la Cumbre de las Americas" evento que se realizara en el MORDAZA de la conmemoracion del vigesimo aniversario de la Direccion de Inteligencia de la Policia Nacional de Colombia en la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, durante los dias 19 y 20 de febrero de 2015; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinion Nº 60-2015DIRGEN PNP/EMP-OCNI de fecha 2 de febrero de 2015, el Estado Mayor Personal de la Direccion General de la Policia Nacional del Peru estimo conveniente que la Direccion General de la Policia Nacional del Peru autorice el viaje al exterior del MORDAZA en comision de servicios del 18 al 20 de febrero de 2015, del General de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del Comandante de la Policia Nacional del Peru Max MORDAZA Anhuaman MORDAZA, para que participen en la actividad mencionada en el considerando precedente; Que, en atencion a los documentos sustentatorios sobre el particular, con Memorandum Nº 292-2015DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 3 de febrero de 2015, la Direccion General de la Policia Nacional del Peru, autorizo el viaje mencionado en el considerando anterior, disponiendo la formulacion de la resolucion autoritativa

correspondiente y senalando que irrogara gastos al Estado; Que, es conveniente para el interes institucional, autorizar el referido viaje al exterior del MORDAZA, toda vez que las experiencias a adquirirse en la visita senalada redundara en el ambito de competencia de la Policia Nacional del Peru y del MORDAZA, debiendo senalarse que los gastos que irrogara dicha participacion, por concepto de viaticos y pasajes (ida y retorno), seran asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007, Ministerio del Interior; Que, segun lo establecido en el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, la resolucion de autorizacion de viajes al exterior de la Republica estrictamente necesarios, sera debidamente sustentada en el interes nacional o en el interes especifico de la institucion y debera indicar expresamente el motivo del viaje, el numero de dias de duracion del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viaticos y el impuesto por tarifa unica de uso de aeropuerto; Que, conforme al penultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, las excepciones a la prohibicion de viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolucion Suprema refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial "El Peruano"; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y modificatorias; la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje al exterior del MORDAZA en comision de servicios, del General de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del Comandante de la Policia Nacional del Peru Max MORDAZA Anhuaman MORDAZA, a la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia del 18 al 20 de febrero de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2°.- Los gastos por concepto de viaticos y pasajes aereos, incluyendo la tarifa unica de uso de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el articulo precedente se efectuaran con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Viaticos US$ 370.00 Pasajes aereos US$ 1,102.00 Dias Pers. Total US$ 3 X 2 = 2,220.00 X 2 = 2,204.00 -------------4,424.00

Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el articulo 1° de la presente resolucion debera presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Articulo 4°.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion.

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