Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2015 (19/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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Que, mediante Informe Tecnico del visto, la Subdireccion de Cuarentena Animal, recomienda la publicacion de los requisitos sanitarios para la importacion de sangre/plasma/ hemoglobina de porcino en polvo para consumo humano o animal procedente de Belgica; asi como, iniciar la emision de permisos sanitarios de importacion correspondientes, a partir de la fecha de su publicacion; De conformidad con lo dispuesto en la Decision 515 de la Comunidad MORDAZA, el Decreto Legislativo N° 018-2008-AG, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, el Decreto Supremo N° 008-2005-AG; y con el visado de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Establecer los requisitos sanitarios especificos de cumplimiento obligatorio en la importacion de sangre/plasma/hemoglobina de porcino en polvo para consumo humano o animal procedente de Belgica. Articulo 2º.- El anexo senalado en el articulo precedente sera publicado en el MORDAZA institucional del SENASA (www.senasa.gob.pe). Articulo 3º.- Disponer la emision de los permisos Sanitarios de Importacion a partir de la fecha de Publicacion de la presente Resolucion. Articulo 4º.- El SENASA, a traves de la Direccion de Sanidad Animal, podra adoptar las medidas sanitarias complementarias a fin de garantizar el cumplimiento de la presente norma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General 1201740-2 FE DE ERRATAS RESOLUCION JEFATURAL Nº 041-2015-ANA Mediante Oficio Nº 167-2015-ANA-SG/OAJ, la Autoridad Nacional del Agua solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Jefatural Nº 041-2015-ANA, publicada en la edicion del 12 de febrero de 2015. DICE: (...) "Articulo 3.- De la supervision de la reserva de recursos hidricos". (...) DEBE DECIR: (...) "Articulo 2.- De la supervision de la reserva de recursos hidricos". (...) 1201497-1

El Peruano Jueves 19 de febrero de 2015

VISTO el Informe Nº 09-2015-MINCETUR/VMCE/ DNC/AGC de la Direccion Nacional de Desarrollo de Comercio Exterior; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2003MINCETUR se creo la Comision Multisectorial Mixta Permanente encargada de elaborar, proponer y monitorear el Plan Estrategico Nacional Exportador - PENX; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 2° del Decreto Supremo N° 002-2003-MINCETUR, la precitada Comision ha propuesto la actualizacion del Plan Estrategico Nacional Exportador con un horizonte hasta el ano 2025, para su aprobacion por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, MINCETUR, de acuerdo con su Ley de Organizacion y Funciones - Ley Nº 27790, es el Organismo Rector del Sector Comercio Exterior y Turismo, competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la politica de comercio exterior y de turismo, teniendo entre otras responsabilidades la de promover las exportaciones; Que, el articulo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, senala entre otros aspectos, que las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas de caracter general que MORDAZA de su competencia en el Diario Oficial "El Peruano", en sus Portales Electronicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) dias MORDAZA de la fecha prevista para su vigencia, a fin de permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, en tal sentido, a efectos de recibir las respectivas opiniones, sugerencias o comentarios de la ciudadania, procede disponer la publicacion del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Plan Estrategico Nacional Exportador 2025, la exposicion de motivos, asi como el Anexo que contiene el referido Plan en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del MINCETUR y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS - Reglamento que establece las disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General; SE RESUELVE: Articulo 1.- Publicacion del proyecto Disponer la publicacion del Proyecto del Decreto Supremo que aprueba el Plan Estrategico Nacional Exportador 2025, la exposicion de motivos, asi como el Anexo que contiene el referido Plan en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.mincetur.gob.pe), durante el plazo de treinta (30) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", a efectos de recibir opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadania. Articulo 2.- Mecanismo de participacion Las opiniones, sugerencias o comentarios sobre los documentos senalados en el Articulo 1 de la presente Resolucion, deberan ser remitidos por escrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, sito en MORDAZA Uno Oeste N° 050, Urbanizacion Corpac, San MORDAZA ­ MORDAZA o a traves del correo electronico consultapenx@mincetur.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VELARDE-ALVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1202345-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Disponen publicar Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Plan Estrategico Nacional Exportador 2025 en el MORDAZA institucional del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 051-2015-MINCETUR MORDAZA, 18 de febrero de 2015

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