Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2015 (19/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Jueves 19 de febrero de 2015

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Que, mediante el Informe N.º 179-2014-JUS/CN-P, la Presidenta del Consejo del Notariado da cuenta del fallecimiento del senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Notario Publico del distrito y provincia de MORDAZA, distrito notarial de San Martin. Que, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del articulo 21º del Decreto Legislativo N.º 1049, Decreto Legislativo del Notariado, el notario cesa por causal de muerte, por lo que habiendo operado dicha causal, resulta necesario expedir la Resolucion Ministerial de cancelacion de titulo de Notario Publico otorgado al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA SIFUENTES; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N.º 1049, Decreto Legislativo del Notariado; la Ley N.º 29809, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo N.º 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Cancelar por causal de muerte el titulo de Notario Publico del distrito y provincia de MORDAZA, distrito notarial de San MORDAZA, otorgado al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA SIFUENTES. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al Consejo del Notariado y al Colegio de Notarios de San MORDAZA, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1201800-1

Electricas y su Reglamento, emitio el Informe Nº 0282015-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto por el articulo 38 de la Ley de Concesiones Electricas, y el item AE01 del Anexo Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 061-2006-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1.- Otorgar autorizacion por tiempo indefinido a favor de MORDAZA I S.A., que se identificara con codigo Nº 33357314, para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Termica Nodo Energetico Planta Nº 1 Region MORDAZA (CT Puerto Bravo), con una potencia instalada de 788,80 MW, ubicada en el distrito de Mollendo, provincia de Islay y departamento de Arequipa. Articulo 2.- MORDAZA I S.A., debera construir las obras descritas en su solicitud, segun el Cronograma de Ejecucion de Obras, en el que esta prevista la puesta en marcha de la Central Termica Nodo Energetico Planta Nº 1 Region MORDAZA (CT Puerto Bravo) a mas tardar el 30 de MORDAZA de 2016. La falta de ejecucion de dichas obras de acuerdo con el cronograma de ejecucion, conllevara a la cancelacion de la presente autorizacion. Articulo 3.- El titular esta obligado a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes. Articulo 4.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (05) dias calendario siguientes a su expedicion, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1200828-1

PRODUCE
Delegan diversas facultades y atribuciones en el Secretario General del ITP
RESOLUCION EJECUTIVA Nº 11-2015-ITP/DE Callao, 6 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Ministerial 344-2012-PRODUCE, se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP (ahora Instituto Tecnologico de la Produccion ­ ITP); Que, el articulo 14° del mencionado dispositivo legal senala que el Director Ejecutivo Cientifico es el Titular de la entidad y del Pliego Presupuestal; Que, el articulo 15° del referido Reglamento establece que el Director Ejecutivo Cientifico tiene como funcion, entre otras, delegar las funciones no privativas de su cargo cuando lo considere conveniente, otorgando los poderes necesarios, dentro de los limites que establezca el Consejo Directivo; Que, en concordancia, el articulo 17° de dicho Reglamento dispone que el Secretario General tiene entre sus funciones la de ejercer las facultades que le delegue el Director Ejecutivo Cientifico y las demas funciones previstas en el MORDAZA legal vigente; Que, mediante Resolucion Ejecutiva N° 142-2014-ITP/ DEC, de fecha 20 de octubre de 2014, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Director Ejecutivo Cientifico, dejo sin efecto la Resolucion Ejecutiva N° 103-2014-ITP/DEC, de fecha 11 de agosto de 2014, asimismo delego facultades al senor MORDAZA MORDAZA Bonett, en su calidad de Secretario General; Que, la Octogesima Novena Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30281 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, senala que el Titular del Instituto Tecnologico de la

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Cancelan titulo de Notario Publico del distrito y provincia de MORDAZA, distrito notarial de San MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0019-2015-JUS MORDAZA, 17 de febrero de 2015 VISTOS, el Oficio N.º 998-2014-JUS/CN-P y el Informe N.º 179-2014-JUS/CN-P, de la Presidenta del Consejo del Notariado; los Oficios N.º 1787 y 1112-2014-JUS/CN-ST, del Secretario Tecnico del Consejo del Notariado; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N.º 090-2014/CNSM, el Decano del Colegio de Notarios de San MORDAZA comunica al Consejo del Notariado el fallecimiento del senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Notario Publico del distrito y provincia de MORDAZA, distrito notarial de San MORDAZA, para lo cual acompana MORDAZA del Acta de Defuncion expedida por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - Reniec y las copias de las Actas de Cierre del Registro Notarial del ano 2014;

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