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El Peruano Jueves 19 de febrero de 2015 546967 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$. 690,000.00), que de acuerdo al tipo de cambio de DOS CON 86/100 NUEVOS SOLES (S/. 2.86) por dólar americano asciende a la suma de UN MILLÓN NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1’973,400.00), para cubrir costos asociados a los gastos de combustibles y lubricantes en apoyo a los ejercicios UNITAS LV-2014. Artículo 2°.- Agradecer al Gobierno de los Estados Unidos de América y al Grupo Consultivo y de Ayuda Militar del mencionado país por su importante contribución. Artículo 3°.- Encargar a la Dirección General de Relaciones Internacionales del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, la supervisión de la ejecución de la donación dineraria materia de aprobación por parte de la Marina de Guerra del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1202111-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, a favor del pliego Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS DECRETO SUPREMO Nº 029-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, se crea el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS) como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, fi nanciera y administrativa, y con competencia a nivel nacional. Desarrolla su objeto en concordancia con la política general, objetivos, planes y programas del sector saneamiento y en coordinación con el ente rector; Que, el artículo 4 de la Ley N° 30045 establece que el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS es el encargado de cautelar la ejecución de la política del ente rector en materia de administración para la prestación de servicios de saneamiento a cargo de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento-EPS, la que se desarrolla a través de prestadores de servicios con autonomía empresarial, integración territorial y social; Que, con Decreto Supremo Nº 015-2013-VIVIENDA se aprueba el Reglamento de la Ley N° 30045, el cual, entre otros, establece la naturaleza, ámbito de competencia, organización y las funciones generales y específi cas del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS; Que, en el marco de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 006- 2014-OTASS/CD, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento-OTASS correspondiente al Año Fiscal 2015, por la suma de UN MILLON Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 000 000,00); Que, mediante Ofi cio Nº 066-2015-VIVIENDA-OGPP, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ha solicitado una Transferencia de Partidas a favor del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS por la suma de TRES MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 000 000,00), para ser destinados a fi nanciar su proceso de implementación, iniciado en el mes de noviembre del año 2014, así como su normal funcionamiento y operatividad en el presente año; para tal fi n, adjunta el Informe N° 016- 2015/VIVIENDA-OGPP-OP de la Ofi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, que señala que siendo que el citado organismo se constituye en una nueva entidad pública del Poder Ejecutivo y de reciente creación, requiere de los recursos para efecto de su implementación y así pueda cumplir con las funciones establecidas en su Ley de creación y su reglamento; Que, los artículos 44 y 45 del Texto único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, los recursos para atender el requerimiento señalado en los considerandos precedentes no han sido previstos en el presupuesto institucional del pliego Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, por lo que, resulta necesario autorizar una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de TRES MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 000 000,00); De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de TRES MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 000 000,00), a favor del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, para continuar con el proceso de implementación de la citada entidad, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: (En Nuevos Soles) SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Procesos Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 3 000 000,00 ========== TOTAL EGRESOS 3 000 000,00 ========== A LA: (En Nuevos Soles) SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 207 : Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 001 : Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento -OTASS