TEXTO PAGINA: 11
El Peruano Jueves 19 de febrero de 2015 546969 determina el monto de los recursos a transferirse a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, correspondientes al primer tramo, para ser destinados al fi nanciamiento de bienes y servicios de los Programas Presupuestales 0090: Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular y 0091: Incremento en el acceso de la población de 3 a 16 años a los servicios educativos públicos de la Educación Básica Regular, así como para las intervenciones de educación básica priorizadas para el ejercicio fi scal 2015. Por su parte, la Unidad de Presupuesto de la Secretaría de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 046-2015-MINEDU/SPE-UP, señala que, en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios correspondientes a los Programas Presupuestales 0090: Logros de Aprendizaje de los Estudiantes de Educación Básica Regular y 0091: Incremento en el acceso de la población de 3 a 16 años a los servicios educativos públicos de la Educación Básica Regular, se cuenta con recursos disponibles para ser transferidos a favor de los pliegos gobiernos regionales para los fi nes antes indicados; Que, en el marco de lo indicado en los considerandos precedentes, a través del Ofi cio N° 164-2015-MINEDU/ SG, el Ministerio de Educación solicita la aprobación del Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales hasta por la suma de OCHENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SETENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 86 997 073,00), para fi nanciar la adquisición de bienes y servicios de los Programas Presupuestales 0090: Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular y 0091: Incremento en el acceso de la población de 3 a 16 años a los servicios educativos públicos de la Educación Básica Regular, así como para las intervenciones de educación básica priorizadas para el año fi scal 2015; Que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de OCHENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SETENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 86 997 073,00), del pliego 010: Ministerio de Educación, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, destinados a fi nanciar las acciones descritas en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, y el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modifi catorias; DECRETA: Artículo 1.- Autorización de Transferencia de Partidas 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de OCHENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SETENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 86 997 073,00) del pliego 010: Ministerio de Educación, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para fi nanciar la adquisición de bienes y servicios de los Programas Presupuestales 0090: Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular y 0091: Incremento en el acceso de la población de 3 a 16 años a los servicios educativos públicos de la Educación Básica Regular, así como para las intervenciones de educación básica priorizadas para el año fi scal 2015, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de Educación UNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para Todos PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educación Básica Regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2. 3 Bienes y Servicios 30 260 040,00 PRODUCTO 3000386 : Docentes preparados implementan el currículo FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2. 3 Bienes y Servicios 47 024 193,00 PROGRAMA PRESUPUESTAL 0091 : Incremento en el acceso de la población de 3 a 16 años a los servicios educativos públicos de la Educación Básica Regular PRODUCTO 3000515 : Instituciones educativas gestionadas con condiciones sufi cientes para la atención FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2. 3 Bienes y Servicios : 9 712 840,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 86 997 073,00 =========== A LA: En Nuevos Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educación Básica Regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 30 260 040,00 PRODUCTO 3000386 : Docentes preparados implementan el currículo FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2. 3 Bienes y Servicios 47 024 193,00 PROGRAMA PRESUPUESTAL 0091 : Incremento en el acceso de la población de 3 a 16 años a los servicios educativos públicos de la Educación Básica Regular PRODUCTO 3000515 : Instituciones educativas gestionadas con condiciones sufi cientes para la atención FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios : 9 712 840,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 86 997 073,00 ============ 1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de transferencia por pliego, se consignan en el Anexo “Transferencia de Recursos para fi nanciar los Compromisos de Desempeño 2015 - Primer Tramo”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitados