Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (19/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Jueves 19 de febrero de 2015 546972 hasta por la suma OCHO MILLONES CIENTO CUARENTA MIL CUATROCIENTOS TRECE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/ 8 140 413,00), del Pliego 010: Ministerio de Educación, a favor de veintiún (21) Pliegos Gobiernos Regionales, para fi nanciar la contratación de quinientas tres (503) nuevas plazas destinadas a incrementar la cobertura en el Nivel de Educación Secundaria, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: (…) A LA: En Nuevos Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales (…) TOTAL EGRESOS 8 140 413.00 (…) 1202366-2 EDUCACION Delegan en el Procurador Público del Ministerio de Educación la facultad de participar en proceso de conciliación extrajudicial relativo a indemnización por daños ocasionados en institución educativa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 070-2015-MINEDU Lima, 17 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, el numeral 2 del artículo 23 del Decreto Legislativo N° 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, establece que los Procuradores Públicos podrán conciliar conforme a los requisitos y procedimientos dispuestos por el reglamento; y que para dichos efectos será necesaria la expedición de la resolución autoritativa del titular de la entidad, para lo cual el Procurador Público deberá emitir un informe precisando los motivos de la solicitud; Que, el último párrafo del artículo 38 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1068, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2008-JUS, modifi cado por la Segunda Disposición Complementaria Modifi catoria de la Ley N° 30137, establece que el Titular de la entidad, o la persona a quien delegue de forma expresa y por resolución, cuenta con facultades sufi cientes para participar en procedimientos de conciliación extrajudicial y suscribir los respectivos acuerdos, dentro de los límites establecidos por el presente artículo; pudiéndose delegar esta facultad en el procurador público de la entidad; Que, mediante escrito s/n del 14 de mayo de 2014, la Procuradora Pública Adjunta del Ministerio de Educación solicitó al CENTRO DE CONCILIACIÓN MINJUS SEDE MIRAFLORES cite y notifi que a una audiencia de conciliación a la empresa Constructora INARCO PERÚ S.A.C., al señor Ángel César Zegarra Franco (como responsable de la obra) y a la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A., a fi n que por responsabilidad civil extracontractual, solidariamente indemnicen al Ministerio de Educación el monto de S/. 74 637,36 (setenta y cuatro mil seiscientos treinta y siete y 36/100 Nuevos Soles) más los intereses legales, por los daños ocasionados a la infraestructura de la Institución Educativa N° 0094 “Santa María de Maranga” ubicada en el Pasaje Los Cordeles Mz. “N” Lote 1 AAHH Maranga, distrito de San Miguel, provincia de Lima, como consecuencia de la obra ejecutada por Constructora INARCO PERÚ S.A.C. en el predio colindante de propiedad de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.; Que, mediante el Ofi cio N° 1249-2015-MINEDU/PP y el Informe N° 005-2015-MINEDU/CELU, el Procurador Público del Ministerio de Educación, solicita se emita la resolución que lo autorice a conciliar en la referida audiencia de conciliación que se llevará a cabo el 18 de febrero de 2015, por los daños ocasionados a la infraestructura de la citada institución educativa, en atención a que la Ofi cina de Infraestructura Educativa – OINFE determinó que el monto de indemnización asciende a S/. 74 637,36 (setenta y cuatro mil seiscientos treinta y siete y 36/100 Nuevos Soles); monto que la empresa Constructora INARCO PERÚ S.A.C. aceptó cancelar mediante la Carta s/n de fecha 26 de enero de 2015; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cada por la Ley N° 26510; en el Decreto Legislativo N° 1068 Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 017-2008-JUS; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED; SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegar en el Procurador Público del Ministerio de Educación la facultad de participar en el proceso de conciliación extrajudicial entre el Ministerio de Educación y la empresa Constructora INARCO PERÚ S.A.C., el señor Ángel César Zegarra Franco y la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A., respecto de la indemnización derivada de responsabilidad civil extracontractual por los daños ocasionados en la institución educativa IE N° 094 “Santa María de Maranga” ubicada en el Pasaje Los Cordeles Mz “N” Lote 1 AAHH Maranga, distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima; ascendente a S/. 74 637,36 (setenta y cuatro mil seiscientos treinta y siete y 36/100 Nuevos Soles), más los intereses legales y suscribir el respectivo acuerdo. Artículo 2.- La Procuraduría Pública del Ministerio de Educación deberá informar al Titular del Sector respecto al resultado de la referida conciliación extrajudicial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1202091-1 Modifican Anexo 2 de la R.M. Nº 430- 2014-MINEDU que contiene la relación consolidada de plazas directivas puestas a concurso en el marco del Concurso Público de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas 2014 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 071-2015-MINEDU Lima, 18 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 1551-2014-MINEDU, de fecha 09 de setiembre de 2014, se aprueba la Norma Técnica denominada “Normas para el Concurso Público de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas 2014”, la cual contiene disposiciones para la organización, implementación y ejecución del referido concurso; así como sus etapas, instrumentos de evaluación y acciones que involucran a las diversas instancias de gestión educativa descentralizada en el marco de dicho concurso; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.2 de la referida Norma Técnica, la relación consolidada de plazas directivas puestas a concurso será aprobada por