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El Peruano Jueves 19 de febrero de 2015 546980 copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados, conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 20 AL 27 DE FEBRERO DE 2015 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 024-2015-MTC/12.04 Y Nº 021-2015-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCIÓN Nº INICIO FIN VIÁTICOS (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE RECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs. 127-2015- MTC/12.04 20-Feb 27-Feb US$ 1,320.00 L.C. BUSRE S.A.C. Alemán Urteaga, Javier José Félix Toronto y Vancouver Canadá Chequeo técnico y chequeo Inicial de Verifi cación de Competencia, en simulador de vuelo en el equipo Dash 8, a su personal aeronáutico 153-154- 22111 128-2015- MTC/12.04 24-Feb 26-Feb US$ 660.00 PERUVIAN AIR LINE S.A. Paredes Zuñiga, Javier Alfredo Miami E.U.A. Chequeo técnico Inicial de Verifi cación de Competencia en simulador de vuelo en el equipo B-737, a su personal aeronáutico 250-251 129-2015- MTC/12.04 25-Feb 26-Feb US$ 400.00 TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. Pinedo Bastos, José Roger Ezeiza, Buenos Aires Argentina Chequeo técnico Bianual como Instructor de Vuelo en la ruta Lima – Ezeiza – Lima en el equipo A-330 a su personal aeronáutico 367-368 1201695-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 061-2015 MTC/02 Lima, 13 de febrero de 2015 VISTOS: La solicitud formulada por la empresa LAN PERÚ S.A. con escrito de registro P/D No. 013688 del 23 de enero de 2015, y los Informes No. 031-2015-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil y No. 036-2015- MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley No. 30281, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, la Ley No. 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa LAN PERÚ S.A. ha presentado ante la autoridad de aeronáutica civil, solicitud para evaluación de su personal aeronáutico, a ser atendida durante el mes de febrero de 2015, acompañando los requisitos establecidos en el Procedimiento No. 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, la empresa LAN PERÚ S.A., ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos del viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, que incluye el pago de los viáticos; Que, dicha solicitud ha sido califi cada y aprobada por la Dirección de Seguridad Aeronáutica y por la Dirección General de Aeronáutica Civil, según se desprende del Informe No. 036-2015-MTC/12.04, al que se anexa de la respectiva Orden de Inspección, y el Informe No. 031-2015-MTC/12.04, respectivamente; verifi cándose el cumplimiento de lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 27261,