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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (19/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 12

El Peruano Jueves 19 de febrero de 2015 546970 en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Educación y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de febrero del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1202365-2 Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a las importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 004-2015-EF/15.01 Lima, 17 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 115-2001-EF, se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado decreto supremo; Que, a través del Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modifi có el artículo 7 del Decreto Supremo N° 115- 2001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados mediante resolución viceministerial del Viceministro de Economía; Que, con Decreto Supremo N° 378-2014-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia en el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2015; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia obtenidos en base a las cotizaciones observadas en el periodo del 1 al 15 de febrero de 2015; y De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo N° 115-2001-EF modifi cado con el artículo 1 del Decreto Supremo N° 184-2002-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refi ere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF) US$ por T.M. ---------------------------------------------------------------------- Maíz Azúcar Arroz Leche entera en polvo ---------------------------------------------------------------------- 202 407 457 2 996 ---------------------------------------------------------------------- Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GIANCARLO GASHA TAMASHIRO Viceministro de Economía 1202110-1 Modifican actividades del Plan Operativo Institucional (POI) 2015 del Ministerio de Economía y Finanzas RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 006-2015-EF/13 Lima, 17 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 411-2014-EF/41 de fecha 17 de diciembre de 2014, se aprobó el Plan Operativo Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas para el año 2015; Que, mediante el Informe N° 3344-2014-EF/45.04 remitido con el Memorando N° 7862-2014-EF/45.01 de fecha 24 de diciembre de 2014, la Ofi cina General de Servicios al Usuario solicita la modifi cación de la programación de las actividades 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 (formato POI con fi nalidad 0000342), del Plan Operativo Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas para el año 2015, a fi n de poder cumplir con las metas establecidas por la Ofi cina de Gestión de los Conectamef en concordancia con las funciones señaladas en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Decreto Supremo N° 117-2014; Que, la Dirección General de Contabilidad Pública mediante el Informe N° 001-2015-EF/51.08, presentado con el Memorando N° 069-2015-EF/51.01 de fecha 6 de febrero de 2015, solicita la modifi cación de las actividades 13 y 14 de la programación de actividades de dicho órgano (formato POI con fi nalidad 0040858), en el Plan Operativo Institucional 2015 del Ministerio de Economía y Finanzas, a fi n de refl ejar el adecuado cumplimiento de las funciones asignadas a la Dirección de Estadística de las Finanzas Públicas; Que, mediante el Informe N° 061-2015-EF/41.02 de fecha 11 de febrero de 2015, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, a través de la Ofi cina de Planifi cación y Modernización de la Gestión, manifi esta su opinión favorable a la modifi cación del Plan Operativo Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas para el año 2015, en la parte concerniente a las actividades de la Ofi cina General de Servicios al Usuario programadas para la Ofi cina de Gestión de los Conectamef (formato POI con fi nalidad 0000342), así como a la modifi cación de las actividades 13 y 14 de la programación de la Dirección General de Contabilidad Pública correspondientes a la Dirección de Estadísticas de las Finanzas Públicas (formato POI con fi nalidad 0040858); y,