Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2015 (19/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Jueves 19 de febrero de 2015

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Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo para el proyecto "Apoyo para desarrollar el Sistema Nacional de Competencias y fortalecer la Ventanilla Unica de Promocion del Empleo"(ATN/OC14539-PE), suscrita el 31 de diciembre de 2014, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru. Articulo 2°.- De conformidad con los articulos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procedera a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto integro del referido Convenio, asi como la fecha de entrada en vigencia. Articulo 3°.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Articulo 4°.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de febrero del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1202365-3

n) Solicitar el inicio de los procedimientos de conciliacion o arbitraje y representar a la entidad en dichos procedimientos de solucion de controversias en materia de contrataciones del Estado, sin perjuicio de las atribuciones del Procurador Publico a cargo de la defensa de los intereses de la entidad. o) Representar a la entidad ante el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado ­ OSCE y ante el Tribunal de Contrataciones del Estado, en los procedimientos, tramites y gestiones que se realicen ante dichas instancias, de acuerdo con las normas de contrataciones del Estado. Articulo 3°.- La delegacion de facultades, asi como la asignacion de responsabilidades a que se refiere la presente Resolucion, comprende igualmente las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligacion de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Articulo 4°.- Publiquese la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano" y el MORDAZA web del Instituto Tecnologico de la Produccion - ITP (http://www.itp.gob. pe). Articulo 5°.- Notificar la presente resolucion al funcionario a quien ha sido delegadas las facultades y atribuciones mediante la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo Instituto Tecnologico de la Produccion ITP 1202156-1

SALUD
Modifican la R.M. Nº 887-2014/MINSA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 089-2015/MINSA MORDAZA, 13 de febrero del 2015 Visto, el Expediente Nº 14-113304-002, que contiene el Informe Nº 603-2014-EIE-OGGRH/MINSA, emitido por el Equipo de Ingreso y Escalafon de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 887-2014/MINSA, de fecha 20 de noviembre de 2014, se dio por concluida con eficacia anticipada al 10 de noviembre de 2014, la designacion del Arquitecto MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Direccion de Infraestructura de la Direccion General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud; Que, conforme al articulo 2° de la citada Resolucion Ministerial, se designo temporalmente, con eficacia anticipada al 10 de noviembre de 2014, a la Ingeniero Civil MORDAZA MORDAZA Ascasibar MORDAZA, profesional contratada bajo el Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios, en el cargo de Directora Ejecutiva de la Direccion de Infraestructura de la Direccion General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud; Que, a traves de los Informes Nºs. 603-2014 y 009-2015-EIE-OGGRH/MINSA, remitidos mediante Memorando N° 0047-2015-OGGRH-OARH-EIE/MINSA, la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, informa que resulta necesaria la modificacion de la parte resolutiva de la Resolucion Ministerial N° 887-2014/MINSA, toda vez, que el Arquitecto MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha prestado sus servicios hasta el dia 21 de noviembre de 2014; Que, en merito a lo senalado en los considerandos precedentes, resulta pertinente modificar el acto resolutivo MORDAZA senalado; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo previsto en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276; en su

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican la Carta - Convenio de Cooperacion Tecnica No Reembolsable entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo para el proyecto "Apoyo para desarrollar el Sistema Nacional de Competencias y fortalecer la Ventanilla Unica de Promocion del Empleo" (ATN/OC14539-PE)
DECRETO SUPREMO Nº 008-2015-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Carta ­ Convenio de Cooperacion Tecnica No Reembolsable entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo para el proyecto "Apoyo para desarrollar el Sistema Nacional de Competencias y fortalecer la Ventanilla Unica de Promocion del Empleo"(ATN/OC-14539-PE), fue suscrita el 31 de diciembre de 2014, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento juridico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 57 y 118 inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el MORDAZA parrafo del articulo 2 de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica a celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase la Carta ­ Convenio de Cooperacion Tecnica No Reembolsable entre la

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