Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2015 (19/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Jueves 19 de febrero de 2015

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de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignacion por concepto de viaticos. Articulo 3.- La Inspectora autorizada en el articulo 1° de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, conforme a lo dispuesto por el articulo 10 del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM. Articulo 4.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones

Ley No. 27619, Ley No. 30281, Decreto Supremo No. 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Valdivieso, Inspectora de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuara el 26 y 27 de febrero de 2015 a la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en el Informe No. 031-2015MTC/12.04 de la Direccion General de Aeronautica Civil y el Informe No. 036-2015-MTC/12.04 de la Direccion de Seguridad Aeronautica. Articulo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido integramente cubiertos por la empresa LAN PERU S.A., a traves de los Recibos de Acotacion que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, abonados a la Oficina

DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC) Codigo: F-DSA-P&C-002 Cuadro Resumen de Viajes RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS 26 Y 27 DE FEBRERO DE 2015 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 036-2015-MTC/12.04 Y Nº 031-2015-MTC/12.04 ORDEN DE INICIO FIN VIATICOS SOLICITANTE INSPECTOR MORDAZA MORDAZA DETALLE INSPECCION (US$) Nº 251-2015- 26-Feb 27-Feb US$ 440.00 LAN PERU MORDAZA Miami E.U.A. Chequeo tecnico MTC/12.04 S.A. Valdivieso, MORDAZA Inicial en vuelo, como MORDAZA MORDAZA Instructor, en el equipo B-767, en la ruta MORDAZA ­ Miami ­ MORDAZA a su personal aeronautico 1201696-1 RECIBOS DE ACOTACION Nºs. 20296-2341823419 Revision: Original Fecha: 30.08.10

Aprueban valor total de la tasacion correspondiente a predio afectado por la ejecucion del Proyecto de la Linea 2 de la Red Basica del Metro de MORDAZA Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 062-2015 MTC/02 MORDAZA, 16 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30025 - Ley que facilita la adquisicion, expropiacion y posesion de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad publica la adquisicion o expropiacion de bienes inmuebles afectados para la ejecucion de diversas obras de infraestructura, se declaro de necesidad publica la ejecucion del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao, Lineas 1 y 2, y, se autorizo la expropiacion de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tales fines; Que, de acuerdo con el articulo 5 de la Ley MORDAZA citada, el valor de la tasacion para adquirir inmuebles afectados para la ejecucion de obras de infraestructura es fijado por la Direccion Nacional de Construccion, actualmente la Direccion de Construccion de la Direccion General de Politicas y Regulacion en Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Asimismo, para la aprobacion del Valor Total de la Tasacion, se considera el monto fijado por la Direccion de Construccion agregando un porcentaje adicional del 10% del valor comercial del predio y mejoras o cultivos permanentes existentes, de corresponder;

Que, la aprobacion del Valor Total de la Tasacion se realiza mediante Resolucion Ministerial del sector correspondiente; Que, mediante Oficio N° 093-2015/VIVIENDAVMCS-DGPRCS-DC, de fecha 29 de enero de 2015, el Ministerio de Vivienda Construccion y Saneamiento a traves de la Direccion de Construccion de la Direccion General de Politicas y Regulacion en Construccion y Saneamiento, remite a la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao, en adelante la AATE, el Informe Tecnico de Tasacion con la valuacion del predio afectado por la ejecucion del Proyecto de la Linea 2 de la Red Basica del Metro de MORDAZA - Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao; Que, el Gerente de la Unidad Gerencial de Supervision y Control de Obras de la AATE, a traves del Memorando N° 073-2015-MTC/33.1 hace MORDAZA el contenido del Informe N° 010-2015-RJQ, en el cual se identifica al sujeto pasivo, se detalla la ubicacion precisa del bien, establece los linderos, medidas perimetricas y area total de acuerdo a las coordenadas UTM de validez universal y senala el valor de tasacion correspondiente al predio afectado por la ejecucion del Proyecto de la Linea 2 de la Red Basica del Metro de MORDAZA - Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao; por lo que, solicita se inicie el tramite correspondiente para la aprobacion del valor de tasacion; Que, mediante Informe N° 42-2015-MTC/33.8 de la Oficina de Asesoria Legal de la AATE, se emite opinion favorable para la aprobacion del valor total de la tasacion correspondiente al predio afectado por la ejecucion del Proyecto de la Linea 2 de la Red Basica del Metro de MORDAZA - Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao; De conformidad con la Ley N° 30025 y con el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC;

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