Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2015 (19/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano Jueves 19 de febrero de 2015

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Que, la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, las empresas LC BUSRE S.A.C., PERUVIAN AIR LINE S.A.C. y TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. han presentado ante la autoridad de aeronautica civil, solicitudes para evaluacion de su personal aeronautico, a ser atendidas durante el mes de febrero de 2015, acompanando los requisitos establecidos en el Procedimiento No. 05 correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil, previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, las empresas LC BUSRE S.A.C., PERUVIAN AIR LINE S.A.C. y TRANS AMERICAN AIRLINES S.A., han cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos de los viajes de inspeccion, estan integramente cubiertos por las empresas solicitantes del servicio, incluyendo el pago de los viaticos; Que, dichas solicitudes han sido calificadas y aprobadas por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, segun se desprende del Informe No. 024-2015-MTC/12.04, al que se anexa la respectiva Orden de Inspeccion, asi como, por la citada Direccion General, segun el Informe No. 021-2015MTC/12.04, verificandose el cumplimiento de lo senalado en el Texto unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio; De conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 27261, Ley No. 27619, Ley No. 30281, Decreto Supremo No. 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar los viajes de los siguientes inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones: - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Urteaga, del 20 al 27 de febrero de 2015, a las ciudades de Toronto y Vancouver, Canada. - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del 24 al 26 de febrero de 2015, a la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de America. - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bastos, el 25 y 26 de febrero de 2015, a la MORDAZA de Ezeiza, Buenos Aires, Republica MORDAZA De acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en los Informes No. 021-2015-MTC/12.04 y No. 024-2015-MTC/12.04, de la Direccion General de Aeronautica Civil y de la Direccion de Seguridad Aeronautica, respectivamente. Articulo 2.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido integramente cubiertos por las empresas LC BUSRE S.A.C., PERUVIAN AIR LINE S.A.C. y TRANS AMERICAN AIRLINES S.A., a traves de los Recibos de Acotacion que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignacion por concepto de viaticos. Articulo 3.- Los Inspectores autorizados en el articulo 1° de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuados los viajes, deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con

monitoreo y asistencia tecnica en el ambito nacional, de lo dispuesto en la citada Guia Tecnica. Articulo 3.- Disponer que el Instituto de Gestion de Servicios de Salud, asi como las Direcciones de Salud, Direcciones Regionales de Salud, las Gerencias Regionales de Salud o las que MORDAZA sus veces en el ambito regional, son responsables de la asistencia tecnica, supervision y evaluacion del cumplimiento de la presente Guia Tecnica, dentro de sus respectivas jurisdicciones. (...)". DEBE DECIR: " (...) Articulo 2.- Encargar a la Direccion General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento, la difusion, monitoreo y asesoramiento tecnico especializado, de lo dispuesto en la citada Guia Tecnica. Articulo 3.- Disponer que el Instituto de Gestion de Servicios de Salud, las Direcciones Regionales de Salud, las Gerencias Regionales de Salud o las que MORDAZA sus veces en el ambito regional, son responsables de la asistencia tecnica, supervision y evaluacion del cumplimiento de la presente Guia Tecnica, dentro de sus respectivas jurisdicciones. (...)". 1201745-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a Canada, EE.UU. y MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 060-2015 MTC/02 MORDAZA, 13 de febrero de 2015 VISTOS: Las solicitudes de las empresas LC BUSRE S.A.C. (P/D No. 006669) del 13 de enero de 2015, PERUVIAN AIR LINE S.A.C. (Exp.2015-001233) del 08 de enero de 2015 y TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. (P/D No. 004748) del 09 de enero de 2015, y los Informes No. 021-2015-MTC/12.04, emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil y No. 024-2015-MTC/12.04, emitido por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley No. 30281, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades de aeronautica civil, los cuales se autorizan mediante resolucion del titular de la entidad;

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