Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2015 (04/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano Sábado 4 de julio de 2015

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· Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización. · Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y Modificatorias. · Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto · Ley Nº 29298, Ley que modifica la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo. · Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, disposiciones complementarias y modificatorias. · Decreto Supremo Nº 142-2009-EF que aprueba el Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo. · Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, precisan criterios de alcance, cobertura y montos de ejecución para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital y su modificación mediante Decreto Supremo Nº 132-2010-EF. · Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 007-2010EF/76.01. · Resolución Directoral Nº 005-2014-EF/50.01 que aprueba la Directiva Nº 003-2014-EF/50.01 "Directiva para la Programación y Formulación Anual del Presupuesto del Sector Público, con una perspectiva de Programación Multianual". Artículo 3º.- Finalidad La finalidad del presente reglamento es generar las condiciones para promover un proceso técnico participativo y concertado con los diferentes actores sociales del distrito, con el fin de planificar, identificar y priorizar los proyectos de inversión pública a incorporarse, por la vía participativa al Presupuesto Institucional del año fiscal 2016 teniendo como marco el Plan de Desarrollo Local Concertado. Artículo 4º.- Ámbito y alcance El ámbito para la realización del Proceso de Presupuesto Participativo 2016 comprende: la Sociedad Civil, Organizaciones Sociales de Base y Entidades Públicas y Privadas del Distrito de La Punta. TÍTULO II DEL ROL DE LOS ACTORES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 5º.- Alcalde · Convocar a reuniones del Presupuesto Participativo en su calidad de Presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital. · Organizar las actividades del proceso participativo, haciéndolas de conocimiento público. · Proponer la cartera de proyectos a ser sometida al Presupuesto Participativo 2016, señalando explícitamente su conexión al resultado prioritario que corresponda. · Determinar e informar a los agentes participantes el porcentaje del presupuesto institucional que corresponderá al Presupuesto Participativo. · Disponer las medidas necesarias para el cumplimiento de los acuerdos adoptados durante el proceso del Presupuesto participativo. · Desarrollar las acciones necesarias para la implementación de los acuerdos adoptados. · Rendir cuentas a los agentes participantes sobre el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos el año anterior. Artículo 6º.- Del Concejo Municipal · Aprobar las normas complementarias que se requieran para llevar a cabo el proceso. · Fiscalizar el desarrollo oportuno de cada una de las fases del proceso. · Velar por el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos por la Municipalidad. Artículo 7º.- Del Consejo de Coordinación Local Distrital · Participar y promover activamente el proceso. · Asistir a las convocatorias que realizan las autoridades regionales o locales. · Proponer la incorporación de proyectos de inversión en el presupuesto institucional correspondiente.

emitió la Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, que aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 "Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados", publicado con fecha 10 de abril del 2010; Que, en este contexto y tomando en cuenta lo expuesto, resulta necesario reglamentar la participación de los representantes de la sociedad civil; así como, sus responsabilidades, obligaciones y derechos, dentro del proceso del Presupuesto Participativo, estableciéndose lineamientos de carácter general y permanente, los cuales permitirán asegurar un uso eficiente de los recursos públicos en el desarrollo integral del distrito; Que, siendo que la presente complementa un tema legislado por la normatividad nacional que redunda en beneficio de la comunidad, en aplicación del numeral 3.2 del Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, se encuentra exceptuada de la publicación del proyecto de la misma; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO FISCAL 2016 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA Artículo 1º- Aprobar el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Municipalidad Distrital de La Punta para el año fiscal 2016, que como documento adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza, la cual entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo 2º.- Autorizar al señor Alcalde a dictar las medidas complementarias al Reglamento aprobado en el artículo anterior, que sean necesarias para el eficiente y eficaz desarrollo del Proceso de Presupuesto Participativo. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia Municipal, a través de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y las demás unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de La Punta, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- Encargar a la Oficina de Secretaria General, Archivo e Imagen Institucional la publicación en el Diario Oficial "El Peruano" de la presente Ordenanza; y a la Unidad de Tecnología de la Información ­ UTI, la publicación de la Ordenanza y su Reglamento en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ RISI CARRASCAL Alcalde REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto La presente Ordenanza tiene por objeto establecer el marco normativo, regular los mecanismos y procedimientos a través de los cuales las organizaciones de la sociedad civil participan en el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Municipalidad Distrital de la Punta para el ejercicio fiscal 2016, precisando además el cronograma de trabajo. Artículo 2º.- Base Legal La presente Ordenanza se sustenta en los siguientes dispositivos legales: · Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional. · Ley Nº 28607, Ley de Reforma de los artículos 91º, 191º y 194º de la Constitución Política del Perú.

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