Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2015 (04/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 105

El Peruano Sábado 4 de julio de 2015

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del Perú del Distrito, Centro de Salud de La Punta, Compañía de Bomberos Nº 34, Gobernación del Distrito e Iglesia Sagrado Corazón de Jesús) Los agentes señalados en los literales a), b), c), y d) quedan constituidos automáticamente como Agentes Participantes del proceso de Presupuesto Participativo. Los agentes señalados en los literales e), f), g), y h) para participar en el presupuesto Participativo deberán cumplir con inscribirse de acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento. Artículo 20º.- Registro y Acreditación de Agentes Participantes La Gerencia de Desarrollo Humano efectuará la inscripción de los agentes participantes en el Libro de Registro de Asociaciones Locales de Base, Juntas Vecinales, Comités de Vecinos, Asociaciones Vecinales, Organizaciones Sociales u otras similares de naturaleza Vecinal, que contendrá un rubro especial para el registro de agentes participantes del proceso de Presupuesto Participativo 2016. Asimismo, el libro deberá incluir el registro de representantes de las entidades del Gobierno Nacional y/o Regional y los organismos e instituciones privadas de la localidad. Para la acreditación de los agentes participantes es necesario ser representante designado o elegido para el presente proceso participativo por las organizaciones a las cuales pertenecen (Instructivo Nº 001-2010EF/76.01 Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. Capítulo II artículo 1º inciso 1.4). Los requisitos que deberán presentar los representantes de la sociedad civil, mencionados en el artículo 18º, literales e), f), g), y h) serán los siguientes: a. Solicitud de inscripción y acreditación, suscrita por el representante Legal de la Organización a la que pertenece. (Ver Anexo 02). b. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad ­ DNI del representante acreditado. c. En el caso de los representantes de Juntas Vecinales, una Fotocopia simple de la Resolución de Alcaldía que los reconoce como Junta Vecinal y lo mencionado en los incisos a), b), y d). d. Fotocopia fedateada de la Constancia de Inscripción de la Organización en los Registros Públicos (en el caso de los participantes mencionados en el artículo 18º, literal f). Artículo 21º.- Cuota de Género y Participación de Jóvenes Los representantes de las Juntas Vecinales, adicionalmente a los requisitos antes mencionados, deben cumplir con la cuota de género y participación de jóvenes, de acuerdo a lo siguiente: · Cuota de Género: Debe estar conformado por no menos de un treinta por ciento (30%) de hombres o mujeres. · Participación de Jóvenes: Debe estar conformada por no menos de un treinta por ciento (30%) de jóvenes (de 18 a 29 años de edad). Un representante de una Junta Vecinal puede cumplir a la vez con la Cuota de Género (hombre o mujer) y Participación de Jóvenes, si se encuentra en el rango de edad de 18 a 29 años. Artículo 22º.Publicación de Agentes Participantes. La Municipalidad Distrital de La Punta, publicará en la Página Web de la Institución (www.munilapunta.gob.pe) la lista de Agentes Participantes definitivos, a quienes se les otorgará una credencial para los talleres de trabajo del proceso del presupuesto participativo. Artículo 23º.- Atribuciones y Responsabilidades de los Agentes Participantes. · Los Agentes Participantes asistirán de manera obligatoria a los Talleres de Capacitación y Trabajo del Proceso de Presupuesto Participativo, teniendo en cuenta lo siguiente:

acceso a las oportunidades e inclusión de grupos y sectores sociales. 7. Competitividad.- Promover la producción y su articulación a los ejes del desarrollo o corredores económicos. 8. Respeto a los Acuerdos.- La participación de la sociedad civil se fundamenta en el compromiso de cumplimiento de los acuerdos o compromisos concertados. TÍTULO IV DESARROLLO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 15º.- Fases del Proceso El proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, se realiza siguiendo las fases establecidas en el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 (Preparación, concertación, coordinación y formalización). FASE DE PREPARACIÓN Artículo 16º.- Lineamientos generales de la Fase de Preparación Esta fase es de responsabilidad de la Municipalidad Distrital de La Punta en coordinación con el Consejo de Coordinación Local Distrital ­ CCLD; comprendiendo las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identificación, registro y capacitación de los agentes participantes en el proceso del Presupuesto Participativo 2016. Artículo 17º.- Comunicación y Sensibilización Con el propósito de lograr una amplia participación representatividad de la Sociedad Civil organizada y no organizada la Municipalidad difundirá por los medios adecuados el inicio del proceso del Presupuesto Participativo y mantiene informada a la población sobre los avances y resultados del mismo. La importancia de la sensibilización radica en promover la participación responsable de la Sociedad Civil organizada en la programación participativa del presupuesto, ejecución, control y sostenibilidad de los proyectos de inversión, a fin de lograr una participación con mayor compromiso social. Artículo 18º.- Convocatoria La Municipalidad, en coordinación con los miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital, convoca a la población debidamente organizada, a las organizaciones públicas y privadas, a participar en el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2016. La convocatoria se publicará a través del portal de la Municipalidad, en las vitrinas de la Municipalidad, en medios radiales, perifoneo, entre otros medios de difusión disponibles. Artículo 19º.Identificación de Agentes Participantes Los Agentes Participantes están constituidos por los representantes de cada organización de la sociedad civil de diverso tipo y nivel con sede en el distrito conforme a lo señalado en el artículo 12.3. Participan en la discusión y/o toma de decisiones en el proceso del Presupuesto Participativo, estando facultados a proponer, opinar y aprobar proyectos considerados en la cartera de proyectos propuestos: Son Agentes Participantes: a. Alcalde b. Regidores Distritales c. Miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital d. Miembros del Comité de Vigilancia e. Un representante de cada Junta Vecinal del distrito f. Un representante de cada Organización Social del distrito (asociaciones, clubes y organizaciones económicas) g. Un Representante de cada Institución Educativa del distrito h. Un Representante por cada Institución Pública (Escuela Naval del Perú, Comisaría de la Policía Nacional

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