Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2015 (04/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano Sábado 4 de julio de 2015

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Que de acuerdo al Plan del sistema Vial metropolitano de Lima al 2010, aprobado mediante Ordenanza Nº 341MML de fecha 06 de Diciembre del 2001, El Proyecto de habilitación Urbana Ejecutada en Vía de Regularización presentado , no se encuentra afecto por ninguna vía Metropolitana Vial. Que mediante liquidación de pago Nº 168-2015SGOPHU-GDU-MDSJL de fecha 15 de Junio del 2015, la administración emite liquidación de los derechos municipales de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4) del artículo séptimo de la Ordenanza que establece el Beneficio de regularización de las habilitaciones Urbanas y edificaciones ejecutadas sin Licencia en el distrito de san Juan de Lurigancho, siendo que el recibo de pago Nº 0002114719 de fecha 16 de Junio del 2015, pagado en la tesorería de esta corporación Municipal, acredita la cancelación de la precitada liquidación por parte del administrado, Que , A través de la Resolución Subgerencial Nº 1682015-SGOPHU-GDU-MDSJL de fecha 15 de Junio del 2015, se aprueba la valorización del Área, Correspondiente al déficit de aporte por Servicios Complementarios (Municipalidad Distrital) de la aprobación del proyecto de habilitación Urbana ejecutada en vías de regularización de Lote Único para uso de Vivienda taller-VT, del predio de 3,466.58m2 ubicado en el jirón los Duraznos Nº 297Pasaje S/N (Calle Ciega), Mza. B Lote 26A- Parcelación Semirustica Canto Grande-Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima, Siendo que tal valorización fue cancelada a la tesorería de la municipalidad Distrital mediante Recibo de pago Nº 0002114719 de fecha 16 de Junio del 2015. Que por consiguiente, ha quedado acreditado que el administrado ha cumplido con presentar los requisitos exigidos por la normatividad vigente, así como aparece dentro del ámbito fijado por la ley de la materia para el presente procedimiento; Que, Asimismo los artículos 51ºy 52º de la Ley 27444Ley del procedimiento Administrativo General, sostienen que para la procedencia de una pretensión administrativa es necesarios establecer la capacidad procesal del administrado para comparecer ante la Administración , así como su interés legítimo para Obrar y que este sea actual y Cierto; y si esto es así, de Conformidad con el artículo 75º de la ley de la referencia corresponde a la Autoridad Municipal verificar si los documentos y /o recaudos que el administrado presenta , cumplen con los requisitos exigidos por la entidad, y en aplicación del principio de presunción de veracidad plasmado en el artículo 42º de la precitada ley, Suponer que estos proceden con verdad en sus atribuciones, sin perjuicio de la probanzas que pueda ejercer la administración para el Logro del Objetivo pretendido, debiendo causar convicción a la autoridad administrativa para su procedencia, Estando a los Fundamentos expuestos en la parte considerativa, en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.61 del capítulo II del artículo 79º de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades de conformidad por lo dispuesto por la Ordenanza Nº 276- Ordenanza que estable el beneficio de Regularización de las habilitaciones Urbanas y Edificaciones Ejecutadas sin licencia en el distrito de san Juan de Lurigancho, Ley Nº 29090-Ley de regulación de habilitaciones Urbanas y de edificaciones , El reglamento Nacional de Edificaciones , las Ordenanzas Nº 341, Nº 836 y Nº 1081-MML, Con sus Modificatorias , el decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA-Reglamneto de Licencias de habilitación urbana y licencias de Edificación , El Reglamento Nacional de edificaciones las Ordenanzas Nº 341, Nº 836 y Nº 1081-MML con sus modificatorias y la Ley Nº 27444-Ley del procedimiento administrativo general. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar, el proyecto de habilitación Urbana ejecutada en Vía de regularización de Lote único par uso Vivienda taller-VT, del terreno de 3,466.58m2 ubicado en jirón los Duraznos Nº 297-Pasaje S/N (Calle Ciega), Maza. B Lote 26A- Parcelación Semirustica Canto Grande-Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima; de Conformidad con el plano Trazado y lotización y el Plano de Ubicación y Localización, signados par efectos de registro como Plano Nº113-2015-SGOPHU-GDU-MDSJL y Nº 114 -2015SGOPHU-GDU-MDSJL, Nº 115-2015-SGOPHU-GDUMDSJL respectivamente solicitado por Oscar Zelaya Villegas y Susana del Pilar Acuña Espinoza.

como lote único para uso Vivienda Taller-VT, Sobre el terreno de 3,466.58 m2 ubicado jirón los Duraznos Nº 297Pasaje S/N (Calle Ciega), Mza. B Lote 26A- Parcelación Semirustica Canto Grande-Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima CONSIDERANDO: Que en el numeral 9 del artículo 4º de La ley 29090Ley de Regularización de habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, establece que las municipalidades distritales en el ámbito de jurisdicción, tiene competencia para la aprobación de proyectos de habilitación Urbana y de edificación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972-ley Orgánica de Municipalidades. Que el artículo 23º de la Ley 29090-Ley de regulación de Habilitaciones urbanas y de Edificaciones señala que la resolución de aprobación de las habilitaciones urbanas ejecutadas expedida por la municipalidad distrital, deberá de contener la resolución que aprueba el proyecto de habilitación urbana en vía de regularización y de ser el caso, la recepción de obras; siendo que una vez cumplidos los requisitos, la municipalidad emitirá la liquidación de los derechos municipales bajo responsabilidad, y acreditado su pago, se emitirá la resolución de aprobación para su inscripción en el registro de predios. Que el artículo noveno de la ordenanza Nº 276ordenanza que establece el beneficio de regularización de las habilitaciones urbanas y de edificaciones ejecutadas sin licencia en el distrito de san Juan de Lurigancho, aprobada por el consejo municipal de san Juan de Lurigancho, publicada el 6 de Julio del 2014, indica que la misma entrar en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y su plazo de vigencia es de ciento veinte (120) Días hábiles, conforme a los requisitos establecidos en la mencionada ordenanza. Que mediante Decretos Supremos Nº 008-2013vivienda, Nº 025-2008-vivienda se aprueban el reglamento de licencias de edificación, reglamento de los revisores Urbanos y reglamento de verificación administrativa y Técnica, respectivamente; Que el artículo tercero de la ordenanza Nº 276Ordenanza que establece el Beneficio de Regularización de las habilitaciones Urbanas y edificaciones ejecutadas sin licencia en el distrito de San Juan de Lurigancho, aprobada por el consejo municipal de san Juan de Lurigancho, publicada el 6 de Julio del 2014, refiere a todas aquellas personas naturales y/o jurídicas; sean Propietarias y/o adjudicatarias de las habilitaciones que hayan sido ejecutadas sin Licencia desde Julio de 1999 hasta la fecha de Aprobación de la Ordenanza, dentro de la Jurisdicción de San Juan de Lurigancho podrán solicitar la Regularización de la Misma, debiendo cumplir con los requisitos Fijados en la misma y la normatividad de la materia; que previamente resulta necesario mencionar que esta subgerencia ha verificado el cumplimiento de los requisitos exigidos por el artículo quinto, de la ordenanza Nº 276-Ordenanza que establece el beneficio de la regularización de las habilitaciones urbana y edificaciones ejecutadas sin la licencia en el distrito de san Juan de Lurigancho, verificándose que el administrado ha iniciado el presente procedimiento durante la vigencia de la Ordenanza Nº 276-Ordenanza que establece el Beneficio de Regularización de las habilitaciones Urbanas y Edificaciones Ejecutadas sin licencia en el Distrito de san Juan de Lurigancho y habiéndose Cumplido los presupuestos previstos por dicha ordenanza par el procedimiento, la corporación Municipal se encuentra facultada para emitir el pronunciamiento correspondiente; Que, Oscar Zelaya Villegas y Susana del Pilar Acuña Espinoza resultan ser Propietarios del terreno Ubicado en jirón los Duraznos Nº 297-Pasaje S/N (Calle Ciega), Mza. B Lote 26A- Parcelación Semirustica Canto Grande-Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima; el cual aparece inscrito en la partida Nº del Registro de Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. Que el Certificado de Zonificación y Vías Nº 591-2014MML-GDU- de fecha 1 de abril del 2014, expedido por la Subgerencia de Planeamiento y habilitaciones Urbana de la Municipalidad Metropolitana de Lima, menciona que el terreno ubicado en la Avenida canto bello, Manzana B, Lote 15 Urbanización canto Bello, Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima, Se Encuentra Calificado como Vivienda Taller-VT, Conforme a la Ordenanza Nº 1081-MML,

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