Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2015 (04/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Motorizados y No Motorizados del Distrito de Puente Piedra a las personas que a continuación se indican:
Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 APELLIDOS Y NOMBRES Solano Lluen Rosa Aleida Meneses Meneses Bertha Marisol Tohalino Diaz Elizabeth Elvira Chiroque Arevalo Roger Orlando Rivera Villanueva Hober Jaime Cañapataña Cañapataña Claudia Milagros Enriquez Cerna Evelyn Julissa Pascacio Olivas Gloria Sanchez Ventura Julia Ana Pizarro Delgado Jorge Marcos DNI 16691919 09632985 77514414 43185446 44402917 44105811 47279373 40368987 09528311 41303521

El Peruano Sábado 4 de julio de 2015

Que, esta gestión municipal, cumpliendo con el deber de incentivar la participación cívica de los vecinos, ha adoptado como política de Gobierno Local, promover en la comunidad sanisidrina los valores cívicos patrióticos, generando conciencia cívica y resaltando el respeto a los símbolos patrios; Que, los vecinos de San Isidro se han caracterizado por su preocupación en el cuidado del aspecto exterior de sus predios, coadyuvando al mejoramiento progresivo del ornato del distrito, en atención a lo cual corresponde dictar las medidas correspondientes a fin de garantizar la limpieza, resane y pintado de las fachadas de los inmuebles del distrito, previo a colocar la Bandera Nacional con motivo de las fiestas patrias; En uso de las facultades establecidas en el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER con carácter obligatorio el embanderamiento general de las viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios del distrito de San Isidro del 20 al 31 de Julio de 2015, con motivo de la celebración del Centésimo Nonagésimo Cuarto Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- PRECISAR que de conformidad con el Decreto Ley N° 11323 del 31 de Marzo de 1950, es obligatorio el uso de la Bandera Nacional (de forma rectangular, con los colores nacionales, sin escudo de armas), encontrándose reservado el Pabellón Nacional (con el Escudo Nacional al centro) para el uso de los edificios del Estado; asimismo las banderas a izar, deberán contar con sus respectivas astas y encontrarse en buen estado de conservación y limpieza. Artículo Tercero.- DISPONER la limpieza, resane y pintado de las fachadas de las viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios del distrito de San Isidro que lo requieran para su mejor presentación y ornato, previo a la colocación de la Bandera Nacional conforme a lo dispuesto en los artículos precedentes. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto; a Secretaría General su publicación en el Diario Oficial "El Peruano"; y a la Subgerencia de Participación Vecinal y Oficina de Comunicaciones e Imagen su difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcade 1257885-1

Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a través de la Sub gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial la respectiva acreditación de los Inspectores Municipales de Transporte. Artículo Tercero.- Déjese sin efecto cualquier resolución de designación que haya sido emitida con anterioridad a la presente a favor de los Inspectores Municipales de Transporte designados en la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Encargar a Secretaria General la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano conforme a Ley. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Tecnologías de Información y Gobierno Electrónico la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Portal Web Institucional (www.munipuentepiedra.gob.pe), y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Artículo Sexto.- La presente Resolución entra en vigencia a partir de la fecha de su emisión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MILTON F. JIMENEZ SALAZAR Alcalde 1257973-1

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Disponen el embanderamiento general de viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA N° 009-2015-ALC/MSI San Isidro, 30 de Junio de 2015 EL ALCALDE DE SAN ISIDRO CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica, administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194° de la Constitución Política de Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; la misma que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 6 del artículo 93° de la Ley Orgánica de Municipalidades, indica que las municipalidades provinciales y distritales, dentro del ámbito de su jurisdicción, están facultadas para disponer la pintura periódica de las fachadas; Que, el día 28 de Julio del presente año, se celebra el Centésimo Nonagésimo Cuarto Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú;

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Aprueban proyecto de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito
SUBGERENCIA DE OBRAS PRIVADAS Y HABILITACIONES URBANAS RESOLUCIÓN SUB GERENCIAL Nº 186 -2015-SGOPHU-GDU-MDSJL San Juan de Lurigancho, 24 de junio de 2015 LA SUB GERENCIA DE OBRAS PRIVADAS Y HABILITACIONES URBANAS DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO.- El Registro Nº 49975-A1-2014, con fecha de ingreso 16 de Setiembre del 2014, presentado por Oscar Zelaya Villegas y Susana del Pilar Acuña Espinoza, Mediante el cual solicitan la aprobación del proyecto de Habilitación Urbana ejecutada en vía de regularización,

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