Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2015 (04/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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merito a lo señalado, opinan que se debe aprobar el Acuerdo de Concejo que declara la Exoneración del proceso de selección para la Contratación del "Servicio de Recolección, Transporte y Disposición Final de Residuos Sólidos" ante una situación de Desabastecimiento por la cantidad de 110 TM diarias, en el plazo de 120 días calendarios; cuyo monto referencial es de S/. 1´320,000.00 nuevos soles; Estando a lo expuesto y de conformidad con los artículos 9º numeral 28), 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Pleno del Concejo Municipal con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, adoptó por MAYORIA y con la abstención del Regidor VICTOR MANUEL DE LA ROCA OLIVOS, el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- DECLARAR la Exoneración del proceso de selección para la Contratación del "Servicio de Recolección, Transporte y Disposición Final de Residuos Sólidos" ante una situación de Desabastecimiento Inminente, por la cantidad de 110 TM diarias, en el plazo de 120 días calendarios; cuyo monto referencial es de S/. 1´320,000.00 nuevos soles. Artículo Segundo.- Remitir los actuados a la Secretaría Técnica para que determine sobre la responsabilidad del funcionario o funcionarios a que se contrae el Art. 129º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Subgerencia de Logística de la Municipalidad, como órgano encargado de las contrataciones de la entidad, la adquisición del Servicio de Recolección, Transporte, y Disposición Final de Residuos Sólidos, siguiendo el procedimiento de exoneración del proceso de selección de acuerdo a lo establecido en el Art. 135º del Reglamento de la Ley de Contratación aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF por el periodo que dure la situación de desabastecimiento inminente señalado en el primer artículo del presente Acuerdo. Asimismo, ENCARGUESELE la publicación del presente Acuerdo en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE), y a la Contraloría General de la República, el formato EXO, aprobado mediante Directiva Nº 005-2001-CG/OATJ. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General, disponer la publicación del presente Acuerdo de Concejo, en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General poner en conocimiento el presente Acuerdo de Concejo y sus antecedentes, a la Contraloría General de la República, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de adopción del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANGEL A. WU HUAPAYA Alcalde 1257982-1 CONSIDERANDO:

El Peruano Sábado 4 de julio de 2015

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Presidencia de Consejo de Ministros a través de la Secretaría de Gestión Pública como órgano responsable de coordinar y dirigir el proceso de Modernización de la Administración Pública viene implementando un conjunto de reformas normativas e institucionales dirigidas al logro de la eficiencia y eficacia de los procedimientos administrativos y prestación de servicios públicos a la ciudadanía, asimismo se aprobó la nueva Metodología de Costos de los Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas aprobada por el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM y la Metodología de Simplificación Administrativa aprobada por el Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, aplicable a todas las entidades de la Administración Pública; Que, el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), compila a los servicios no exclusivos que la Municipalidad brinda para satisfacer a la población que lo necesita, aun cuando pueda existir un agente privado que también los preste; por tal razón, la Gerencia de Planificación, Presupuesto, Racionalización, OPI y Cooperación Interinstitucional ha presentado el proyecto de TUSNE el mismo que contiene la compilación de todos los servicios que no son prestados en exclusividad por la Municipalidad, documento que se ha realizado conforme a los lineamientos para la elaboración que obedecen a razón de interés público y no incurrir en competencia desleal con iniciativa privada; Que, el último párrafo del artículo 37º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimientos Administrativos General, establece que: "Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de la Resolución del Titular del Pliego establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento"; Que, por lo expuesto en los considerados anteriores es necesario aprobar el Texto Único de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE de la Municipalidad Distrital de Breña para contar con un instrumento actualizado que facilite la difusión al público de los mismos; Que, por lo expuesto en los considerados anteriores es necesario aprobar el Texto Único de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE de la Municipalidad Distrital de Breña para contar con un instrumento actualizado que facilite la difusión al público de los mismos; Estando en lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de conformidad a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el artículo 37º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Breña, el mismo que consta de dieciséis (16) servicios no exclusivos y dos (02) formatos, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución de Alcaldía. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución de Alcaldía, en el Diario Oficial El Peruano. La publicación del Anexo será efectuada en el portal electrónico www.munibrena.gob.pe, en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- La presente Resolución entrará en vigencia, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución, a la Gerencia de Planificación, Presupuesto, Racionalización, OPI y Cooperación Interinstitucional, Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Estadística e Informática y Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, Secretaria General, Subgerencia de Trámite Documentario, Archivo Central y Registro Civil, Subgerencia de Juventud,

Aprueban el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 173-2015-MDB Breña, 15 de junio de 2015. El ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA VISTO: El Informe Nº 097-2015-GM/MDB de la Gerencia Municipal, quien remite adjunto, el Informe Nº 059-2015GPPROPICI/MDB de fecha 10.06.2015, elaborado por la Gerencia de Planificación, Presupuesto, Racionalización, OPI y Cooperación Interinstitucional sobre aprobación del Texto Único de Servicios No Exclusivos TUSNE de la Municipalidad Distrital de Breña;

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