Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2015 (08/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor CAMILO NICANOR CARRILLO PURIN en el cargo de Director General de la Dirección General de Infraestructura Educativa, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio de Educación; dejándose sin efecto la encargatura de funciones conferida mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 162-2015MINEDU. Artículo 2.- Dar por concluida la designación del señor CAMILO NICANOR CARRILLO PURIN, en el cargo de Director de la Dirección de Planificación de Inversiones de la Dirección General de Infraestructura Educativa, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio de Educación. Artículo 3.- Encargar las funciones de Director de la Dirección de Planificación de Inversiones de la Dirección General de Infraestructura Educativa, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, al señor CAMILO NICANOR CARRILLO PURIN, en adiciones a sus funciones y en tanto se designe al titular del referido cargo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1260001-1

El Peruano Miércoles 8 de julio de 2015

Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1047; el Decreto Supremo N° 010-2014-PRODUCE, que crea el Programa Nacional de Diversidad Productiva; el Decreto Supremo N° 043-2006PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el "Manual de Operaciones del Programa Nacional de Diversificación Productiva", que contiene seis (6) Títulos, cuatro (4) Capítulos, treinta y cinco (35) artículos y el Organigrama, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1260151-1

PRODUCE
Aprueban Manual de Operaciones del Programa Nacional de Diversificación Productiva
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 233-2015-PRODUCE Lima, 6 de julio de 2015 VISTOS: El Memorando N° 1734-2015-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Informe N° 146-2015-PRODUCE/OGPPOPRA de la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 023-2015-PRODUCE/OGAJ-kcarcamo de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2014PRODUCE, se crea el Programa Nacional de Diversificación Productiva con la finalidad de promover, impulsar y ejecutar acciones en el marco del Plan Nacional de Diversificación Productiva; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo citado en el considerando precedente, establece que el Ministerio de la Producción aprobará mediante Resolución Ministerial, el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Diversificación Productiva, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del citado Decreto Supremo; Que, el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, estableciendo en su artículo 4 que la definición de las funciones y, de ser el caso, la estructura orgánica de los programas y proyectos se aprueba mediante un Manual de Operaciones; Que, mediante el documento de Vistos, el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria propone el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Diversificación Productiva, el mismo que cuenta con opinión favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;

Designan Director de la Dirección de Extracción Industrial Pesquera para Consumo Humano Indirecto
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 235-2015-PRODUCE Lima, 7 de julio de 2015 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la Dirección de Extracción Industrial Pesquera para Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Indirecto del Despacho Viceministerial de Pesquería del Ministerio de la Producción; Que, en consecuencia es necesario designar al funcionario que desempeñará el citado cargo; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesquería, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1047; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, con eficacia al 07 de julio de 2015, al señor NOÉ AUGUSTO BALBÍN INGA en el cargo de Director de la Dirección de Extracción Industrial Pesquera para Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Indirecto del Despacho Viceministerial de Pesquería del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1260152-1

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