Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2015 (08/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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El Peruano Miércoles 8 de julio de 2015

1259651-1

Otorgan a North American Float Plane Service S.A.C. la renovación de permiso de operación de servicio de transporte aéreo internacional no regular de pasajeros, carga y correo
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 240-2015-MTC/12 Lima, 11 de junio de 2015 Vista la solicitud de NORTH AMERICAN FLOAT PLANE SERVICE S.A.C. sobre Renovación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Directoral Nº 074-2011-MTC/12 del 08 de marzo de 2011, se otorgó a NORTH AMERICAN FLOAT PLANE SERVICE S.A.C., Permiso de Operación para prestar el Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de pasajeros, carga y correo, hasta el 27 de mayo de 2015. Que, con documentos de Registro Nº 2015-006913 del 02 de febrero de 2015 y Nº 051190 del 21 de marzo de 2015, NORTH AMERICAN FLOAT PLANE SERVICE S.A.C. solicitó la Renovación de Permiso de Operación para prestar el Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) años; Que, NORTH AMERICAN FLOAT PLANE SERVICE S.A.C. cuenta con el Certificado de Explotador de Servicios

Aéreos Nº 038 y sus Especificaciones de Operación respectivas; Que, según los términos del Memorando Nº 1612015-MTC/12.LEG, Memorando Nº 008-2015-MTC/12. POA, Memorando Nº 070-2015-MTC/12.07.CER, Memorando Nº 147-2015-MTC/12.07.CER, Memorando Nº 050-2015-MTC/12.07.PEL e Informe Nº 213-2015MTC/12.07, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil y que forman parte de la presente Resolución Directoral, conforme a lo dispuesto en el artículo 6º numeral 2) de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera pertinente atender en lo que corresponde lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento y demás disposiciones legales vigentes; Que, en aplicación del artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes;

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