Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2015 (08/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Miércoles 8 de julio de 2015

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Artículo Tercero: DEJESE SIN EFECTO, la Resolución Administrativa N° 218-2013-P-CSJCL/PJ de fecha 19 de julio de 2013. Artículo Cuarto: PONGASE la presente resolución a conocimiento del de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao, de la Gerencia de Informática del Poder Judicial, del Jefe de la Oficina Distrital de Imagen Institucional, y de los interesados para los fines pertinentes.Regístrese, publiquese, cúmplase y archívese. CÉSAR HINOSTROZA PARIACHI Presidente 1259806-1

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan Responsable del Libro de Reclamaciones del Distrito Judicial del Callao
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 351-2015-P-CSJCL/PJ Callao, 3 de julio de 2015. VISTOS: La Resolución Administrativa N° 218-2013-PCSJCL/PJ de fecha 19 de junio de 2013, expedida por la Presidencia de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 042-2011-PCM, de fecha 08 de mayo de 2011, se estableció la obligación de las entidades del Sector Público comprendidas en los numerales 1 al 7 del artículo I del Título Preliminar de la Ley N° 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General, de contar con un Libro de Reclamaciones, como mecanismo de participación ciudadana para lograr la eficiencia del Estado y salvaguardar los derechos de los usuarios frente a la atención de los trámites y servicios que se les brinda. Que, el artículo 3° del Decreto Supremo acotado establece, entre otros aspectos, que en el Libro de Reclamaciones, los usuarios podrán formular sus reclamos, debiendo consignar información relativa a su identidad y aquella otra información necesaria a efectos de dar respuesta al reclamo formulado. Asimismo señala que (...) "El Libro de Reclamaciones deberá constar de manera física o virtual, debiendo ser ubicado en un lugar visible y de fácil acceso". (...). Que, mediante Resolución Administrativa N° 2182013-P-CSJCL/PJ de fecha 19 de julio de 2013, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao designó al Gerente de Administración Distrital, Ingeniero Luis Daniel Córdova Torres, como Responsable del Libro de Reclamaciones del Distrito Judicial del Callao. Que, mediante Resolución Administrativa N° 1442015-P/PJ de fecha 30.03.2015, la Presidencia del Poder Judicial, dio por concluida la designación del Gerente Público Luis Daniel Córdova Torres, en el cargo de confianza de Gerente de Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia, designándose en su reemplazo al Licenciado César Maurice Pacheco Amorín. Que, siendo así, resulta necesario, en vía de regularización, designar al nuevo Gerente de Administración Distrital asignado a esta Corte Superior de Justicia, a fin de que continúe con el trabajo que se ha venido realizando con relación al Libro de Reclamaciones de la Corte Superior de Justicia del Callao. En consecuencia, en uso de las atribuciones conferidas a los Presidentes de Corte, en los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero: DESIGNAR al señor Gerente Público, Licenciado CESAR MAURICE PACHECO AMORIN, como Responsable del Libro de Reclamaciones del Distrito Judicial del Callao. Artículo Segundo: DISPONER que el funcionario designado en al artículo precedente, sea el Responsable de la Administración del Sistema Virtual desarrollado por la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, para lo cual se le asignará los accesos informáticos correspondientes.

ORGANOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Aprueban la modificación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) 2013 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos
RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 03200-R-15 Lima, 1 de julio del 2015 Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 01111-OGPL-15 de la Oficina General de Planificación, sobre propuesta de modificación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Rectoral Nº 04253-R-13 del 20 de setiembre del 2013, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) 2013 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; Que con Resolución Rectoral N° 06021-R-12 del 30 de noviembre del 2012, se aprobó la creación del Centro de Investigación de Recursos Naturales de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (CIRNA-UNMSM); Que mediante Resolución Rectoral N° 01688-R14 del 03 de abril del 2014, se modificó el anexo de la Resolución Rectoral Nº 06021-R-12 del 30 de noviembre del 2012, respecto a los artículos 1º, 17º, 19º, 20º, 22º, 23º, 24º, 25º, 26º y 27º del Centro de Investigación de Recursos Naturales de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (CIRNA-UNMSM); Que con Resolución Rectoral N° 02886-R-15 del 11 de junio del 2015, se aprobó la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en su Título I, Art. 4°; en su Título II, Capítulo I, numeral 07 del Art. 5°; asimismo, en su Capítulo VII, numeral 07, con la incorporación de los Arts. 238° al 242°; y en su Anexo-Organigrama de la UNMSM, quedando constituido el Centro de Investigación de Recursos Naturales de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (CIRNA-UNMSM) como órgano académico dependiente del Rectorado; Que con Oficio N° 005-CIRNA-UNMSM-2015, el Director General del Centro de Investigación de Recursos Naturales de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (CIRNA-UNMSM), requiere la incorporación en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), de la estructura de cargos del CIRNA-UNMSM; Que mediante Oficio N° 2654-OGPL-2015, la Oficina General de Planificación, con opinión favorable, eleva al Rectorado la propuesta de modificación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) 2013 con la incorporación de la estructura de cargos del CIRNA-UNMSM; Que cuenta con el Proveído s/n de fecha 30 de junio del 2015, del Despacho Rectoral; y,

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