Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2015 (08/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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Estando a las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220; SE RESUELVE: 1º Aprobar, a partir de la fecha, la modificación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) 2013 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, mediante la incorporación de la estructura de cargos del Centro de Investigación de Recursos Naturales de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (CIRNA-UNMSM), según anexo que en fojas dos (02) forma parte de la presente resolución; quedando vigente todo lo demás que contiene. 2º Encargar a la Oficina General de Planificación y al Centro de Investigación de Recursos Naturales de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (CIRNAUNMSM), el cumplimiento de la presente Resolución Rectoral. 3º Encargar a la Secretaría General y a la Oficina General de Imagen Institucional, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional, respectivamente. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. PEDRO ATILIO COTILLO ZEGARRA Rector 1259439-1

El Peruano Miércoles 8 de julio de 2015

Articulo Segundo.- Dejar sin efecto, toda Resolución que se oponga a la presente. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Fiscal Superior Coordinadora de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, Presidencias de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tacna, Gerencia General y a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación (e) 1260008-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Ica S.A. - CMAC Ica el cierre de oficina especial en local compartido, ubicada en el departamento de Ayacucho
RESOLUCIÓN SBS Nº 3684-2015 Lima, 25 de junio de 2015 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Ica S.A. - CMAC Ica, para que se le autorice el cierre de una Oficina Especial en local compartido ubicada en la Plaza Principal S/N, en el distrito de Tambo, provincia La Mar y departamento de Ayacucho; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución SBS Nº 1277-2007 de fecha 24 de setiembre de 2007, se autorizó la apertura de la referida Oficina Especial; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar a esta Superintendencia la documentación pertinente para el cierre de la Oficina Especial solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas, uso de locales, compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución Nº 6285-2013 y modificatorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 del 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Ica S.A. - CMAC Ica el cierre de una Oficina Especial en local compartido, ubicada en la Plaza Principal S/N, en el distrito de Tambo, provincia La Mar, departamento de Ayacucho. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfinanzas 1259224-1

MINISTERIO PUBLICO
Disponen que la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tacna y las Fiscalías Provinciales Mixtas del Distrito Fiscal de Tacna, conozcan delitos ambientales
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3298-2015-MP-FN Lima, 07 de julio del 2015 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, tienen como finalidad prevenir e investigar delitos ambientales previstos en el Título XII del Libro Segundo del Código Penal. Asimismo, en aquellos Distritos Fiscales en los que no se existan Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, la competencia para conocer tanto en prevención como en investigación preliminar y judicial, dichos ilícitos recae sobre las Fiscalías Provinciales de Prevención del Delito. El Distrito Fiscal de Tacna, no cuenta con una Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental; en ese sentido, las investigaciones sobre ilícitos correspondiente a la mencionada materia, recae sobre la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Tacna. Que, en atención a la elevada carga que afronta la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Tacna, corresponde disponer que otras Fiscalías conozcan tanto en prevención como en investigación preliminar y judicial, los delitos ambientales. Estando a lo expuesto, corresponde al Fiscal de la Nación disponer las medidas adecuadas, a fin de ofrecer a la sociedad un servicio fiscal eficiente y oportuno. Que, en uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que, a partir de la fecha, la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tacna y las Fiscalías Provinciales Mixtas del Distrito Fiscal de Tacna, dentro del ámbito de su competencia, conozcan tanto en prevención como en investigación preliminar y judicial, los delitos ambientales correspondientes al mencionado Distrito Fiscal.

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