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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (04/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Jueves 4 de junio de 2015 553988 de los proyectos a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas correspondientes, para efectos de las acciones de verifi cación y seguimiento a que se refi ere el artículo 11 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 y su modifi catoria. Artículo 5.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA.- Uso de recursos no ejecutados Los titulares del pliego del Gobierno Nacional deberán tener en cuenta lo siguiente para efecto de la aplicación de los recursos autorizados por el artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 005-2014: 1. Los recursos incorporados en los pliegos del Gobierno Nacional en el marco del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 005-2014, que no han sido ejecutados por razones de actualización de los montos de los proyectos de inversión pública objeto de fi nanciamiento, excepcionalmente y bajo responsabilidad del Titular del pliego, podrán reorientarse al fi nanciamiento de otros proyectos de inversión pública priorizados en el marco del mencionado artículo, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público y en el marco de las normas vigentes. 2. Los pliegos del Gobierno Nacional pueden, excepcionalmente y bajo responsabilidad de su Titular, considerando sus objetivos institucionales, reorientar un monto parcial no comprometido de los recursos incorporados en el marco del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 005-2014, para determinados proyectos de inversión pública, a fi nanciar otros proyectos de inversión pública priorizados en el marco del citado artículo, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público, y en el marco de las normas vigentes. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de junio del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1246388-2 ENERGIA Y MINAS Oficializan evento denominado Perú Energía 2016, a realizarse en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 280-2015-MEM/DM Lima, 1 de junio de 2015 VISTO: El Expediente Nº 2487168, presentado por la señora Elsa Acevedo Calero, Gerente General de Prensa Grupo S.A.C., sobre solicitud de ofi cialización del evento denominado PERÚ ENERGÍA 2016; CONSIDERANDO: Que, la empresa Prensa Grupo S.A.C., a través del documento con registro Nº 2487168 de fecha 08 de abril de 2015, respectivamente, solicitó ante el Ministerio de Energía y Minas la ofi cialización del evento denominado PERÚ ENERGÍA 2016, a realizarse los días 02 y 03 de marzo de 2016, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, PERÚ ENERGÍA 2016 tiene como fi nalidad incentivar y apoyar las inversiones en nuestro país, a través de exposiciones a cargo de expertos panelistas de reconocida trayectoria profesional, en el sector energía, precisando además, que dicho evento convocará a las principales empresas inversionistas para propiciar un intercambio de ideas de actualidad, perspectiva y oportunidades de negocio, debiendo señalarse que mediante Memorando Nº 0337-2015/MEM-DGE, la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas indica que existe opinión favorable con relación a la ofi cialización del referido evento, en virtud del Informe N° 012-2015-MEM-DGE/DNE, resultando pertinente su ofi cialización; Que, la institución solicitante ha cumplido con los requisitos señalados en la Resolución Ministerial N° 050- 2001-EM/SG, que regula el procedimiento para ofi cializar eventos nacionales por parte del Ministerio de Energía y Minas, a pedido de entidades públicas o privadas; De conformidad con la Resolución Ministerial N° 050-2001-EM/SG y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Ofi cializar el evento denominado PERÚ ENERGÍA 2016, a realizarse los días 02 y 03 de marzo de 2016, en la ciudad de Lima, República del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1245573-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Acceden a solicitudes de extradición activa de ciudadanos peruano - venezolana, argentino y peruano, y disponen su presentación a España, Argentina y Bolivia RESOLUCIÓN SUPREMA N° 099-2015-JUS Lima, 3 de junio de 2015 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 061-2015/ COE-TC, del 18 de marzo de 2015, sobre la solicitud de extradición activa al Reino de España de la ciudadana peruana - venezolana LISBETH ELENA AFONSO LÉVANO, formulada por la Sala Penal Nacional de la Corte Suprema de Justicia de la República; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 21 de octubre de 2014, declaró procedente la solicitud de extradición activa de la ciudadana peruana - venezolana LISBETH ELENA AFONSO LÉVANO, para ser procesada por la presunta comisión de los delitos: (i) contra la Libertad - Secuestro agravado, en agravio de André Fernando Casalino Tejada; (ii) contra el Patrimonio - Robo agravado, en agravio de Arturo Polo Lucero y otro; (iii) contra la Tranquilidad Pública - Asociación Ilícita, en