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El Peruano Jueves 4 de junio de 2015 553993 de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción estableciendo en su artículo 3 que el Director General del CONAS, los miembros titulares y suplentes de las Áreas Especializadas y los Secretarios Técnicos son designados mediante Resolución Ministerial; Que, el artículo 5 del Reglamento Interno citado en el considerando precedente, dispone que las Áreas Especializadas podrán ser unipersonales y colegiadas, y en su artículo 7 establece que cada Área Colegiada contará con tres (3) miembros titulares y suplentes designados mediante Resolución Ministerial, de los cuales, al menos uno debe ser abogado y otro especialista en el Sector; precisando a su vez que cada Área colegiada tendrá su Presidente; Que, mediante Resolución Ministerial N° 375-2012- PRODUCE de fecha 14 de agosto de 2012 se designó a la abogada María Ysabel Valle Martínez como miembro titular del Área Especializada de Industria del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción; Que, asimismo, por Resolución Ministerial N° 324- 2013-PRODUCE de fecha 30 de octubre de 2013 se designó al abogado Eric Eduardo Ayllón Ramírez como miembro Titular y Presidente del Área Especializada Colegiada de Industria del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción; Que, estando a lo informado en los documentos del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y la Dirección General del Consejo de Apelación de Sanciones, citados en vistos, resulta necesario dar por concluida la designación del señor Eric Eduardo Ayllón Ramírez, y designar a un miembro titular, un suplente y al Presidente del Área Especializada Colegiada de Industria del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción; Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, del Consejo de Apelación de Sanciones y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE; y, el Reglamento Interno del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Resolución Ministerial N° 094- 2013-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del abogado ERIC EDUARDO AYLLÓN RAMÍREZ como miembro titular y Presidente del Área Especializada Colegiada de Industria del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción, efectuada con Resolución Ministerial N° 324-2013-PRODUCE, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la abogada MARÍA YSABEL VALLE MARTÍNEZ como Presidenta del Área Especializada Colegiada de Industria del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción, en adición a sus funciones. Artículo 3.- Designar a la economista MILAGROS DEL ROSARIO HUARINGA AGUIRRE como miembro titular del Área Especializada Colegiada de Industria del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción, en adición sus funciones. Artículo 4.- Designar al abogado GABRIEL PASCO LOAYZA como miembro suplente del Área Especializada Colegiada de Industria del Consejo de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción, en adición a sus funciones. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1245806-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan al Ministerio de la Producción a efectuar pago a la Comisión Interamericana del Atún Tropical - CIAT. RESOLUCIÓN SUPREMA N° 107-2015-RE Lima, 3 de junio de 2015 VISTO: El Ofi cio Nº 440-2015-PRODUCE/SG, de 11 de marzo de 2015, del Ministerio de la Producción, mediante el cual solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de la cuota a favor de la Comisión Interamericana del Atún Tropical - CIAT; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprobó el “Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2015”, donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fi scal 2015; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por la ministra de Relaciones Exteriores; Que, en el presupuesto del Ministerio de la Producción se han previsto recursos para el pago de la cuota a favor de la Comisión Interamericana del Atún Tropical - CIAT, por lo que corresponde emitir la presente resolución a fi n de autorizar el respectivo pago; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y en la Ley Nº 30281 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización Autorizar al Ministerio de la Producción a efectuar el pago de S/. 147 399,00 (ciento cuarenta y siete mil trescientos noventa y nueve y 00/100 nuevos soles) a la Comisión Interamericana del Atún Tropical – CIAT. Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 038: Ministerio de la Producción. Artículo 3.- Equivalencia en moneda extranjera Disponer que la equivalencia en moneda extranjera sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1246388-8