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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (04/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 21

El Peruano Jueves 4 de junio de 2015 553995 Que, el artículo 20 del Manual de Operaciones del citado Programa, aprobado por Resolución Ministerial Nº 202-2012-TR, establece entre otros, que la Unidad Gerencial de Emprendimiento está a cargo de un Gerente, quien es designado por Resolución Viceministerial del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, a propuesta del Coordinador Ejecutivo; Que, se encuentra vacante el cargo de Gerente de la Unidad Gerencial de Emprendimiento del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “Impulsa Perú”, por lo que resulta necesario designar al funcionario que desempeñará el referido cargo; Con la visación del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el numeral 3) del artículo 26 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y el literal b) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor MANUEL EDUARDO AZURIN ARAUJO, como Gerente de la Unidad Gerencial de Emprendimiento del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales “Impulsa Perú”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA DEL ROSARIO VILLAFUERTE BRAVO Viceministra de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral (e) 1245936-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 280-2015 MTC/01.02 Lima, 28 de mayo de 2015 VISTOS: La solicitud de la empresa AES Air Services del Perú S.A.C. con expediente Nº 2015-026055 del 29 de abril de 2015, y los Informes Nº 226-2015-MTC/12.07 emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y Nº 167-2015- MTC/12.07 emitido por la Dirección de Certifi caciones y Autorizaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, la Ley Nº 30281, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, en el numeral 10.1 del artículo 10, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, prevé que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa AES Air Services del Perú S.A.C., ha presentado ante la autoridad aeronáutica civil, su solicitud para la realización de una inspección técnica a dos aeronaves, acompañando los requisitos establecidos en el marco del Procedimiento Nº 10, correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modifi catorias; Que, asimismo, la empresa AES Air Services del Perú S.A.C., ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; por lo que los costos del viaje de inspección están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, la solicitud presentada por la empresa AES Air Services del Perú S.A.C., ha sido califi cada y aprobada por la Dirección de Certifi caciones y Autorizaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, según se desprende del Informe Nº 167-2015-MTC/12.07, al que se anexa las respectivas Ordenes de Inspección, así como por la citada Dirección General, según el Informe Nº 226-2015- MTC/12.07, verifi cándose el cumplimiento de lo señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 30281, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores Juan José Castro Vélez y Carlos Humberto Garay Vera, Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuará del 07 al 13 de junio de 2015 a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en el Informe Nº 226-2015-MTC/12.07 de la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe Nº 167-2015-MTC/12.07 de la Dirección de Certifi caciones y Autorizaciones. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa AES Air Services del Perú S.A.C., a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos. Artículo 3.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores autorizados en el artículo 1° de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones