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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (04/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 33

El Peruano Jueves 4 de junio de 2015 554007 Formalizan la aprobación de cargo de destino, para la asignación de profesionales que conforman el Cuerpo de Gerentes Públicos, en el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 171-2015-SERVIR-PE Lima, 1 de junio de 2015 VISTO, el Informe Nº 180-2015-SERVIR/GDGP de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM se aprobó el Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos creado por el Decreto Legislativo Nº 1024; Que, el citado Reglamento establece en su artículo 11º que la Autoridad Nacional del Servicio Civil defi nirá, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva, previo acuerdo del Consejo Directivo, los cargos de dirección o de gerencia de mando medio de destino, susceptibles de asignación de Gerentes Públicos, en el marco de lo establecido en el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1024; Que, atendiendo a lo informado por la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, corresponde emitir la resolución respectiva conforme al Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo en la Sesión Nº 019-2015 de fecha 18 de mayo del 2015, de conformidad con el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1024 concordante con el artículo 11º del Reglamento; Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el literal o) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Formalizar, a partir del 18 de mayo del 2015 la aprobación de cargo de destino para la asignación de profesionales que conforman el Cuerpo de Gerentes Públicos, señalado a continuación: ENTIDAD SOLICITANTE CARGO DE DESTINO Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú-IRTP Jefe de la Ofi cina de Informática y Estadística Artículo Segundo.- Publicar en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 1245644-1 Modifican el Manual Operativo para la Implementación y Funcionamiento del Programa Piloto de Crédito - Beca RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 173-2015-SERVIR-PE Lima, 2 de junio de 2015 Vistos; los Informes Técnicos Nºs. 12 y 14-2015- SERVIR/GDCRSC, los Informes Nºs. 029, 030 y 031- 2014-SERVIR/GDCRSC; y, los Memorándum Nºs. 02, 028, 072, 095 y 121-2015-SERVIR/GDCRSC de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil; el Memorándum Nº 365-2014-SERVIR/ GG-OPP de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum Nº 1207-2014-SERVIR/GG-OGAF de la Ofi cina General de Administración y Finanzas, los Informes Legales Nºs. 023, 060 y 111-2015-SERVIR/GG-OAJ y las Hojas Informativas Nºs. 030 y 70-2015-SERVIR/GG-OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 088-2013-SERVIR/PE se aprobó el Manual Operativo para la Implementación y Funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca, creado mediante Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 (en adelante el Manual Operativo); Que, posteriormente a través de Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 133-2013-SERVIR/PE se efectuaron modifi caciones al referido Manual Operativo; Que, mediante los Informes Nºs. 029, 030 y 031- 2014-SERVIR/GDCRSC la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil comunicó a la Gerencia General y a la Presidencia Ejecutiva su propuesta de modifi cación al Manual Operativo, orientada a precisar algunos vacíos para una adecuada gestión de procesos del mencionado Programa Piloto; Que, a través del Memorándum N° 072-2015-SERVIR/ GDCRSC la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil remite a la Ofi cina de Asesoría Jurídica el informe técnico a través del cual solicita que, adicionalmente a lo ya propuesto a través de los informes anteriores, se precise, entre otros aspectos, el requisito para la postulación al Programa Piloto referido a la prestación de servicios en una entidad, previsto en el artículo 15 del Manual Operativo; Que, mediante los Informes Técnicos Nºs. 12 y 14- 2015-SERVIR/GDCRSC, la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil remite a la Ofi cina de Asesoría Jurídica el sustento técnico para modifi car el literal b) del artículo 2 del Manual Operativo, incorporando el criterio del Ranking QS por Facultad; Que, en ese sentido resulta necesario aprobar la modifi cación del Manual Operativo; Con la visación de la Gerencia General, la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento de Servicio Civil, la Ofi cina General de Administración y Finanzas, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; Ley N° 29951 Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; el Decreto Supremo Nº 122-2012-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo N° 025-2013-PCM; y el literal o) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car el Manual Operativo para la Implementación y Funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca, aprobado mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 088-2013-SERVIR/PE y modifi cado con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 133-2013-SERVIR/PE, según el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Incorporar disposiciones normativas en el último párrafo del literal d) del artículo 2; el literal e) del artículo 6; el numeral 12.4 del artículo 12; el literal h) del artículo 22 así como los artículos 35 y 36; y, la Primera, Segunda, Tercera y Cuarta Disposiciones Finales del Manual Operativo, de acuerdo al Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto los Anexos 1 al 6 del Manual Operativo para implementación y Funcionamiento del Programa Piloto de Crédito Beca, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 088-2013-SERVIR/PE. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto los Formatos aprobados por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 153-2013-SERVIR/PE y N° 066-2014-SERVIR/PE.