Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2015 (04/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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MORDAZA Academicos y Titulos Profesionales, aprobado por Resolucion Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008; Que, la Unidad de MORDAZA y Titulos de la Secretaria General, mediante Informe S/N-2014-UNI/SG/UGT de fecha 02.09.2014, precisa que el diploma del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Huamanguilla se encuentra registrado en el Libro de Registro de Bachilleres Nº 07, pagina 122, con el numero de registro 21195-B; Que, la Comision Academica y de Investigacion del Consejo Universitario, en su Sesion Nº 46-2014, realizada el 30 de setiembre del 2014, previa revision y verificacion del expediente, acordo proponer al Consejo Universitario la aprobacion del duplicado de diploma del Grado Academico de Bachiller en Ciencias con mencion en Ingenieria Civil a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Huamanguilla; Que, el Consejo Universitario en su Sesion Extraordinaria Nº 26, del 05 de noviembre del 2014, acordo aceptar lo solicitado y se expida el duplicado del Grado Academico de Bachiller en Ciencias con mencion en Ingenieria Civil, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Huamanguilla; De conformidad con las atribuciones conferidas en el art. 50º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingenieria; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la expedicion de duplicado del diploma de Grado Academico de Bachiller en Ciencias con mencion en Ingenieria Civil al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA HUAMANGUILLA, otorgado el 17 de MORDAZA del 2000, anulandose el diploma otorgado anteriormente. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector a.i. 1245251-1

El Peruano Jueves 4 de junio de 2015

21 y 23 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2003-PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 063-2012-PCM, este organismo electoral, mediante la Resolucion Nº 0074-2015-JNE, de fecha 17 de marzo de 2015, convoco a consulta vecinal con fines de demarcacion territorial en los centros poblados 8.4½, CP4, CP5, San MORDAZA - San MORDAZA, CP6 y CP14 MORDAZA MORDAZA, ubicados en los distritos de Tambo Grande y Las MORDAZA, de la provincia y departamento de MORDAZA, para el dia MORDAZA 23 de agosto de 2015. A traves de la Resolucion Jefatural Nº 129-2015/ JNAC/RENIEC, de fecha 7 de MORDAZA de 2015, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (Reniec) dispuso el cierre del padron electoral con fecha 8 de MORDAZA de 2015 y, mediante el Oficio Nº 00018-2015/GRE/RENIEC, remitio, con fecha 11 de MORDAZA de 2015, la lista de padron inicial elaborada con base en el empadronamiento de vecinos en los centros poblados involucrados en la consulta, lista que contenia un total de 1 896 (mil ochocientos noventa y seis) registros y sobre la cual el MORDAZA Nacional de Elecciones, a traves de la Direccion Nacional de Fiscalizacion y Procesos Electorales (DNFPE), llevo a cabo un trabajo de MORDAZA de fiscalizacion. El 22 de MORDAZA de 2015, con el Oficio Nº 000659-2015/ SGEN/RENIEC, la secretaria general del Reniec remitio el padron electoral, el cual contiene 1 843 (mil ochocientos cuarenta y tres) registros de ciudadanos empadronados. Mediante el Oficio Nº 01897-2015-SG/JNE, de fecha 26 de MORDAZA de 2015, se remitio al Reniec el Informe Nº 0192015-MEVP-DNFPE/JNE con cien actas de fiscalizacion con observaciones referidas a inconsistencias entre la lista del padron inicial y el padron electoral, asi como otras referidas al domicilio de vecinos empadronados, a efectos de que el Reniec proceda conforme a sus atribuciones. Con Oficio Nº 000678-2015/SGEN/RENIEC, recibido el 29 de MORDAZA de 2015, la secretaria general del Reniec remite el padron electoral actualizado para la consulta vecinal, con 1 840 (mil ochocientos cuarenta) electores habiles; sin embargo, dicho padron presento una observacion, que fue subsanada mediante el padron electoral alcanzado con el Oficio Nº 000681-2015/SGEN/ RENIEC, recibido en la misma fecha. CONSIDERANDOS Aspectos generales 1. El padron electoral es la relacion de ciudadanos habiles que pueden ejercer su derecho de voto. 2. Tratandose de una consulta vecinal convocada en el MORDAZA de la Ley Nº 27795, Ley de Demarcacion y Organizacion Territorial, el padron electoral es elaborado por el Reniec, a traves del empadronamiento voluntario de ciudadanos que tengan la condicion de vecinos, con arreglo a lo dispuesto en los articulos 4, literal q, y 22 del Reglamento de la Ley Nº 27795, es decir, que cumplan con los requisitos de contar con mayoria de edad y acreditar su residencia en el ambito involucrado por lo menos dos anos continuos previos a la convocatoria o acreditar su condicion de propietarios de inmuebles en dicho ambito. 3. Es competencia del MORDAZA Nacional de Elecciones, entre otras, fiscalizar la legalidad de la elaboracion de los padrones electorales, luego de su actualizacion y depuracion final previa a cada eleccion o consulta, a tenor de lo dispuesto en los articulos 176 y 178 de la Constitucion Politica del Peru, con el fin de asegurar que las votaciones traduzcan la expresion autentica de los ciudadanos. Asi, el articulo 23, literales b y c, del Reglamento de la Ley Nº 27795, establece la oportunidad para la elaboracion del padron electoral, que se efectua dentro de los sesenta (60) dias posteriores a la fecha de convocatoria a consulta, debiendo ser remitido al MORDAZA Nacional de Elecciones dentro de los cinco (5) dias posteriores, para su fiscalizacion y aprobacion en un plazo no mayor de diez (10) dias. Resultados de la labor de fiscalizacion del padron electoral 4. Conforme se desprende del Informe Nº 020-2015MEVP-DNFPE/JNE de la DNFPE, de fecha 1 de junio de 2015, tras analizar el padron remitido, se observa que 68 (sesenta y ocho) ciudadanos fueron reubicados en el centro poblado correspondiente, tres fueron excluidos por no residir en el centro poblado y veintinueve fueron

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Aprueban uso del padron electoral elaborado y remitido por el RENIEC para la consulta vecinal con fines de demarcacion territorial que se llevara a cabo en diversos centros poblados ubicados en los distritos de Tambo Grande y Las MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 155-2015-JNE MORDAZA, uno de junio de dos mil quince. VISTOS el Oficio Nº 000681-2015/SGEN/RENIEC de la secretaria general del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, recibido con fecha 29 de MORDAZA de 2015, con el cual se remite el padron electoral elaborado para la consulta vecinal con fines de demarcacion territorial en los centros poblados 8.4½, CP4, CP5, San MORDAZA - San MORDAZA, CP6 y CP14 MORDAZA MORDAZA, ubicados en la MORDAZA limitrofe de los distritos de Tambo Grande y Las MORDAZA, de la provincia y departamento de Piura; asi como el Memorando Nº 6552015-DNFPE/JNE del director de la Direccion Nacional de Fiscalizacion y Procesos Electorales del MORDAZA Nacional de Elecciones, presentando el Informe Nº 020-2015MEVP-DNFPE/JNE, sobre analisis del padron electoral. ANTECEDENTES A solicitud de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, y en cumplimiento de lo previsto en el articulo 12 de la Ley Nº 27795, Ley de Demarcacion y Organizacion Territorial, y en los articulos 20, literal c,

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