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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (06/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 26

El Peruano Sábado 6 de junio de 2015 554436 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de junio del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas 1247586-1 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 del Pliego Instituto de Gestión de Servicios de Salud a favor de diversos Gobiernos Regionales DECRETO SUPREMO N° 132-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprobó, entre otros, el presupuesto del pliego 137: Instituto de Gestión de Servicios de Salud; Que, el numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 30324, Ley que Establece Medidas Presupuestarias para el Año Fiscal 2015, autoriza al Instituto de Gestión de Servicios de Salud a realizar modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales, hasta por la suma de TRECE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CINCUENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 899 059,00), a fi n de fi nanciar la Valorización Priorizada por Atención Primaria de Salud, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1153, dichas modifi caciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud, a propuesta de este último, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la fecha de vigencia de la Ley N° 30324, debiéndose emitir el decreto supremo correspondiente dentro del plazo antes mencionado; Que, el numeral 8.2 del artículo 8 señala que, para la aplicación de lo establecido en el numeral 8.1 precedente, es requisito que las plazas se encuentren registradas en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público a cargo de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, y que cuenten con el respectivo fi nanciamiento; asimismo, establece que para la aplicación de lo dispuesto en el referido artículo 8 se exonera a los Gobiernos Regionales de lo señalado en el artículo 6 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; Que, mediante Informe Nº 002-2015-OPP/IGSS, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del Instituto de Gestión de Servicios de Salud sustenta que dicho pliego cuenta con los recursos presupuestales necesarios para efectuar la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, del pliego 137: Instituto de Gestión de Servicios de Salud a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a fi n de fi nanciar la Valorización Priorizada por Atención Primaria de Salud, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1153, en virtud de lo cual, a través del Ofi cio N° 1723-2015-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, de acuerdo a la información registrada en el “Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público” y la base de datos remitida por el Ministerio de Salud, el monto a transferir a los pliegos Gobiernos Regionales asciende a la suma de TRECE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 772 464,00) para fi nanciar la Valorización Priorizada por Atención Primaria de Salud, en el marco del Decreto Legislativo N° 1153; Que, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales, hasta por la suma de TRECE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 772 464,00), con cargo al presupuesto aprobado del pliego 137: Instituto de Gestión de Servicios de Salud, para el fi nanciamiento de la Valorización Priorizada por Atención Primaria de Salud, en el marco del Decreto Legislativo N° 1153; De conformidad con lo establecido en el numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 30324, Ley que Establece Medidas Presupuestarias para el Año Fiscal 2015; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de TRECE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 772 464,00), del pliego Instituto de Gestión de Servicios de Salud, a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales, para el fi nanciamiento de la Valorización Priorizada por Atención Primaria de Salud, en el marco del Decreto Legislativo N° 1153, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 137 : Instituto de Gestión de Servicios de Salud ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1. Personal y Obligaciones Sociales 13 772 464,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 13 772 464,00 =========== A LA: En Nuevos Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1. Personal y Obligaciones Sociales 13 772 464,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 13 772 464,00 ===========