Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2015 (11/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Jueves 11 de junio de 2015

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VISTO: El Oficio N° 308-2015-P-ETIINLPT-CE-PJ cursado por el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo pone a consideracion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la propuesta denominada Procedimiento para la Formulacion del Informe Pericial en Aplicacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo - Ley N° 29497, elaborada por el referido equipo tecnico. Segundo. Que, la referida propuesta tiene por objetivo establecer el procedimiento que regula la atencion eficiente y eficaz de los requerimientos de informes periciales contables efectuados por los organos jurisdiccionales que aplican la Nueva Ley Procesal del Trabajo - Ley N° 29497. Al respecto, el citado documento normativo cuenta con la conformidad de la Subgerencia de Planificacion de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolucion Administrativa N° 3182013-P-PJ que aprobo el "Manual para la Formulacion de Documentos Normativos de Gestion del Poder Judicial". En ese sentido, se ha previsto que el procedimiento desarrollado sea de obligatorio cumplimiento para los organos jurisdiccionales que aplican el MORDAZA sistema procesal laboral en exclusividad o en adicion de funciones, y que requieran la intervencion del Perito Judicial para la atencion de informes periciales contables; asi como para las dependencias administrativas involucradas que se encuentren o no dentro de la estructura del Modulo Corporativo Laboral aprobado por Resolucion Administrativa N° 399-2014-CE-PJ. Todo lo cual permitira, mejorar y uniformizar el funcionamiento del area de Peritos del Modulo Corporativo Laboral. Tercero. Que, el mencionado procedimiento requiere de un soporte informatico que permita registrar el flujo del informe pericial entre las areas intervinientes y facilitar sus labores; lo cual resulta acorde con el uso de las tecnologias de la informacion y modernizacion del despacho judicial que promueve este Poder del Estado. Por lo que resulta necesario que la Gerencia de Informatica brinde el apoyo necesario para el desarrollo del respectivo sistema informatico. Cuarto. Que el articulo 82°, inciso 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial determina como funcion y atribucion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopcion de acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que siendo asi, y teniendo en cuenta que es proposito de este Organo de Gobierno coadyuvar a la mejora del servicio de justicia deviene en procedente la aprobacion de la propuesta presentada. En consecuencia; en merito al Acuerdo N° 585-2015 de la vigesimo cuarta sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA Postigo, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Directiva N° 002-2015CE-PJ, que establece el Procedimiento para la Formulacion del Informe Pericial en Aplicacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo - Ley N° 29497, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolucion; disponiendose su cumplimiento y difusion. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Informatica de la Gerencia General del Poder Judicial el desarrollo del sistema informatico para el registro del Informe Pericial en aplicacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Articulo Tercero.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial brindara el apoyo administrativo que se requiera, para el cumplimiento de la citada directiva. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion de la directiva aprobada en la pagina Web del Poder Judicial. Articulo Quinto.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de

autorizara los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolucion de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de los trabajadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA del 11 al 12 de junio de 2015, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes terrestres y los viaticos, y; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N.os 27619 y 29816, el Decreto Supremo N.° 0472002-PCM y la Resolucion de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del articulo 8° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolucion de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje de los trabajadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Intendente de Aduana de Tumbes (e), y MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, Jefe de Oficina de Oficiales de la Intendencia de Aduana de Tumbes, del 11 al 12 de junio de 2015, para participar en la XII Reunion Binacional de Frontera Tumbes - El Oro, que se llevara a cabo en la MORDAZA de Machala, Republica del Ecuador, el dia 12 de junio de 2015. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo al Presupuesto del 2015 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes Viaticos US $ US $ 60,00 370,00

Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA Pasajes Viaticos US $ US $ 60,00 370,00

Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados trabajadores deberan presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4°.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los trabajadores cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional

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PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aprueban Directiva que establece el Procedimiento para la Formulacion del Informe Pericial en Aplicacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo - Ley Nº 29497
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 145-2015-CE-PJ
MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2015

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