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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (11/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 25

El Peruano Jueves 11 de junio de 2015 554755 autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de los trabajadores Washington Tineo Quispe y Juan Carlos Vásquez del Águila del 11 al 12 de junio de 2015, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes terrestres y los viáticos, y; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N.os 27619 y 29816, el Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el viaje de los trabajadores Washington Tineo Quispe, Intendente de Aduana de Tumbes (e), y Juan Carlos Vásquez del Águila, Jefe de Ofi cina de O fi ciales de la Intendencia de Aduana de Tumbes, del 11 al 12 de junio de 2015, para participar en la XII Reunión Binacional de Frontera Tumbes - El Oro, que se llevará a cabo en la ciudad de Machala, República del Ecuador, el día 12 de junio de 2015. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2015 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Washington Tineo Quispe Pasajes US $ 60,00 Viáticos US $ 370,00 Señor Juan Carlos Vásquez del ÁguilaPasajes US $ 60,00 Viáticos US $ 370,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados trabajadores deberán presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los trabajadores cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 1249348-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aprueban Directiva que establece el Procedimiento para la Formulación del Informe Pericial en Aplicación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo - Ley Nº 29497 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 145-2015-CE-PJ Lima, 22 de abril de 2015 VISTO: El O fi cio N° 308-2015-P-ETIINLPT-CE-PJ cursado por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo pone a consideración del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la propuesta denominada Procedimiento para la Formulación del Informe Pericial en Aplicación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo - Ley N° 29497, elaborada por el referido equipo técnico. Segundo. Que, la referida propuesta tiene por objetivo establecer el procedimiento que regula la atención e fi ciente y efi caz de los requerimientos de informes periciales contables efectuados por los órganos jurisdiccionales que aplican la Nueva Ley Procesal del Trabajo - Ley N° 29497. Al respecto, el citado documento normativo cuenta con la conformidad de la Subgerencia de Plani fi cación de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 318-2013-P-PJ que aprobó el “Manual para la Formulación de Documentos Normativos de Gestión del Poder Judicial”. En ese sentido, se ha previsto que el procedimiento desarrollado sea de obligatorio cumplimiento para los órganos jurisdiccionales que aplican el nuevo sistema procesal laboral en exclusividad o en adición de funciones, y que requieran la intervención del Perito Judicial para la atención de informes periciales contables; así como para las dependencias administrativas involucradas que se encuentren o no dentro de la estructura del Módulo Corporativo Laboral aprobado por Resolución Administrativa N° 399-2014-CE-PJ. Todo lo cual permitirá, mejorar y uniformizar el funcionamiento del área de Peritos del Módulo Corporativo Laboral. Tercero. Que, el mencionado procedimiento requiere de un soporte informático que permita registrar el fl ujo del informe pericial entre las áreas intervinientes y facilitar sus labores; lo cual resulta acorde con el uso de las tecnologías de la información y modernización del despacho judicial que promueve este Poder del Estado. Por lo que resulta necesario que la Gerencia de Informática brinde el apoyo necesario para el desarrollo del respectivo sistema informático. Cuarto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta que es propósito de este Órgano de Gobierno coadyuvar a la mejora del servicio de justicia deviene en procedente la aprobación de la propuesta presentada. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 585-2015 de la vigésimo cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 002-2015- CE-PJ, que establece el Procedimiento para la Formulación del Informe Pericial en Aplicación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo - Ley N° 29497, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución; disponiéndose su cumplimiento y difusión. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial el desarrollo del sistema informático para el registro del Informe Pericial en aplicación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial brindará el apoyo administrativo que se requiera, para el cumplimiento de la citada directiva. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la directiva aprobada en la página Web del Poder Judicial. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, O fi cina de Control de