Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2015 (11/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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MORDAZA de 2012, se convirtieron y delimitaron competencias de los referidos despachos fiscales; Por Oficio N° 1203-2015-MP-PJFS-DF-SANTA, la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de MORDAZA, solicita el traslado y conversion de las Fiscalias Provinciales de Familia del MORDAZA, Fiscalia Provincial Civil del MORDAZA, asi como de la Fiscalia Provincial Civil y Familia de MORDAZA Chimbote, Distrito Fiscal del Santa; En la MORDAZA de Chimbote existen tres fiscalias provinciales Civiles y tres Fiscalias Provinciales de familia, mientras que en MORDAZA Chimbote, una sola Fiscalia Provincial se avoca al conocimiento de los casos en las referidas especialidades; Conforme a los reportes estadisticos obtenidos del Sistema de Gestion Fiscal (SGF), durante el periodo de 2014, se advierte que a las Fiscalias Provinciales de Familia, han ingresado 2021 procesos como carga laboral, mientras en las Fiscalias Provinciales Civiles, han recibido 1145 ingresos, los cuales son repartidos entre las referidas fiscalias, mientras que la Fiscalia Provincial Civil y Familia de MORDAZA Chimbote, cuenta a la fecha con 1579 denuncias; Hechos que permiten colegir que se ha rebasado la capacidad operativa y funcional del citado despacho fiscal, por lo que amerita disponer acciones inmediatas a efectos que no se vean transgredidos los derechos de las partes a las garantias de un debido proceso; Por lo MORDAZA mencionado es necesario reestructurar la competencia de los despachos fiscales que conocen investigaciones en materia Civil y Familia de los distritos de Chimbote y MORDAZA Chimbote, respectivamente, para que los procesos MORDAZA atendidos en forma oportuna; Estando a lo expuesto y atendiendo a lo solicitado, resulta necesario dictar las medidas pertinentes, teniendo en consideracion la propuesta formulada por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Santa; De conformidad con las atribuciones conferidas por el articulo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Convertir la Primera, MORDAZA, Tercera Fiscalia Provincial de Familia del MORDAZA y la Primera Fiscalia Provincial Civil del MORDAZA, en Primera, MORDAZA, Tercera y Cuarta Fiscalia Provincial Civil y Familia del MORDAZA, respectivamente. Articulo Segundo.- Convertir y reubicar la MORDAZA y Tercera Fiscalia Provincial Civil del MORDAZA, en Primera y MORDAZA Fiscalia Provincial Civil y Familia de MORDAZA Chimbote, respectivamente. Articulo Tercero.- Modificar la denominacion de la Fiscalia Provincial Civil y Familia de MORDAZA Chimbote en Cuarta Fiscalia Provincial Civil y Familia de MORDAZA Chimbote. Articulo Cuarto.- Facultar a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del MORDAZA, conforme a lo establecido en el articulo 77, literales g y t del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio Publico, aprobado mediante Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 067-2009-MP-FN de fecha 23 de enero de 2009, disponga las medidas destinadas a regular la carga procesal, distribucion equitativa y rol de turno de las fiscalias provinciales mencionadas en los articulos anteriores. Articulo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del MORDAZA, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Secretaria Tecnica del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion (e)

El Peruano Jueves 11 de junio de 2015

RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 2772-2015-MP-FN
MORDAZA, 10 de junio de 2015 VISTO: El Informe Nº 39-2015-MP-FN-ETI-NCPP/ST, de fecha 25 de MORDAZA de 2015, elaborado por la Secretaria Tecnica del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, y la opinion del Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de MORDAZA, relacionado con la conversion de la actual estructura organizacional fiscal del Distrito Fiscal de MORDAZA, en Fiscalias Superiores de Liquidacion y Apelaciones y Fiscalias Provinciales Penales Corporativas, las mismas que conoceran los procesos en estado de liquidacion y adecuacion de los casos iniciados con el Codigo de Procedimientos Penales y los procesos que se iniciaran con el MORDAZA Codigo Procesal Penal a partir de 01 de MORDAZA del presente ano. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 957, se promulgo el Codigo Procesal Penal, el mismo que establece en su Primera Disposicion Final de las Disposiciones Complementarias, que entrara en vigencia progresivamente en los diferentes Distritos Judiciales segun el Calendario Oficial. Que, el Decreto Legislativo Nº 958, en sus articulos 16°, 17° y 18°, regula el MORDAZA de implementacion y transitoriedad de la mencionada MORDAZA procesal, asi como la adecuacion de denuncias y liquidacion de procesos en etapa de investigacion. Que, por Decreto Supremo N° 007-2006-JUS, se aprobo la actualizacion del Calendario Oficial de Aplicacion Progresiva del Codigo Procesal Penal. Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2014-JUS, se aprueba el Plan para la Consolidacion de la Reforma Procesal Penal y la modificacion del Calendario Oficial de Aplicacion Progresiva del Codigo Procesal Penal, especificando en dicha MORDAZA que la implementacion del mencionado codigo, entrara en vigencia en su MORDAZA fase en los Distritos Judiciales de MORDAZA y MORDAZA, el primero de MORDAZA del presente ano; por lo que se hace necesario convertir, crear, fortalecer y delimitar las competencias de los Despachos Fiscales. Que, por Resolucion N° 078-2015-MP-FN-JFS, de fecha 09 junio de 2015, segun Acuerdo N° 3868 de Junta de Fiscales Supremos, de fecha 28 de MORDAZA del 2015, se crearon Fiscalias Provinciales para ser implementadas en el Distrito Fiscal de MORDAZA, ante la entrada en vigencia del MORDAZA Codigo Procesal Penal. De conformidad con lo expuesto y lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 ­ Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Convertir la Primera y MORDAZA Fiscalia Superior Mixta de MORDAZA en Primera y MORDAZA Fiscalia Superior Penal de Ayacucho. Articulo Segundo.- Convertir la Tercera Fiscalia Superior Mixta de MORDAZA en Fiscalia Superior Civil y Familia de Ayacucho. Articulo Tercero.- La Primera, MORDAZA, Tercera, Cuarta y MORDAZA Fiscalia Superior Penal de MORDAZA, conoceran los procesos penales, las apelaciones y recursos en queja que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal asi como las apelaciones y recursos en queja de los casos en liquidacion y adecuacion. Articulo Cuarto.- Convertir la Primera, MORDAZA y Tercera Fiscalia Provincial Penal de Huamanga en Primera Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Huamanga. Articulo Quinto.- Convertir la Cuarta y MORDAZA Fiscalia Provincial Penal de Huamanga en MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Huamanga. Articulo Sexto.- Convertir la Sexta Fiscalia Provincial Penal de Huamanga en MORDAZA Fiscalia Provincial Especializada en Prevencion del Delito de Ayacucho. Articulo Septimo.- Modificar la denominacion de la Fiscalia Provincial Especializada en Prevencion del Delito de MORDAZA, en Primera Fiscalia Provincial Especializada en Prevencion del Delito de Ayacucho.

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