Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2015 (11/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano Jueves 11 de junio de 2015

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Articulo Trigesimo Segundo.- La Fiscalia Provincial Mixta de Pichari, conocera las causas en materia civil y familia, adicionalmente de los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Trigesimo Tercero.- Disponer que la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de MORDAZA, en los casos que se han creado Fiscalias Provinciales Penales Corporativas, Penales y Mixtas, conforme a lo establecido en el articulo 77º, literal g del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio Publico, aprobado mediante Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 067-2009-MP-FN, de fecha 23 de enero del 2009, disponga las medidas destinadas a regular la carga procesal de las fiscalias MORDAZA mencionadas. Articulo Trigesimo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Ministro de Justicia, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de MORDAZA, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, y a la Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion (e)

Articulo Octavo.- La Primera, MORDAZA, Tercera, Cuarta, MORDAZA y Sexta Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Huamanga, conoceran los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal y los procesos en liquidacion y adecuacion. Articulo Noveno.- Modificar la denominacion de la Fiscalia Provincial Especializada en Trafico Ilicito de Drogas - Sede Huamanga en Primera Fiscalia Provincial Especializada en Trafico Ilicito de Drogas - Sede Huamanga. Articulo Decimo.- Convertir la Setima Fiscalia Provincial Penal de Huamanga en Fiscalia Provincial Especializada en Prevencion del Delito de Huanta. Articulo Decimo Primero.- Convertir la Fiscalia Provincial Mixta de Huanta en Fiscalia Provincial Civil y Familia de Huanta. Articulo Decimo Segundo.- La Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Huanta, conocera los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal y los procesos en liquidacion y adecuacion. Articulo Decimo Tercero.- Convertir la Primera Fiscalia Provincial Mixta de Ayna en Fiscalia Provincial Civil y Familia de Ayna. Articulo Decimo Cuarto.- Convertir la MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta de Ayna en Fiscalia Provincial Especializada en Prevencion del Delito de Ayna. Articulo Decimo Quinto.- La Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Ayna, conocera los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal y los procesos en liquidacion y adecuacion. Articulo Decimo Sexto.- Convertir la Fiscalia Provincial Mixta de La Mar en Fiscalia Provincial Civil y Familia de La Mar Articulo Decimo Septimo.- La Fiscalia Provincial Penal de La Mar, conocera los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal y los procesos en liquidacion y adecuacion. Articulo Decimo Octavo.- Convertir la Fiscalia Provincial Mixta de Chungui en Fiscalia Provincial Civil y Familia de Chungui. Articulo Decimo Noveno.- La Fiscalia Provincial Penal de Chungui, conocera los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal y los procesos en liquidacion y adecuacion. Articulo Vigesimo.- Convertir la Fiscalia Provincial Mixta de Vilcashuaman en Fiscalia Provincial Civil y Familia de Vilcashuaman. Articulo Vigesimo Primero.- La Fiscalia Provincial Penal de Vilcashuaman, conocera los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal y los procesos en liquidacion y adecuacion. Articulo Vigesimo Segundo.- Convertir la Fiscalia Provincial Mixta de Sucre en Fiscalia Provincial Civil y Familia de Sucre. Articulo Vigesimo Tercero.- La Fiscalia Provincial Penal de Sucre, conocera los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal y los procesos en liquidacion y adecuacion. Articulo Vigesimo Cuarto.- Convertir la Fiscalia Provincial Mixta de Churcampa en Fiscalia Provincial Civil y Familia de Churcampa. Articulo Vigesimo Quinto.- La Fiscalia Provincial Penal de Churcampa, conocera los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal y los procesos en liquidacion y adecuacion. Articulo Vigesimo Sexto.- Convertir la Fiscalia Provincial Mixta de Cangallo en Fiscalia Provincial Civil y Familia de Cangallo. Articulo Vigesimo Septimo.- La Fiscalia Provincial Penal de Cangallo, conocera los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal y los procesos en liquidacion y adecuacion. Articulo Vigesimo Octavo.- Convertir la Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA MORDAZA en Fiscalia Provincial Civil y Familia de MORDAZA Fajardo. Articulo Vigesimo Noveno.- La Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA MORDAZA, conocera los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal y los procesos en liquidacion y adecuacion. Articulo Trigesimo.- Convertir la Fiscalia Provincial Mixta de Huancasancos en Fiscalia Provincial Civil y Familia de Huancasancos. Articulo Trigesimo Primero.- La Fiscalia Provincial Penal de Huancasancos, conocera los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal y los procesos en liquidacion y adecuacion.

1249274-27 RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 2773-2015-MP-FN
MORDAZA, 10 de junio del 2015 VISTO: El Informe Nº 039-2015-MP-FN-ETI-NCPP/ST, de fecha 25 de MORDAZA del 2015, elaborado por la Secretaria Tecnica del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, y la opinion del Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de MORDAZA, relacionados con la conversion de la actual estructura organizacional fiscal del Distrito Fiscal de MORDAZA, en Fiscalias Superiores de Liquidacion y Apelaciones y Fiscalias Provinciales Penales Corporativas, las mismas que conoceran los procesos en estado de liquidacion y adecuacion de los casos iniciados con el Codigo de Procedimientos Penales y los procesos que se iniciaran con el Codigo Procesal Penal a partir del 01 de MORDAZA del presente ano. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 957, se promulgo el Codigo Procesal Penal, el mismo que establece en su Primera Disposicion Final de las Disposiciones Complementarias, que entrara en vigencia progresivamente en los diferentes Distritos Judiciales segun el Calendario Oficial; Que, el Decreto Legislativo Nº 958, en sus articulos 16°, 17° y 18°, regula el MORDAZA de implementacion y transitoriedad de la mencionada MORDAZA procesal, asi como la adecuacion de denuncias y liquidacion de procesos en etapa de investigacion. Que, por Decreto Supremo N° 007-2006-JUS, se aprobo la actualizacion del Calendario Oficial de Aplicacion Progresiva del Codigo Procesal Penal. Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2014-JUS, se aprueba el Plan para la Consolidacion de la Reforma Procesal Penal y la modificacion del Calendario Oficial de Aplicacion Progresiva del Codigo Procesal Penal, especificando en dicha MORDAZA que la implementacion del mencionado codigo, entrara en vigencia en su MORDAZA fase en los Distritos Judiciales de MORDAZA y MORDAZA, el primero de MORDAZA del presente ano; por lo que se hace necesario convertir, crear, fortalecer y delimitar las competencias de los Despachos Fiscales. Que, por Resolucion N° 078-2015-MP-FN-JFS, de fecha 09 junio de 2015, segun Acuerdo N° 3868 de Junta de Fiscales Supremos, de fecha 28 de MORDAZA del 2015, se crearon Fiscalias Provinciales para ser implementadas en el Distrito Fiscal de MORDAZA, ante la entrada en vigencia del MORDAZA Codigo Procesal Penal.

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