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El Peruano Sábado 13 de junio de 2015 555004 De igual modo en esta reunión los Agentes Participantes de la Sociedad Civil y las Entidades del Gobierno Nacional que hayan intervenido en el Proceso informan sobre el cumplimiento de los compromisos que asumieron en el proceso participativo. El Equipo Técnico elabora un Resumen Ejecutivo conteniendo esta información básica. Dicho resumen es de carácter público y debe ser colocado en la página web Institucional. Artículo 30º.- DEL PRESUPUESTO DE INVERSIONES: Una vez establecido el monto de la asignación presupuestaria que será destinada al Presupuesto Participativo Basado en Resultados, se conformaran tres grupos de trabajo, obedeciendo a los siguientes criterios: 1. PROYECTOS DE IMPACTO PROVINCIAL: Estos Proyectos serán priorizados de acuerdo a una propuesta técnica que será presentada por el Equipo Técnico de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto” y contará con los siguientes participantes: Miembros del Concejo Municipal. Alcaldes de los Gobiernos Locales Distritales.Representantes de la Sociedad Civil, Miembros del CCL. Delegados de las Entidades Públicas Sectoriales.Delegado de las Organizaciones de Productores.Delegado de las Organizaciones Empresariales.Delegados de los Colegios Profesionales.Delegados de las Organizaciones Agrarias.Delegados de las Organizaciones no Gubernamentales de Cooperación. Delegados de las Iglesias.Delegados de Gremios Laborales Provinciales.Delegados de los Grupos de Jóvenes.Delegados de los Municipios Escolares.Delegados de los Centros de Educación Superior.Delegados de las Comunidades Campesinas y Nativas. 2. PROYECTOS DE IMPACTO DISTRITAL.- Son aquellos Proyectos que no tienen restricción en el monto de inversión pero que necesariamente deberán bene fi ciar como mínimo al 5% de la población total del Distrito de Moquegua. Esta categoría de Proyectos contempla dos Sub-categorías: 2.1.- Proyectos de Impacto Distrital de Cobertura Local.- Son aquellos Proyectos cuya repercusión se encuentra delimitada en el Distrito de Moquegua y cuya envergadura o impacto bene fi cia signi fi cativamente al Distrito en su conjunto. Esta sección de Proyectos será priorizada por los Agentes detallados líneas abajo, de acuerdo a la Propuesta del Equipo Técnico de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto”: Miembros del Concejo Municipal. Alcaldes de los Centros Poblados del Distrito. Delegados de las Entidades Públicas.Delegados de los Gremios Laborales Locales.Delegados de los Colegios Profesionales.Delegados de las Organizaciones de Productores.Delegados de las Organizaciones Agrarias.Delegados de la Iglesia Católica y el Otro de las Otras Iglesias. Delegados de los Grupos de Jóvenes.Delegados de los Clubes Deportivos.Delegados de los Clubes Sociales.Delegados de los Grupos de las Personas de la Tercera Edad. Delegados de los Grupos de las Personas con Discapacidad. Delegados de los Municipios Escolares.Delegados de los Clubes de Madres Distritales y Centros Poblados. 2.2.- Proyectos de Impacto Distrital de Cobertura Barrial.- Son aquellos Proyectos orientados a satisfacer necesidades barriales, éstos son propuestos por los Agentes Participantes de las Juntas Vecinales de los diferentes Sectores del Distrito a través del Proceso Participativo. Aquí participan los Delegados de las Juntas Vecinales y otras Organizaciones Asociativas de índole barrial con 01 Delegado por cada una de ellas. Artículo 31º.- DEL CRONOGRAMA: El Cronograma de Trabajo para la Formulación del Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto”, será elaborado por el Área de Presupuesto Participativo. Para el desarrollo del cronograma de trabajo se tomará como base el cronograma general establecido como Anexo de la presente Ordenanza. CAPITULO IV DE LAS FALTAS Y SANCIONES Artículo 32º.- FALTAS: Se consideran faltas a los actos que contravengan a las normas de convivencia democrática de los Agentes Participantes, durante el desarrollo de las actividades que contempla el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, como las siguientes. a) Inasistencia injusti fi cada a los Talleres convocados. b) Agresión física a uno o varios Agentes Participantes, será motivo de expulsión. c) Asistir a los Talleres o Sesiones en estado etílico o de alteración por consumo de drogas. d) Alterar de manera violenta el normal desarrollo de los Talleres y/o Sesiones. e) Incumplimiento de la entrega de información de manera oportuna. Artículo 33º.- LAS SANCIONES: Se aplican según la gravedad o reiteración de las faltas señaladas y serán las siguientes: a) Por primera vez, llamada de atención en el Taller o Sesión. b) Por segunda vez, comunicación expresa de llamada de atención suscrita por el Concejo Municipal de la Provincia “Mariscal Nieto”, dirigida al Agente respectivo, haciendo de conocimiento a la Organización de la Sociedad Civil pública a la que Representa. c) Por tercera vez, denuncia pública de la falta y de ser el caso el envió de una solicitud a la Organización de la Sociedad Civil o Institución Pública que Representa, para la sustitución del Representante. d) La inasistencia injusti fi cada a los Talleres convocados hasta por dos veces consecutiva o alternadas, originará la pérdida del derecho a voto de la Organización, Institución y/o Entidad. Artículo 34º.- El incumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento por parte de los Funcionarios y Servidores del Gobierno Local Provincial, constituye una falta administrativa grave. De suscitarse este caso, el Comité de Vigilancia y Control deberá trasladar la denuncia documentada de dicha falta, a la Comisión de Procesos Administrativos del Gobierno Local de la Provincia “Mariscal Nieto” para el proceso correspondiente. Asimismo, el Comité de Vigilancia y Control recabara el dictamen de la Comisión de Procesos Administrativos. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto” a través del Área de Presupuesto Participativo, se encargara de dirigir e impulsar el Proceso de Presupuesto Participativo. Segunda.- Los Presupuestos Adicionales que perciba la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto” por conceptos de Canon Minero y Regalías Mineras, serán dispuestos por el Alcalde Provincial para los Proyectos que requieran de tales recursos de acuerdo a la prioridad siguiente: Proyectos de Impacto Provincial, Proyectos de Impacto Distrital de Cobertura Local y Proyectos de Impacto Distrital de Cobertura Barrial. Tercera.- En lo no previsto por esta Ordenanza son de aplicación Complementaria las normas contempladas en el Artículo 4º de este mismo cuerpo legal. Cuarta.- la presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación y de su difusión en la página Web de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto”. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.HUGO ISAIAS QUISPE MAMANI Alcalde 1249412-1