Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2015 (13/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 120

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g) En ambos casos, el dia sabado a partir de las 14:00 horas y todo el MORDAZA y/o feriados la via publica debera quedar libre de desmonte, con veredas y calzadas limpias, debidamente barridas. h) Los agregados (piedra-arena) deberan acumularse delimitando el espacio a usar con elementos rigidos (tablones de MORDAZA u otros), dentro del area de almacenamiento temporal. i) El ladrillo debera estar apilado por el cerco de la obra al extremo colindante de la pista o calzada, caso contrario si se tuviera que colocar al extremo colindante de la vereda debera estar a una altura MORDAZA de 2.00 m. j) Cuando por las caracteristicas de la obra sea necesario el uso del equipo mecanico como mezcladoras, winchas, entre otros, estos deberan respetar el area autorizada y delimitada por el cerco de la obra. k) Si en el MORDAZA constructivo de la edificacion se deteriora la vereda, deberan colocar elementos rigidos sobre la vereda deteriorada o compactar con tierra a nivel de la vereda, para el MORDAZA fluido de los peatones. Al final del MORDAZA constructivo deberan reparar la vereda incluyendo las brunas correspondientes. l) Si por algun motivo se efectuase mezcla de concreto en la via publica, no podra hacerse directamente sobre la vereda o la calzada; de ser necesario, debera realizarse sobre mantas de plastico que las protejan. m) El material acumulado, los elementos de construccion y los cercos habilitados, no deben rebasar los limites MORDAZA establecidos, debiendo quedar la vereda, calzadas libres y limpias de todo material excedente. n) Si dentro del area destinada almacenamiento temporal existiera arboles, estos deberan estar aislados y protegidos mediante cerramiento con barandas u otro sistema adecuado, y estar ubicados a 0.30 m. de distancia del borde del arbol. o) El incumplimiento de lo dispuesto sera sujeto de sancion con la imposicion de la multa correspondiente debiendo ademas ejecutarse la medida complementaria bajo cuenta del infractor. En el caso que lo ejecute la Municipalidad, cuando se trate de una obra privada, el costo sera asumido por el propietario y por el profesional responsable de manera solidaria; y cuando las obras las ejecuten las Empresas Prestadoras de servicios y/o sus Contratistas, las asumira quien ejecute la obra. p) De requerirse, el MORDAZA de vehiculos y/o maquinarias se efectuara dentro del predio. q) Las obras que se ejecuten en via publica por las Empresas Prestadoras de Servicios, y que afecten los carriles de circulacion vehicular, deberan proponer rutas alternas en coordinacion con la Subgerencia de Obras Publicas y Transporte. r) Cuando las obras MORDAZA ejecutadas por las Empresas Prestadoras de Servicios, es obligatorio que cada obra cuente con un cartel legible que identifique a la empresa que ejecuta la obra, indicando fecha de inicio y termino de la misma, asi como el numero de autorizacion. s) Asimismo, el trabajo de excavacion debera realizarse manteniendo la mayor limpieza posible, retirando el material excedente o desmonte en forma simultanea con la rotura. t) Durante la ejecucion de la obra, se debe mantener humedo el material y/o desmonte a fin de evitar se genere polvo y ocasione malestar a terceras personas. u) En los lugares que se afecte la senalizacion horizontal, debera reponerse adecuadamente. v) Para los cortes de pistas y veredas, se exigira el uso de MORDAZA diamantina o equipo rompe pavimento. Se prohibe la rotura de pista y vereda con medio mecanico: combas o martillos. El corte de vereda debera efectuarse tomando panos completos siguiendo las lineas de las brunas. En el caso que un pano quede comprometido en la rotura, debera eliminarse y reponerse por completo. La reposicion debe incluir el acabado con las mismas caracteristicas que el existente. En cualquier caso, el acabado de las veredas debe ser frotachado o similar. CAPITULO III HORARIO DE EJECUCION DE OBRAS PUBLICAS Y PRIVADAS Articulo 7º.- El horario para la ejecucion de obras civiles publicas o privadas, en la jurisdiccion del distrito de Brena se realizara en los siguientes horarios:

El Peruano Sabado 13 de junio de 2015

De lunes a viernes desde las 7.00 am. hasta las 17.00 horas, los dias sabados a partir de las 7.00 horas hasta las 14.00 horas, quedando terminantemente prohibido la ejecucion de obras civiles los dias sabados de 14:00 a 24:00 horas y los domingos y feriados durante las 24 horas. Articulo 8º.- La prohibicion senalada en el articulo anterior, alcanza a todo MORDAZA de Obra Privada y Publica y a las labores propias de la actividad, como la movilizacion de materiales de construccion (carga y descarga), eliminacion de desmonte, vaciados de concreto, etc. Se considera obras publicas, a las obras ejecutadas en via publica por las empresas prestadoras de servicios en general, directa o indirectamente y a las obras ejecutadas por contratistas por encargo de la Municipalidad Distrital. Articulo 9º.- Quedan exceptuadas las Obras Publicas ejecutadas por Emergencia debidamente acreditadas por la Subgerencia de Obras Publicas y Transporte. CAPITULO IV MEDIDAS DE SENALIZACION Y SEGURIDAD EN LA EJECUCION DE OBRAS PRIVADAS Y PUBLICAS Articulo 10º.- Cuando se utilice la via publica temporalmente con materiales de construccion y/o desmonte, se debe aprovisionar de senderos de MORDAZA peatonal adecuados y debidamente senalizados tanto de dia como de noche, de manera que no se exponga al peligro a los transeuntes y no se afecte el normal MORDAZA de vehiculos, asimismo, debera: - Senalizar la vereda, berma o el jardin segun sea el caso, colocando mallas, cintas plasticas de color u otro elemento similar, que delimite las areas ocupadas para el almacenamiento temporal del material y/o desmonte, priorizando el pase seguro de los peatones. - Se colocaran elementos visuales que adviertan de los materiales acumulados en via publica desde una distancia de 50 m. MORDAZA de la ubicacion de estos con conos, letreros, etc. Articulo 11º.- Todo el personal que participe en la obra tanto publica como privada, debera estar correctamente uniformado y provistos de dispositivos de seguridad necesarios como cascos, chalecos, arneses y otros elementos de seguridad como medidas de prevencion de accidentes. Articulo 12º.- Las Obras que se ejecuten a partir de dos pisos, obligatoriamente deberan contar con mangas de eliminacion de material desmonte y en sus fachadas y entorno colindante con elementos protectores que eviten la caida de materiales de construccion, pudiendo ser mallas, lonas, paneles de triplay, y otros elementos protectores. CAPITULO V ASPECTOS RELACIONADOS A LOS ACABADOS Y CONTAMINACION VISUAL EN LA EJECUCION DE OBRAS PRIVADAS Articulo 13º.- Para el caso de Obras Privadas, queda bajo la responsabilidad del Propietario y el Profesional Responsable de la obra el cuidar la no afectacion de la propiedad y la integridad de terceros, debiendo asumir la responsabilidad de manera solidaria en caso de ocasionarlos. Y de manera similar para el caso de Obras Publicas, bajo la responsabilidad de las Empresas Prestadoras de Servicios y/o Contratistas de la obra. Articulo 14º.- Condicion de fachada: 14.1. En todas las edificaciones del distrito, las fachadas, azoteas, techos o espacios de las edificaciones visibles desde la via publica, deben contar con revestimientos o acabados, asimismo deben mantenerse en buenas condiciones de conservacion, limpios, pintados, reparados, con el fin de recuperar el ornato del distrito. 14.2. Estan comprendidos dentro del articulo anterior los siguientes elementos: 14.2.1. Fachadas: frontales, laterales y posteriores y todo MORDAZA visible desde la via publica.

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