Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2015 (13/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 126

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a) Exoneracion del 100% de las multas tributarias correspondientes a las infracciones referidas en el Articulo 176º y 178º del TUO del Codigo Tributario aprobado por D.S. Nº 133-13-EF. b) Exoneracion del 100% del interes moratorio correspondiente al tributo omitido, debiendo cancelar unicamente el importe insoluto del tributo. El presente beneficio no alcanza a las infracciones sustanciales que previamente existan o se generen por MORDAZA de fiscalizacion, por lo cual se deja expresa MORDAZA que la presente ordenanza solo exonerara las Multas Tributarias por concepto de no haber presentados las declaraciones juradas de Altas, Bajas, aumento de valor en el plazo de Ley. Articulo 3º.- El plazo de vigencia de la presente Ordenanza sera desde el dia siguiente de su publicacion hasta el 30 de Junio del 2015. Articulo 4º.- Los contribuyentes que a la fecha tengan obligaciones pendientes de pago por concepto de multas tributarias impuestas con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza, gozaran del descuento 100% del interes moratorio de la multa y el descuento del 100% de costas y gastos derivados del procedimiento de ejecucion coactiva y levantamiento de medidas cautelares que se hubiesen ordenado, siempre que no presente obligaciones pendientes de pago por el impuesto predial. Articulo 5º.- Los contribuyentes que a la fecha tengan obligaciones pendientes de pago con motivo de la fiscalizacion efectuada, gozaran del descuento del 100% del interes moratorio correspondiente al tributo omitido, descuento del 100% de costas y gastos derivados del procedimiento de ejecucion coactiva y levantamiento de medidas cautelares que se hubiesen ordenado. Articulo 6º.- Los contribuyentes que se acojan a los beneficios establecidos en la presente Ordenanza podran pagar el insoluto del tributo originado por la declaracion presentada o con motivo de la fiscalizacion efectuada, o en su caso fraccionar la totalidad de la deuda pendiente de pago, de acuerdo a las disposiciones de Ordenanza Municipal Nº 179/MDSM, que aprueba el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias de la Municipalidad de San MORDAZA, durante la vigencia de la presente Ordenanza. Los saldos pendientes de pago que queden como producto de un pago parcial de la deuda generada se abonaran con los intereses respectivos desde el dia siguiente del vencimiento del plazo del presente beneficio o de su prorroga en caso se establezca. Articulo 7º.- De haberse emitido los valores correspondientes a la deuda tributaria materia de incentivo y la misma se encuentre impugnada, el contribuyente para acogerse a los alcances de la presente Ordenanza, debera desistirse de toda reclamacion que se encuentre pendiente de resolver cumpliendo con las formalidades establecidas por el Codigo Tributario. Asimismo, en el caso que la deuda tributaria materia de incentivo se encontrara apelada, el contribuyente a fin de acogerse al beneficio otorgado por la presente Ordenanza debera exhibir el original y presentar la MORDAZA del cargo de recepcion del Desistimiento presentado ante el Tribunal Fiscal ante esta Administracion Tributaria. Articulo 8º.- Vencido el plazo senalado en el Articulo 3º y de no haber realizado el pago de las deudas a la Municipalidad, la Gerencia de Fiscalizacion y Control procedera a determinar las multas e intereses moratorios por el integro que corresponda de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. Articulo 9º.- Los pagos de importes insolutos, intereses, reajustes, costas y gastos que se hubieran realizado MORDAZA de la aprobacion de la presente Ordenanza, no son considerados pagos indebidos o en excesos por lo que no son objeto de devolucion o compensacion. Articulo 10º.- Durante la vigencia de la presente MORDAZA, condonese excepcionalmente y con caracter general las costas procesales de todo MORDAZA coactivo que se encuentre en tramite. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- CUMPLIMIENTO Encargar a la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria, Gerencia deAdministracion y Finanzas, Gerencia de Calidad de Servicios, Subgerencia de Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones el cumplimiento de la

El Peruano Sabado 13 de junio de 2015

presente Ordenanza, asi como a la Gerencia de Imagen Institucional la difusion de su contenido. Segunda.- DE LA SOLICITUD El acogimiento del presente beneficio sera unicamente a pedido del contribuyente. Tercera.- VIGENCIA Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicacion de lo dispuesto en la presente Ordenanza y para la prorroga de los beneficios tributarios contenida en la misma. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA BLESS CABREJAS MORDAZA 1249804-1

Disponen que la Gerencia de Administracion y Finanzas ejecute acciones para dar cumplimiento a lo dispuesto por el Acuerdo de Concejo Nº 053-2015/MDSM
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 427-2015 /MDSM San MORDAZA, 11 de junio de 2015 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTOS, el Acuerdo de Concejo Nº 053-2015-MDSM, el informe Nº 143-2015-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos, el memorando Nº 249-2015GPP/MDSM emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y el informe Nº 211-2015-SGLCP-GAF/ MDSM emitido por la Subgerencia de Logistica y Control Patrimonial; y, CONSIDERANDO: Que, literal c), numeral 10.1 del Articulo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano 2015, se encuentran proscritos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo exceptuando aquellos viajes de alcaldes y regidores, cuyas autorizaciones se aprueban mediante acuerdo de concejo; Que, el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Takahesu Uechi, ha sido autorizado, a traves del acuerdo de vistos, para que en representacion de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA participe en la "XXI CONFERENCIA INTERNACIONAL DE ALCALDES Y AUTORIDADES LOCALES", que se realizara del 15 al 18 de junio del 2015, en el Estado de Miami ­ MORDAZA, Estados Unidos; Estando a lo expuesto, de conformidad y en uso de las atribuciones conferidas al MORDAZA por el Articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DISPONER que la Gerencia de Administracion y Finanzas ejecute las acciones pertinentes para dar cumplimiento a lo dispuesto por el Acuerdo de Concejo Nº 053-2015/MDSM. Articulo 2º.- Los gastos autorizados se cubriran de acuerdo al siguiente detalle: · Viaticos : US$ 1 100.00 · Pasaje Aereo (incluida tarifa Corpac) : US$ 653.00 · Inscripcion a la conferencia : US$ 350.00 Articulo 4º.- Dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Takahesu Uechi debera presentar ante el despacho de Alcaldia un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, en cumplimiento del Articulo 10º del

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