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El Peruano Sábado 13 de junio de 2015 554999 b) Agentes Participantes.- Son aquellos quienes participan con voz y voto, en la discusión y toma de decisiones sobre la priorización de problemas y de proyectos de inversión durante las fases del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. Están integrados por los Miembros del Consejo de Coordinación Local, los Miembros del Concejo Municipal y los Representantes de la Sociedad Civil identi fi cados para este propósito. Asimismo, por el Equipo Técnico de Soporte del Proceso, quien tiene a su cargo la conducción del mismo, que tendrá voz, pero no voto. c) Sociedad Civil.- Son las Organizaciones Sociales de base territorial o temática así como a Organismos e Instituciones Privadas dentro del ámbito local. d) Talleres de Trabajo.- Reuniones de Agentes Participantes convocadas por el Alcalde con la fi nalidad de identi fi car desde una perspectiva temática y territorial los problemas de la Provincia, Distrito y Centros Poblados, así como también la priorización de los Proyectos de Inversión. e) Equipo Técnico.- Lo integran los profesionales y técnicos de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto” o quienes hagan sus veces, pudiendo estar integrado; además, por profesionales con experiencia en temas de planeamiento y presupuesto provenientes de la Sociedad Civil. Es Presidido por el Gerente de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto” y tiene la responsabilidad de conducir el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, brindando soporte técnico durante el desarrollo del mismo. f) Comité de Vigilancia y Control.- Es la instancia encargada de realizar la vigilancia de la formulación y ejecución del Presupuesto Participativo Basado en Resultados y se encuentra conformada por Representantes de los Agentes Participantes de la Sociedad Civil, elegidos democráticamente en el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, su labor dura aproximadamente dos años; en un año pueden coexistir dos Comités de Vigilancia y Control. Aquel conformado para el año en curso y el año siguiente y el otro que continúa vigilando por segundo año el Proceso de ejecución de los Proyectos de Inversión. g) Mesa Directiva.- Es la responsable de conducir la plenaria de los talleres de “Formalización de Acuerdos y Compromisos” del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados Local Provincial de cada año Fiscal. Está conformada por Representantes de la Sociedad Civil, los Alcaldes Distritales y el Gerente de Planeamiento y Presupuesto en calidad de Secretario Técnico. h) Proyecto de Impacto Provincial.- Las Municipalidades Provinciales al determinar los Proyectos de Impacto Provincial, deben de tener en cuenta que el monto del Proyecto de Impacto Provincial no sea menor a MILLON DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1’200,000,00) y que su alcance sea Pluridistrital, debiendo bene fi ciar a un mínimo de dos (02) Distritos del ámbito jurisdiccional; adicionalmente podrán considerar su cobertura en la población objetivo no sea menor a 5% respecto a la población total de la Provincia. Si luego de distribuir el fi nanciamiento asignado a Presupuesto Participativo Basado en Resultados conforme el criterio señalado en el párrafo precedente se obtiene un saldo menor a S/. 1’200,000.00, dicho saldo se orienta a fi nanciar proyectos de Impacto Provincial utilizando el criterio de cobertura a la población objetiva señalado en el párrafo anterior. Asimismo en el caso que el monto asignado al Presupuesto Participativo Basado en Resultados sea menor a S/. 1’200,000.00, los Proyectos de Impacto Provincial solo se consideran el criterio de cobertura en la población objetiva. i) Proyecto de Impacto Distrital de Cobertura Local.- Son aquellos proyectos cuya repercusión se encuentra delimitada en el Distrito de Moquegua y cuya envergadura o impacto bene fi cia signi fi cativamente al distrito en su conjunto. j) Proyecto de Impacto Distrital de Cobertura Barrial.- Son aquellos proyectos orientados a satisfacer necesidades barriales, estos son propuestos por los Agentes Participantes de las Juntas Vecinales de los diferentes Sectores del Distrito. k) Resultados.- Entiéndase por resultados al cambio en una característica, cualidad o situación que afecta, a un grupo objetivo (Población, Instituciones, Comunidades, entre Otros).El resultado está vinculado a la solución de un problema prioritario de la población, el problema no debe ser defi nido como la negación de una solución o la carencia de un bien o servicio, sino que debe dejar abierta la posibilidad de encontrar múltiples alternativas para resolverlo. l) Del fi nanciamiento del Proceso Participativo.- El Gobierno Local proveerá los recursos necesarios para garantizar el cumplimiento de las actividades y/o acciones que permitan el desarrollo y la participación de los actores bajo el precepto de igualdad de oportunidades en la participación ciudadana. m) Financiamiento del Presupuesto Participativo Basado en Resultados.- El Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Gobierno Local de la Provincia Mariscal Nieto, en los gastos de inversión, se sustentan en los compromisos y aportes de recursos que asignan la entidad y la Sociedad Civil. El Titular del Pliego informara el porcentaje del Presupuesto Institucional en gasto de inversión que corresponderá al Presupuesto Participativo Basado en Resultados, conforme a lo establecido en el Instructivo del Presupuesto Participativo Basado en Resultados; el monto respectivo es difundido a través del portal electrónico de la Entidad. La Sociedad Civil puede participar en el cofi nanciamiento de los Proyectos de Inversión a través de aportes de recursos fi nancieros, materiales, mano de obra u otros similares, a fi n de ampliar la capacidad de atención de las demandas, orientadas a la mejora de la calidad de vida de la población. Asimismo, para el cofi nanciamiento de los proyectos pueden emplearse las contribuciones que determinen el Gobierno Regional, los Gobiernos Locales Distritales y el Sector Privado, de conformidad con la legislación vigente. Artículo 6º.- PRINCIPIOS RECTORES: Constituyen Principios Rectores del Presupuesto Participativo: Participación.- El Gobierno local promueve el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la Sociedad Civil, en la programación de su presupuesto, en concordancia con sus planes de desarrollo concertados; así como en la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos. Transparencia.- El Presupuesto del Gobierno Local es objeto de difusión por los medios posibles de información, a fi n de que la población pueda tener conocimiento de ellos. Igualdad.- Las organizaciones de la sociedad tienen las mismas oportunidades para intervenir y participar sin discriminaciones de carácter político, ideológico, religioso, racial o de otra naturaleza, en los procesos de plani fi cación y presupuesto participativo. Tolerancia.- Es la garantía de reconocimiento y respeto a la diversidad de opiniones, visiones y posturas de quienes conforman la sociedad, como un elemento esencial para la construcción de consensos. Efi cacia y e fi ciencia.- El Gobierno Local organiza su gestión en torno a objetivos y metas establecidos en los planes concertados y presupuestos participativos, desarrollando estrategias para la consecución de los objetivos trazados y con una óptima utilización de los recursos. La medición de los logros se basa en indicadores de impacto, de resultados y de productos, normados por las instancias correspondientes. Equidad.- Las consideraciones de equidad son un componente constitutivo y orientador de la Gestión Regional y Local, sin discriminación, igual acceso a las oportunidades e inclusión de grupos y sectores sociales que requieran ser atendidos de manera especial. Competitividad.- El Gobierno Local tiene como objetivo la gestión estratégica de la competitividad. Para ello promueven la producción y su articulación a los ejes de desarrollo o corredores económicos, así como la ampliación de mercados interno y externo, en un entorno de innovación, de calidad, de alianzas y acuerdos entre los sectores público y privado. Respeto a los Acuerdos.- La participación de la Sociedad Civil en los Presupuestos del Gobierno Local se fundamenta en el compromiso de cumplimiento de los Acuerdos o compromisos concertados. Artículo 7º.- NECESIDADES DE INTERÉS CIUDADANO: Declárese de interés ciudadano y necesidad pública, el fomento de acciones de concertación, participación,