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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (13/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 127

El Peruano Sábado 13 de junio de 2015 554997 Decreto de Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catorias. Artículo 5º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a las partidas especí fi cas 2.3.2.1.1.2 (viáticos y asignaciones por comisión de servicio) y de la fuente de fi nanciamiento 2.09 Recursos Directamente Recaudados del Presupuesto Municipal 2015. Artículo 6º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas y demás áreas, el fi el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 7º.- PUBLICAR la presente resolución en el portal municipal de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe) y en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde 1250469-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Aprueban la institucionalización del “Día de la Sopa García” a celebrarse el tercer domingo de junio ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2015-MPH Huaral, 22 de mayo de 2015 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO:EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARALVISTO: En sesión ordinaria de la fecha; y,CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente Nº 4837-2015, la Presidenta y el Secretario de la Asociación de Hoteles, Restaurantes y Afi nes de la Provincia de Huaral, AHORA – HUARAL, solicitan reconocer e institucionalizar el “Día de la Sopa García”. Que, la Sub gerencia de Desarrollo Empresarial y Turismo, según el Informe Nº 037-2015/MPH-GDSE-SGDET, considera reconocer e institucionalizar el “Día de la Sopa García”, por considerar un plato Huaralino. Que, mediante Informe Nº 135-2015-MPH/GDSE, la Gerencia de Desarrollo Social y Económico, en mérito a lo informado por el Sub Gerente de Desarrollo Empresarial y Turismo, recomienda la aprobación de reconocer e institucionalizar el “Día de la Sopa García” Que, la Constitución Política del Perú, en su Artículo 194, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política y administrativa en asuntos de su competencia. Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en su Artículo 73º en el numeral 4.5 determina, como materia de competencias municipal el fomento del turismo local sostenible. Que, “Sopa García” fue creada por Marcelino Tang y sus descendientes cuentan que el origen de este potaje se dio en la década de los cincuenta cuando Nicéfalo García (cocinero de la hacienda Huando y unos años después, se desempeñó como colaborador de una Empresa de la propiedad de la Familia Graña) pidió a uno de los trabajadores del Chifa Hong Kong que le prepare un plato diferente al caldo de wantan. Tang preparó la sopa con ingredientes como pollo, chancho asado y fi deos largos la cual, fue de total agrado para García quien después de unos días, volvió al chifa a pedir el mismo plato. Los días pasaron y cuando Marcelino se percataba de la presencia de García, el cocinero a fi rmaba: “Allí viene una sopa para García”. Luego la expresión cambió a “Sopa García” y así surgió el nombre del plato. Que, es de interés de la Municipalidad Provincial de Huaral, revalorar, fomentar y difundir el consumo de la “Sopa García” y por ende al posicionamiento de nuestra cultura gastronómica a nivel nacional e internacional, para impulsar el turismo sostenible de la Provincia de Huaral. Que, estando en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades y con el Voto Unánime de los Señores Miembros del Pleno del Concejo y con la Dispensa de Trámite de Lectura y Aprobación del Acta, se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA INSTITUCIONALIZACIÓN DEL “DÍA DE LA SOPA GARCÍA” EN LA PROVINCIA DE HUARAL Artículo Primero.- APROBAR la Institucionalización del “DÍA DE LA SOPA GARCÍA” a celebrarse el Tercer Domingo de Junio, evento cultural y turístico, que se desarrollará cada año, en toda la Provincia de Huaral; con el objetivo de fortalecer, fomentar y promover nuestra gastronomía e identidad Huaralina. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Sub Gerencia de Desarrollo Empresarial y Turismo, Unidad Orgánica dependiente de la Gerencia de Desarrollo Social y Económico, el cumplimiento e implementación de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación en el Diario O fi cial El Peruano de la presente Ordenanza Municipal, la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ANA AURORA KOBAYASHI KOBAYASHI Alcaldesa de Huaral 1250252-1 Prorrogan plazo establecido en el Artículo 1 de la Ordenanza Municipal Nº 008-2015-MPH DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2015-MPH Huaral, 11 de junio de 2015 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: El informe Técnico Nº 016-2015-MPH-GRAT de fecha 08 de junio de 2015, presentado por la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el Artículo único de la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades) Que, la Municipalidad Provincial de Huaral, mediante la Ordenanza Municipal Nº 008-2015-MPH, que aprueba el marco legal de los “Bene fi cios Tributarios para las tasas de Arbitrios Municipales de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, mantenimiento de parques y jardines públicos y serenazgo para el ejercicio 2015”, publicada en el Diario o fi cial” El Peruano” con fecha 23 de Abril del 2015. Que, la Ordenanza Municipal citada en el párrafo precedente, faculta a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones