Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2015 (13/06/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 122

554992
Que, mediante los documentos de Visto, la Sub Gerencia de Defensa Civil, la Gerencia de Planificacion, Presupuesto, Racionalizacion OPI, Cooperacion Interinstitucional, la Gerencia de Asesoria Juridica, y la Gerencia Municipal, coinciden en adecuar el cambio de denominacion del Item (1-2) de los procedimientos administrativos de la Subgerencia de Defensa Civil establecido en el MORDAZA, cuya denominacion es Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil y Renovacion de Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil, debiendo ser conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 30230, como "INSPECCION TECNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES ITSE"; Que, el numeral 38.5) del articulo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, precisa, que una vez aprobado el (TUPA), toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos o tramitacion o requisitos. Se debe realizar por Resolucion Ministerial, MORDAZA Regional de rango equivalente, Decreto de Alcaldia por Resolucion del Titular del Organismo MORDAZA conforme a la constitucion, segun nivel de Gobierno respectivo (..)"; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- MODIFICAR la denominacion de toda referencia efectuada a la Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil y Renovacion contenida en el Item (1 y 2) de los procedimientos administrativos a cargo de la Subgerencia de Gestion del Riesgo de Desastres (antes Subgerencia de Defensa Civil), del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA 2014, aprobada mediante Ordenanza Municipal Nº 0418-2014MDB, debiendo entenderse como "Inspeccion Tecnica de Seguridad en Edificaciones - ITSE", la cual obra en el anexo adjunto, que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Subgerencia de Gestion del Riesgo de Desastres, a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Gerencia de Planificacion, Presupuesto, Racionalizacion, OPI, y Cooperacion Interinstitucional de la Municipalidad Distrital de Brena. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Estadistica e Informatica, la publicacion del presente Decreto de Alcaldia y del anexo adjunto en el MORDAZA institucional de la Municipalidad del Distrital de Brena, asi como en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas PSCE (www.psce.gob.pe) de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 29091 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nª 004-2008-PCM. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. WU MORDAZA MORDAZA 1249776-1

El Peruano Sabado 13 de junio de 2015

Nº 27680 y la Ley de Reforma Nº 28607, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local con autonomia politica economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 08 de MORDAZA de 2011, se establecio que las Entidades del Sector Publico deben de contar con un Libro de Reclamaciones, cuyo articulo 5º establece que, mediante Resolucion de Alcaldia, el titular de la entidad designara al responsable del Libro de Reclamaciones de la entidad; En atencion a la MORDAZA acotada la Municipalidad emitio la Resolucion de Alcaldia Nº 365-2014-DA/MDB de fecha 21.08.2014, en el cual se designa al Subgerente de Personal como responsable del Libro de Reclamaciones; Que, el Libro de Reclamaciones es un mecanismo de participacion ciudadana para lograr la eficiencia del Estado y salvaguardar los derechos de los usuarios frente a la atencion en los tramites y servicios que se brinda. En ese extremo es necesario designar al funcionario responsable del Libro de Reclamaciones de la Municipalidad Distrital de Brena, conforme a la nueva estructura organica de la Municipalidad, aprobada mediante Ordenanza 429-2015/ MDB-CDB; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el articulo 20º literal 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha a la ABOG. LLILIAM MORDAZA TOCON MORDAZA, Subgerente de Recursos Humanos , como responsable del Libro de Reclamaciones de la Municipalidad Distrital de Brena, quien debera velar por el correcto uso y brindar respuesta oportuna a los reclamos que fuesen registrados en el referido Libro. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Estadistica e Informatica, la publicacion de la presente Resolucion en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Brena www.munibrena.gob.pe. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion y Finanzas la Publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- DEROGUESE la Resolucion de Alcaldia Nº 365-2014-DA/MDB de fecha 21.08.2014, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion de Alcaldia. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Recursos Humanos el cumplimiento de los establecido en la presente Resolucion de Alcaldia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. WU MORDAZA MORDAZA 1249795-1

Designan funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 167-2015-MDB Brena, 5 de junio de 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA CONSIDERANDO: Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2003PCM y modificatorias, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la informacion consagrado en el numeral 5 del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru; Que, en concordancia con el articulo 5º del citado texto normativo, obliga a las entidades de la Administracion Publica a contar con un MORDAZA de Internet, asimismo,

Designan responsable del Libro de Reclamaciones, para velar por su correcto uso y brindar respuesta oportuna a los reclamos registrados en el referido libro
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 103-2015-MDB Brena, 10 de marzo del 2015. El MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.