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El Peruano Sábado 13 de junio de 2015 554998 complementarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Que, cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante su Informe Nº 613-2015-MPH-GAJ de fecha 09 de Junio de 2015. Estando a lo expuesto, a las normas vigentes señaladas y en uso de las atribuciones en el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Organica de Municipalidades – Ley Nº 27972 DECRETA:Artículo Primero.- Prorrogar el plazo establecido en el Artículo 1 de la Ordenanza Municipal Nº 008-2015-MPH, por 30 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, debiéndose de publicar en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional de la Municipalidad Provincial de Huaral (www.munihuaral.gob.pe) Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, Secretaría General, Subgerencia de Tecnologías de la Información y Sistemas, Subgerencia de Imagen Institucional, el fi el cumplimiento del presente Decreto; según sus propias competencias. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANA AURORA KOBAYASHI KOBAYASHI Alcaldesa de Huaral 1250256-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Establecen Reglamento del Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2015-MPMN Moquegua, 28 de abril de 2015EL ALCALDE PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO”VISTO, en “Sesión Ordinaria” del 21-04-2015, el Dictamen Nº 001-2015-COPYP/MPMN de Registro Nº 011645-2015, sobre Proyecto del “Reglamento del Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto” con carácter permanente. POR CUANTO:El Concejo Provincial de Mariscal Nieto, en uso de las facultades concedidas por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú promulgada el 29-12-1993 y modi fi cada por Ley Nº 27680 del 06-03-2002, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 de fecha 26-05-2003 y Ley Nº 8230 del 03-04-1936, ha aprobado en “Sesión Ordinaria” del 21-04-2015, la siguiente: ORDENANZA: “REGLAMENTO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL MARISCAL NIETO CON CARÁCTER PERMANENTE” TÍTULO I DISPOSICIONES PRELIMINARES Artículo 1º.- DEL OBJETO: Es objeto del presente Reglamento, establecer los mecanismos y pautas para el Proceso de Participación de los actores públicos, privados y representantes acreditados de la Sociedad Civil organizada en el “Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto”, para la priorización de proyectos en la Formulación del Presupuesto Participativo en mención; a fi n de que dicho proceso este orientado a resultados con la fi nalidad de que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos y resultados especí fi cos que la población necesite, particularmente en aquellas dimensiones que se consideran más prioritarias para el desarrollo local provincial, evitando la dispersión o atomización en la asignación de los recursos públicos. Artículo 2º.- DE LA FINALIDAD: Es fi nalidad del presente Reglamento, regular el Proceso del Presupuesto Participativo, asegurando la participación activa de la población, para el logro de los objetivos del Presupuesto Participativo Basado en Resultados dentro de un marco de desarrollo concertado y plani fi cado, con el fi n de alcanzar mejoras en la calidad de vida de la población de la Provincia. Artículo 3º.- DEL ALCANCE: El presente Reglamento es de aplicación y obligatorio cumplimiento para los Órganos interventores en el Proceso Participativo de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto” y de las Organizaciones de la Sociedad Civil participantes, asentadas dentro del ámbito jurisdiccional de la Provincia “Mariscal Nieto”. Artículo 4º.- BASE LEGAL: La base legal que ampara el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, está defi nida en las siguientes normas: 1. La Constitución Política del Perú. 2. Ley Nº 27680 - Reforma Constitucional 3. Ley Nº 27972 - “Ley Orgánica de Municipalidades”. 4. TUO de la Ley Nº 28411 - “Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 5. Ley Nº 28056 - “Ley Marco del Presupuesto Participativo” y su Reglamento. 6. Ley Nº 29298 - “Ley que modi fi ca la Ley 28056”. 7. Ley Nº 27783 - “Ley de Bases de Descentralización”. 8. Ley Nº 27444 - “Ley del Procedimiento Administrativo General”. 9. Ley Nº 27293 - “Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, su Reglamento y Disposiciones Complementarias y modi fi catorias”. 10. Ley de Presupuesto del Sector Público para el año correspondiente. 11. Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo y modi fi catorias. 12. Decreto Supremo Nº 131-2010-EF, que modi fi ca Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 - “Ley Marco del Presupuesto Participativo”. 13. Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, que precisa criterios para delimitar Proyectos de Impacto Regional, Provincial y Distrital en el Presupuesto Participativo. 14. Decreto Supremo Nº 132-2010-EF, que modi fi ca Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, correspondiente al Proceso del Presupuesto Participativo. 15. Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, aprobado el 10 de abril del año 2010, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010 EF/76.01. 16. Directiva para la Programación y Formulación Anual del Presupuesto del Sector Público con una perspectiva de Programación Multianual. Artículo 5º.- DEFINICIONES BÁSICAS: Para efectos del presente Reglamento, se entenderá por: a) Presupuesto Participativo Basado en Resultados.- Es un proceso que fortalece las relaciones Estado-Sociedad, mediante el cual se de fi ne las prioridades sobre las acciones o proyectos de inversión a implementar en el nivel del Gobierno Local, con la participación de la Sociedad Organizada, generando compromisos de todos los Agentes Participantes para la consecución de los objetivos estratégicos.