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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (13/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 125

El Peruano Sábado 13 de junio de 2015 554995 Que, la Resolución Directoral Nº 003-2011-EF/68.01, aprueba la directiva Nº 001-2011-EF/68.01, “Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública”, Aprobación de las pautas para la identi fi cación, formulación y evaluación social de proyectos de inversión pública, a nivel per fi l; Que, el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01”Instructivo para el Presupuesto Participativo basado en Resultados aprobado mediante Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01” publicado en el diario el peruano el 10 de abril del 2010, establece mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Locales en el marco de la Ley del Presupuesto Participativo. Dicho proceso debe estar orientado a resultados con la fi nalidad que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos y resultados especí fi cos que la población necesite, particularmente en aquellas dimensiones que se consideran más prioritarias para el desarrollo local, evitando, de este modo inefi ciencias en la asignación de recursos públicos; Que, el Presupuesto Participativo es un instrumento de política, y a su vez de gestión, mediante el cual la autoridad local así como las organizaciones sociales a nivel distrital debidamente representadas, de fi ne en conjunto como se van a orientar sus recursos, teniendo en cuenta los objetivos del Plan de Desarrollo Estratégico o Institucional según corresponda, los cuales están directamente vinculados a la visión y objetivos del Plan de Desarrollo Concertado. Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con el Voto Mayoritario del Pleno del Concejo Municipal, y con la dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta; REGLAMENTO QUE REGULA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2016 EN EL DISTRITO DE SAN LUIS Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento que regula el proceso del Presupuesto Participativo 2016 en el Distrito de San Luis el mismo que consta de veinte cinco (25) artículos y tres disposiciones complementarias, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Otorgar facultades al Señor Alcalde para celebrar convenios con las instituciones públicas y privadas que permitan garantizar la ejecución del proceso del Presupuesto Participativo 2016, y dictar disposiciones complementarias que se requieran en la aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Aprobar las Disposiciones Reglamentarias y Complementarias que se requieran para su aplicación de la presente Ordenanza, serán dictadas mediante Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto cualquier disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente ordenanza. Artículo Quinto.- Encargar la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento, presupuesto e informática, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Promoción Económico y Social, y demás unidades orgánicas pertinentes en cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Sétimo.- En los aspectos especí fi cos no previstos en la presente Ordenanza se aplicara supletoriamente las disposiciones comunes contenidas en la Ley Nº 28056 y su modi fi catoria, Ley Nº 29298; Decreto Supremo Nº 142 – 2009 – EF, modi fi cado mediante Decreto Supremo Nº 131 – 2010. EF y demás normas que emite el Ministerio de Economía y Finanzas en cuanto corresponda. Artículo Octavo.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, la misma que entrará en vigencia la siguiente que esta se produzca, asimismo dispóngase en la misma fecha su publicación en la página web de esta Corporación Municipal así como el Reglamento que regula el proceso del Presupuesto Participativo 2016 en el distrito de San Luis. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RONALD EULOGIO FUERTES VEGA Alcalde 1250115-1MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Ordenanza que aprueba el Programa de Regularización Predial en el distrito ORDENANZA Nº 287/MDSM San Miguel, 9 de junio de 2015EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUELPOR CUANTO:El concejo municipal, en sesión extraordinaria celebrada en la fecha, CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme al Artículo 74º de la Constitución Política de Perú, así como al numeral 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales se encuentran facultados a crear, modi fi car y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley. Que, el Artículo 176º del Texto Único Ordenando del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-13-EF-EF, señala las infracciones relacionadas con la obligación de presentar Declaraciones y Comunicaciones; Que, el Artículo 41º del Texto Único Ordenando del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-13-EF, establece que la deuda tributaria solo podrá condonada por norma expresa con rango de ley y que excepcionalmente los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. Que, constituye política de esta Corporación Municipal el brindar las mayores facilidades para el cumplimiento de las obligaciones formales, promoviendo en los contribuyentes la regularización de sus obligaciones de presentar las declaraciones juradas de cargo, descargo o recti fi caciones de sus predios; así como fomentar el cumplimiento de las obligaciones sustanciales de naturaleza tributaria generada por concepto de la subsanación voluntaria o como producto de las acciones de fi scalización a fi n de incrementar la recaudación; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos mediante informe Nº 138-2015-GAJ/MDSM, opina por la procedencia del proyecto de ordenanza, el mismo que aprueba el programa de regularización predial en el Distrito de San Miguel; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Artículo 9º y del Artículo 40º Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN PREDIAL EN EL DISTRITO DE SAN MIGUEL Artículo 1º.- La presente Ordenanza tiene por objeto incentivar en los contribuyentes la regularización de sus obligaciones formales de presentar las declaraciones juradas de cargo, descargo o rectificaciones de sus predios; así como la regularización de las obligaciones sustanciales de naturaleza tributaria generada por la omisión o rectificación de la inscripción de predios dentro de los plazos establecidos, o por las acciones de la Administración inherentes a la facultad de fiscalización, cualquiera fuera el estado en que se encuentra. Artículo 2º.- Los contribuyentes que regularicen las declaraciones de inscripción, descargo o recti fi cación del registro de sus predios, en forma voluntaria o con motivo de la fi scalización efectuada podrán acogerse a los siguientes bene fi cios: