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El Peruano Miércoles 17 de junio de 2015 555196 Bernales al cargo de Director de Coordinación de las Ofi cinas Comerciales del Perú en el Exterior, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1251726-1 DEFENSA Autorizan viaje de personal de la Marina de Guerra del Perú al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 227-2015-DE/MGP Lima, 16 de junio de 2015 Visto, el Ofi cio P.200-1062 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 23 de abril de 2015; CONSIDERANDO: Que, la Organización Marítima Internacional (OMI), ha publicado el Programa de Reuniones para el año 2015 (PROG/123), de fecha 15 de diciembre de 2014, en el cual se encuentran considerados el 65º Período de Sesiones del Comité de Cooperación Técnica (TC), el Grupo de Trabajo sobre la Elaboración de un Nuevo Marco Estratégico y el 114º Período de Sesiones del Consejo de la Organización Marítima Internacional (OMI), a realizarse en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 22 de junio al 3 de julio de 2015; Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2015, la designación y autorización de viaje de UN (1) Ofi cial Almirante, UN (1) Ofi cial Superior y UN (1) Empleado Civil, para que participen en las mencionadas reuniones; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Vicealmirante Víctor Emanuel POMAR Calderón, del Capitán de Fragata SGC. Rino BUSTAMANTE Díaz y del Empleado Civil Jorge Enrique VARGAS Guerra, para que participen en el 65º Período de Sesiones del Comité de Cooperación Técnica (TC), el Grupo de Trabajo sobre la Elaboración de un Nuevo Marco Estratégico y el 114º Período de Sesiones del Consejo de la Organización Marítima Internacional (OMI), a realizarse en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 22 de junio al 3 de julio de 2015; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Autoridad Marítima dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú, debido a que permitirá tomar conocimientos de la toma de desiciones de los estados miembros en lo relativo a convenios internacionales del cual el Estado Peruano es parte, optimizando y/o disminuyendo el riesgo contra la seguridad de la vida humana en el mar y la contaminación del medio ambiente; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de las actividades programadas, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2015 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002- 2015-DE, de fecha 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Vicealmirante Víctor Emanuel POMAR Calderón, CIP. 00773852, DNI. 43345056, del Capitán de Fragata SGC. Rino Luis BUSTAMANTE Díaz, CIP. 02834649, DNI. 04823818 y del Empleado Civil Jorge Enrique VARGAS Guerra, CIP. 00122579, DNI. 32971994, para que participen en el 65º Período de Sesiones del Comité de Cooperación Técnica (TC), el Grupo de Trabajo sobre la Elaboración de un Nuevo Marco Estratégico y el 114º Período de Sesiones del Consejo de la Organización Marítima Internacional (OMI), a realizarse en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 22 de junio al 3 de julio de 2015; así como, autorizar su salida del país el 20 de junio y su retorno el 4 de julio de 2015. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Londres (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) - Lima US$ 2,500.00 x 3 personas US$ 7,500.00 Viáticos: US$ 540.00 x 3 personas x 12 días US$ 19,440.00 -------------------- TOTAL A PAGAR: US$ 26,940.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El Ofi cial Almirante comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1252023-2 Autorizan viaje de personal militar FAP a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 228-2015-DE/FAP Lima, 16 de junio de 2015