Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2015 (17/06/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Miercoles 17 de junio de 2015

555199
CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nro. 445 del 12 de junio de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica del Ecuador, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio NC-900-SGFA-EMAI-Nº 3066, del 15 de junio de 2015, el Secretario General de la Fuerza Aerea, por especial encargo del Comandante General de la Fuerza Aerea, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica del Ecuador; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 17 al 18 de junio de 2015, con la finalidad de participar en las coordinaciones previas para llevar a cabo el ejercicio "Alas de MORDAZA I", actividad bilateral a cargo del Comando de Operaciones de la Fuerza Aerea del Peru; Que, el articulo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Fuerza Aerea del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, a tres (03) militares de la Republica del Ecuador, del 17 al 18 de junio de 2015, con la finalidad de participar en las coordinaciones previas para llevar a cabo el ejercicio "Alas de MORDAZA I", actividad bilateral a cargo del Comando de Operaciones de la Fuerza Aerea del Peru. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Registrese, comuniquese y publiquese. JAKKE VALAKIVI MORDAZA Ministro de Defensa

Region Autonoma de las Azores; Bremerhaven, Republica Federal de Alemania; Amsterdam, Reino de los Paises Bajos; Edimburgo, Reino de Escocia; Londres, Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda del Norte; Lisboa, Republica Portuguesa; Cadiz, Reino de Espana; MORDAZA MORDAZA, Republica Dominicana, arribando al puerto de Cartagena, Republica de Colombia, el 22 de noviembre de 2015; asimismo, el referido Oficial Subalterno desembarcara y participara en las actividades protocolares de indole militar y saludo a las autoridades navales, del 23 al 25 de noviembre de 2015. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aereos: MORDAZA - Cartagena de Indias (Colombia) - MORDAZA US$. 1,600.00 US$. 1,600.00 Viaticos: US$. 370.00 x 6 dias US$. 2,220.00

Asignacion Especial por Estadia en Puerto Extranjero (1 dia): US$. 74.86 x 1 dia x 1 persona - Cartagena (Colombia) US$. 74.86 -------------------TOTAL A PAGAR EN DOLARES AMERICANOS: US$. 3,894.86 Asignacion Especial por Estadia en Puerto Extranjero (17 dias): 56.35 x 4 dias x 1 persona - MORDAZA de Horta (Azores) 225.40 55.71 x 4 dias x 1 persona - Bremerhavem (Alemania) 222.84 59.59 x 3 dias x 1 persona - Amsterdam (Holanda) 178.77 56.35 x 3 dias x 1 persona - Lisboa (Portugal) 169.05 58.95 x 3 dias x 1 persona - Cadiz (Espana) 176.85 -------------------TOTAL A PAGAR EN EUROS: 972.91 Asignacion Especial por Estadia en Puerto Extranjero (6 dias): £ 59.19 x 3 dias x 1 persona - Edimburgo (Escocia) £ 177.57 £ 59.19 x 3 dias x 1 persona - Londres (Reino Unido) £ 177.57 -------------------TOTAL A PAGAR EN LIBRAS ESTERLINAS: £ 355.14

Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 4º.- El Oficial Subalterno comisionado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo, debera efectuar la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Presidente de Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI MORDAZA Ministro de Defensa 1252025-5

1

Modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 y por el articulo unico de la Ley Nº 30209

1251955-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015 a favor del pliego Autoridad Portuaria Nacional
DECRETO SUPREMO N° 138-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de Ecuador
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 530-2015 DE/SG MORDAZA, 15 de junio de 2015

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.