Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2015 (17/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 107

El Peruano Miercoles 17 de junio de 2015

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RECONOCIMIENTO A LOS CONTRIBUYENTES PUNTUALES DEL DISTRITO DE LOS OLIVOS". Articulo Segundo.- FACULTESE al MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA para que a traves de Decreto de Alcaldia reglamente el "Programa de Incentivo Tributario Municipal y Reconocimiento a los Contribuyentes Puntuales del Distrito de Los Olivos", con cargo que luego de concluido el mismo de cuenta al Concejo Municipal. DISPOSICION TRANSITORIA Primera.- ESTABLECER un regimen de excepcion para el pago de deudas tributarias y no tributarias cuyo acreedor es la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA estableciendose una condonacion del 100% de los intereses generados por la deuda vencida e impaga del impuesto predial y de los arbitrios municipales del ano 2014 y del primer y MORDAZA trimestre del ano 2015 hasta el 29 de junio de 2015. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1251521-1

VISTO: el Dictamen Nº 015-2015-MDLO/CPEP de la Comision Permanente de Economia y Presupuesto. CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, se establece que las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; asi mismo en concordancia con el Articulo 200º numeral 4 del precitado cuerpo normativo, el Concejo Municipal cumple funcion normativa a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley; Que el Articulo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades ­senala: "(...) Las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por Ley; Que el Articulo 41º del Texto Unico Ordenando del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y sus modificatorias, establece que los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general el interes moratorio y las sanciones, respecto a los tributos que administra; Que, es MORDAZA el cumplimiento de lo establecido en el Plan de Incentivos del Gobierno Central el cual a su vez consigna como condicion para que el Ministerio de Economia y Finanzas, asigne estos incentivos municipales, que las Municipalidades reporten un incremento en su recaudacion del orden del 17% comparado con el ejercicio anterior, situacion en la cual esta inserta la Municipalidad de Los MORDAZA, motivo por el cual es imprescindible que la Municipalidad establezca las acciones necesarias para reducir el nivel de morosidad existente, asi como establezca politicas, acciones y programas destinados a reforzar la cultura tributaria y esto pasa por que indefectiblemente se efectue reconocimiento a los contribuyentes puntuales que cumplan en los plazos establecidos por la normativa con sus obligaciones tributarias; Que, mediante Memorandum Nº 0304-2015-GAT/MDLO/ Ipacheco, de fecha 08 de junio de 2015, la Gerencia de Administracion Tributaria manifiesta que siendo politica de la actual gestion municipal estimular y facilitar el pago puntual de los tributos y premiar a aquellos que honran sus obligaciones tributarias. Es necesario y oportuno disponer la realizacion de un sorteo publico para el dia 27 de MORDAZA de 2015, que premie a los contribuyentes que han pagado su deudas de manera puntual y que estimule el pago de sus tributos a aquellos, que por diversas razones, aun no lo han hecho; Que, con Memorandum Nº 01050-2015-GPP/MDLO de fecha 08 de junio de 2015, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto senala que existe la disponibilidad presupuestal para este fin con un monto de hasta S/. 96,000.00 (Noventa y seis mil con 00/100 nuevos soles); Que, con Informe Nº 275-2015-MDLO/GAJ de fecha 11 de junio de 2015 la Gerencia de Asesoria Juridica, senala que a fin de mejor ejecutar el "Programa de Incentivo Tributario Municipal y Reconocimiento a los Contribuyentes Puntuales del Distrito", opina que el Concejo Municipal previamente debe aprobar su creacion y para su ejecucion se debe facultar al MORDAZA para que a traves de un Decreto de Alcaldia lo reglamente con cargo a dar cuenta al Concejo y estando que la misma va a acompanada de un regimen de excepcion tributaria se debe emitir la Ordenanza respectiva; Estando a lo expuesto, y en cumplimiento de lo senalado en la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA unanime del Pleno del Concejo y con la dispensa de lectura y aprobacion del acta, ha dado la siguiente Ordenanza: ORDENANZA Nº 414-CDLO ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROGRAMA DE INCENTIVO TRIBUTARIO MUNICIPAL Y RECONOCIMIENTO A LOS CONTRIBUYENTES PUNTUALES DEL DISTRITO DE LOS MORDAZA Y AMNISTIA TRIBUTARIA DE Articulo Primero.- CREASE INCENTIVO TRIBUTARIO el "PROGRAMA MUNICIPAL Y

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA
Aprueban Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo de la Municipalidad correspondiente al periodo fiscal 2016
ORDENANZA Nº 005-2015-MDSA San MORDAZA, 5 de MORDAZA del 2015 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA ­ CANETE POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTO: En Sesion de Concejo celebrada en la fecha. CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en los Articulos 194º "Atribuciones de los Gobiernos Locales", 197º "Participacion Vecinal y Seguridad Ciudadana"; y 199º "Fiscalizacion y Control a los Gobiernos Locales y Regionales"; establece que las Municipalidades provinciales y distritales son Organos de Gobierno Local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; formulan y aprueban el Plan de Desarrollo Concertado y su presupuesto con la Participacion Vecinal y rinden cuentas de su ejecucion anualmente, bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, la Ley Nº 28056 - Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, establece disposiciones que aseguren la efectiva participacion de la sociedad civil en el MORDAZA de Programacion Participativa de Presupuesto Municipal, y que el Ministerio de Economia y Finanzas en el contexto de la mencionada ley y su reglamento, el D.S. Nº1712003- EF, y la Directiva Nº002-2015-EF/50.01 "Directiva para la Programacion y Formulacion del Presupuesto del Sector Publico, con una perspectiva multianual"; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, en su articulo IX del Titulo Preliminar, senala que el MORDAZA de Planificacion Local es integral, permanente y participativo, articulando a las Municipalidades con los

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