Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2015 (17/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano Miercoles 17 de junio de 2015

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· Canalizacion subterranea: Conjunto de camaras y ductos colocados en el subsuelo, en los cuales se colocan cables subterraneos, y/o tuberias sanitarias. · Conexion Domiciliaria: La conexion de un servicio publico a un predio MORDAZA o a un espacio publico determinado desde la red principal hasta la fachada o vereda adyacente, que incluye la instalacion de un elemento de control o registro de consumo del servicio. · Derecho de Via: Faja de terreno de ancho variable dentro del cual se encuentra comprendida las calzadas de MORDAZA peatonal y vehicular, sus obras complementarias, servicios, areas previstas para futuras obras de ensanche o mejoramiento, y zonas de seguridad para el usuario. · Ductos: Conductos o similares utilizados como elementos de canalizacion subterranea para el tendido de redes. · Infraestructura necesaria para la prestacion de servicios publicos: Todo poste, ducto, conducto, MORDAZA, camara, buzon, MORDAZA, estacion radioelectrica, derechos de via, asociados a la prestacion de servicios publicos. · Infraestructura Pasiva: Conductos, ductos, MORDAZA, etc. · Fibra Optica: Hilo muy fino de material transparente, vidrio o materiales plasticos, utilizado como medio fisico para transmitir MORDAZA cantidades de informacion a MORDAZA distancias haciendo uso de pulsos de luz como portadora optica. · Mantenimiento de Redes: Trabajos realizados por los operadores o concesionarios dentro de una programacion, que tienen por objeto mantener en buen estado las redes primarias y secundarias, asi como las conexiones domiciliarias de los servicios respectivos. · Operador: Titular de la concesion de un servicio publico o la prestadora de servicios publicos. · Planta Externa: Es toda infraestructura exterior o medios enterrados, tendidos o dispuestos a la intemperie por medio de los cuales se ofrecen los diferentes servicios publicos. · Trabajos de Emergencia: Trabajos que realizan los operadores o empresas concesionarias de servicios publicos, debido a la interrupcion o desperfecto del servicio domiciliario o local. CAPITULO III PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Articulo 5.- Autorizaciones Los operadores y/o las personas naturales o juridicas en general estan en la obligacion de solicitar la autorizacion a la Municipalidad para realizar intervenciones, obras civiles o cualquier MORDAZA de instalacion, mantenimiento, o retiro de infraestructura para la prestacion de servicios publicos en areas de uso publico bajo administracion municipal, cumpliendo con los requisitos previstos por la legislacion en la materia y considerados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Lince, las cuales seran otorgadas a traves de la Subgerencia de Infraestructura Urbana. Articulo 6.- Silencio administrativo Las autorizaciones municipales que se requieren para abrir pavimentos, calzadas y aceras de las vias publicas, ocupar las vias o lugares publicos o instalar en areas de uso publico la infraestructura necesaria para conexiones domiciliarias, instalacion, ampliacion o mantenimiento de redes de infraestructura de servicios publicos de agua potable y alcantarillado, transmision y distribucion de electricidad, alumbrado publico, gas natural, entre otros, se sujetan a silencio administrativo positivo, cumplido el plazo de establecido en el MORDAZA de la Municipalidad. Articulo 7.- Aprobacion automatica Las autorizaciones municipales, que se requieran para instalar en areas de uso publico la infraestructura necesaria para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones se sujetan a un procedimiento administrativo de aprobacion automatica, debiendo presentar un plan de trabajo de obras publicas, conforme las disposiciones del Reglamento de la Ley Nº 29022 ­ Ley para el Fortalecimiento de la Expansion de Infraestructura

Comision de Desarrollo Urbano; y de conformidad con lo establecido en los articulos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; el Concejo Municipal por UNANIMIDAD; y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA EJECUCION DE OBRAS, INSTALACION, MANTENIMIENTO Y RETIRO DE INFRAESTRUCTURA PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICOS EN AREAS DE DOMINIO Y USO PUBLICO TITULO I DISPOSCIONES GENERALES CAPITULO I FINALIDAD, ALCANCES Y COMPETENCIA Articulo 1.- Finalidad La presente Ordenanza tiene por finalidad establecer disposiciones administrativas, tecnicas y de control para la ejecucion de obras, instalacion, mantenimiento y retiro de infraestructura para la prestacion de servicios publicos en areas de dominio y uso publico del distrito de Lince. Articulo 2.- Alcances Estan comprendidos dentro de los alcances de la presente Ordenanza y obligadas a su cumplimiento, las personas naturales, juridicas o entes colectivos, nacionales o extranjeros, de derecho publico o privado, incluyendo empresas o entidades del Estado, regionales o municipales, que realicen algun MORDAZA de intervencion, obras civiles, o cualquier MORDAZA de instalacion, mantenimiento, o retiro de infraestructura para la prestacion de servicios publicos en areas de dominio y uso publico, bajo administracion municipal, sea por propia iniciativa, por encargo o contratos de terceros. Articulo 3.- Competencia Son competentes para la aplicacion de la presente Ordenanza, dentro de su particular ambito funcional, la Subgerencia de Infraestructura MORDAZA y la Subgerencia de Fiscalizacion y Control MORDAZA de la Gerencia de Desarrollo Urbano. CAPITULO II DEFINICIONES Articulo 4.- Definiciones Para la aplicacion de la presente Ordenanza se debera tomar en consideracion las siguientes definiciones: · Ampliacion de Redes: Son los trabajos de ampliacion de las redes primarias, secundarias y domiciliarias, con la finalidad de brindar un mayor servicio al usuario. · Areas de uso publico: Son los bienes estatales, destinados al uso publico como playas, plazas, parques, infraestructura vial, caminos y otros, cuya administracion, conservacion y mantenimiento corresponden a las municipalidades. · Autorizacion: Documento que otorga la Municipalidad para autorizar la ejecucion de obras, la instalacion y mantenimiento de infraestructura, necesaria para la prestacion de servicios publicos en areas de uso publico del distrito. · Berma: Franja longitudinal, pavimentada o no, comprendida entre el borde exterior de la calzada y la vereda. · Cable: Conductor de senales, de metal, MORDAZA (vidrio) o la combinacion de ambos. En telecomunicaciones son utilizados para trasmitir senales electricas u opticas y son recubiertos por un material aislante y protector. · Cable Aereo: Cable instalado utilizando como soporte: postes, MORDAZA y fachadas de edificaciones en general. · Camaras y Buzon: Elemento utilizado en canalizaciones subterraneas donde se realizan empalmes y distribucion de la red electrica y de telecomunicaciones y de agua y desague.

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