Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2015 (17/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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Regional de la DIRESA MORDAZA, solicita a la Gerencia Regional de Desarrollo Social que disponga las acciones administrativas en el MORDAZA de las normas a fin de que se elabore los informes tecnicos, siendo elevado a la Oficina de Recursos Humanos y Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, siendo aprobado la modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal Provisional CAP-P de la Red de Salud MORDAZA, por efecto del MORDAZA de transferencia de funciones en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion, ha originado cambios en la estructura organica, funciones y competencias, habiendose creado cargos previstos para la implementacion a la nueva situacion politica en materia de descentralizacion, que propugna un impulso dinamico al MORDAZA de descentralizacion; Que, mediante Informe Nº 017-2015-GRH-GRPPAT/ SGDIS/RIVR, de fecha 11 de Junio del 2015, Informe Tecnico dirigido a la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Sistemas, referente a la propuesta de aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal Provisional (CAP-P) de la Red de Salud MORDAZA, contiene los cargos clasificados de la entidad, en base a la estructura organica vigente prevista en su ROF por reordenamiento de cargos que conllevara a una afectacion de su Presupuesto Analitico de Personal - PAP, por motivos que deberan asumir y desarrollar funciones por efecto del MORDAZA de transferencia de funciones en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion, por lo tanto deberan estar preparados con el personal idoneo y poder asumir con exito las funciones; Que, en sesion extraordinaria de la fecha, la Comision Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales mediante Dictamen Nº 022- 2015-GRHCO-CR/CPPPAT-AL, concluye que para la aprobacion del Cuadro de Asignacion de Personal CAP Provisional es necesario la Opinion Tecnica favorable y la Opinion Juridica favorable tal y como se puede apreciar en el presente expediente en razon a que este Consejo Regional no es un ente tecnico y requiere las opiniones de las oficinas especializadas en la materia. Y Recomienda la aprobacion del "Cuadro de Asignacion de Personal CAP Provisional" de la Red de Salud MORDAZA en razon a que cuenta con opinion tecnica favorable y la opinion juridica favorable ademas esta ordenanza se ajusta a la Constitucion Politica del Peru y a la normativa vigente; Que, el Consejo Regional a traves de Ordenanzas Regionales, de conformidad con lo previsto en el Art. 15º, Inc. "a", de la Ley Nº 27867 que senala Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el Inc. "a" del Articulos 37º y 38º del acotado cuerpo normativo; correspondiendo en consecuencia al Consejo Regional como parte de su funcion normativa, aprobar los documentos de gestion de diversa naturaleza, propuestos por las entidades comprendidas en el ambito administrativo del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion por el Ejecutivo; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los articulos 15 y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesion de Consejo Regional de MORDAZA de la referencia, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL PROVISIONAL (CAP-P) DE LA RED DE SALUD MORDAZA DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA Articulo Primero.- APROBAR, el Cuadro para la Asignacion de Personal Provisional (CAP-P) de la Red de Salud MORDAZA, Organo Desconcentrado del Gobierno Regional MORDAZA, conforme al MORDAZA texto que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- DEROGUESE, toda MORDAZA que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- DISPENSAR, la presente Ordenanza Regional del tramite de lectura y aprobacion de acta. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Red de Salud MORDAZA, PUBLICAR la presente Ordenanza conforme a lo dispuesto en el numeral 5, 5.5.2 y 5.7 de la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSG aprobada con Resolucion

El Peruano Miercoles 17 de junio de 2015

de Presidencia Ejecutiva Nº 152-2014-SERVIR/PE, el cual determina que sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, asimismo el formato CAP y la ordenanza de aprobacion se efectuara en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE y en la web institucional: www.regionhuanuco.gob.pe. Articulo Quinto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el diario oficial "El Peruano" y en el MORDAZA del Gobierno Regional de MORDAZA en cumplimiento de los dispuesto en el articulo 42º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Articulo Sexto.- la presente Ordenanza Regional, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA a los 14 dias del mes de junio del ano dos mil quince. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Gobierno Regional MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en MORDAZA en la a Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 14 dias del mes de junio del dos mil quince. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gobernador Regional 1251323-1

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Aprueban inicio del MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados Multianual 2016 - 2018 y su Reglamento
ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2015-GRU/CR. EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion; Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y demas normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitucion Politica del Estado, Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion; Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 17.1, del articulo 17º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la descentralizacion, senala que los Gobiernos Regionales y Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestion publica. Para este efecto deberan garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la informacion publica, con las excepciones que senala la Ley, asi como la conformacion y funcionamiento de

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