TEXTO PAGINA: 95
El Peruano Miércoles 17 de junio de 2015 555281 Artículo 5º: De los Recursos Presupuestales ENCARGAR a la Gerencia General Regional, en coordinación con la Ofi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial, la asignación de los recursos presupuestales necesarios para la ejecución de lo dispuesto en el artículo primero. Artículo 6°: Del Plazo de Actualización El proceso de actualización del Plan de Desarrollo Regional Concertado 2013 – 2021, tendrá una duración de cuatro (04) meses, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente, plazo en el cual se deben tomar las acciones que garanticen la realización de talleres descentralizados, donde se recepcionen los datos e información correspondientes a cada realidad regional en provincias, que alimente el proceso de actualización. Artículo 7º: Del Cumplimiento ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza regional a la Gobernadora Regional, Gerencia General Regional y Ofi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial, y demás dependencias involucradas en el proceso de actualización. Artículo 8º: De la Vigencia de la Norma La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 9°: De la publicación DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario Ofi cial “El Peruano” como en el Diario de Avisos Judiciales “La República”; en ese sentido, se encarga a la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el Diario Ofi cial, inmediatamente, ésta se publique en la página web institucional, de conformidad con lo regulado en el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Comuníquese a la señorita Gobernadora del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los veinticinco días del mes de mayo del 2015. MAURICIO CHANG OBEZO Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los ocho días del mes de junio del dos mil quince. YAMILA OSORIO DELGADO Gobernadora del Gobierno Regional Arequipa 1250899-1 GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Red de Salud Huánuco ORDENANZA REGIONAL Nº 017-2015-CR-GRH Huanuco, 14 de junio del 2015 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO POR CUANTO: Visto, en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional Huánuco, de fecha 14 de junio del año dos mil quince, el Dictamen Nº 022-2015-GRH-CPPPAT-AL, presentado por la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, relacionado a la propuesta de aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Red de Salud Huánuco; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el artículo 192º en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, tienen por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de la políticas nacionales y sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la región, conforme lo expresan los artículos 2º, 4º y 5º de la Ley Nº 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplifi cación administrativa; Que, el artículo 35º de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales y Locales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión presupuestaria del Estado y a las Leyes Anuales de Presupuesto, asimismo el artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modifi cada por la Ley Nº 27902, establece en el numeral 1, literal c), que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 025-2012- CR-GRH, se aprueba la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP), de la Red de Salud Huánuco y con Ordenanza Regional Nº 013-2015- CR-GRH, aprueba la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), de la Red de Salud Huánuco; Que, por efecto del proceso de nombramiento en el marco de las Leyes 27658, 27783, 28411, 30057, 30114, 30208, D.S Nº 034-2014-SA y otros, ha originado cambios en la estructura orgánica, funciones y competencias, habiéndose creado cargos previstos para la implementación y dar cumplimiento a los dispositivos emitidos para el procesos de nombramiento del personal contratado por toda modalidad, para los Profesionales de la Salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 152-2014-SERVIR/PE, se aprueba la Directiva Nº 001- 2014-SERVIR/GPGSC “Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades, de la Administración Pública, aplicables para supuestos de excepción y solo en tanto las entidades comprendidas en los mismos cumplan con los requisitos y condiciones requeridos para aprobar su cuadro de puestos de la entidad; Que, según, Resolución Ministerial Nº 046-2015/ MINSA, de fecha 29 de enero del 2015, se aprueba la PEA estimada en un total de 1,401 para la Región Huánuco, correspondiente a los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, benefi ciados con el nombramiento autorizado en el literal g) del numeral 8.1 del artículo 8º de la Ley Nº 30281- Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2015, para lo cual deben estar comprendidas las plazas en el CAP-P a fi n de viabilizar los procesos de nombramiento proyectados para los años subsiguiente; Que, mediante Ofi cio Nº 2754-2015-GR-DRS-HCO- DEGDRH, de fecha 10 de junio del 2015, el Director