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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (17/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 111

El Peruano Miércoles 17 de junio de 2015 555297 POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de San Antonio de la Provincia de Cañete, visto en Sesión Ordinaria de fecha 20 de mayo del 2015, el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas y Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de San Antonio de la Provincia de Cañete. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modifi cado por el Artículo Único de la Ley N° 28607, las Municipalidades Distritales son órganos de gobierno local y cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, es decir, ejercen sus atribuciones como poder del Estado en su territorio, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades1. Que, en virtud del Artículo 229º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, se faculta a cualquiera de las Entidades de la administración pública de establecer infracciones administrativas y las consecuentes sanciones a sus administrados. Que, el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Asimismo, el Artículo 9º, inciso 8. De la misma Norma, señala que corresponde al Concejo Municipal, aprobar, modifi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Que, de conformidad con el Artículo 46º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar. Las Ordenanzas determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción a sus disposiciones estableciendo las escalas de multas en función a la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias. Las sanciones que aplique la autoridad municipal podrán ser las de multa, suspensión de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso, retención de productos y mobiliario, retiro de elementos antirreglamentarios, paralización de obras, demolición, internamiento de vehículos, inmovilización de productos y otras. Que, en consecuencia, resulta necesario que la Municipalidad Distrital de San Antonio emita el respectivo instrumento de control de las disposiciones municipales administrativas que se encuentran debidamente reguladas por la Ley Orgánica de Municipalidades. Que, a través del Informe Nº 043-2015-MDSA/OAJ de fecha 14 de mayo del 2015, la Ofi cina de Asesoría Jurídica opinó que resulta viable la aprobación del proyecto de Ordenanza por el Concejo Municipal respecto al Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas y Cuadro Único de Infracciones y Sanciones para la Municipalidad Distrital de San Antonio de la Provincia de Cañete, toda vez que se encuentra dentro del marco Normativo vigente. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas, contando con el voto UNÁNIME de los Señores Regidores del Concejo Municipal Distrital de San Antonio de la Provincia de Cañete, en ejercicio de las facultades que le confi eren la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente Ordenanza; ORDENANZA QUE APRUEBA EL RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS Y CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO DE LA PROVINCIA DE CAÑETE Artículo Primero.- APRUÉBESE el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de San Antonio de la Provincia de Cañete, derivadas de la función fi scalizadora, el mismo que consta de Nueve (09) Capítulos, Cuarenta y tres (43) Artículos y Cinco (05) Disposiciones Transitorias y Finales, que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APRUÉBESE el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de San Antonio de la Provincia de Cañete, mediante el cual se tipifi can las infracciones administrativas de competencia municipal, estableciéndose sus respectivas sanciones y medidas complementarias, que como anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DERÓGUESE toda norma y disposición emitida por esta Entidad Municipal, que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Secretaría General hacer de conocimiento la presente Ordenanza a todos los órganos y unidades orgánicas de la Municipalidad, y disponer las acciones para la difusión y publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano” y el Portal Institucional conforme a Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL FLORENCIO YAYA LIZANO Alcalde 1 Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo II.- Autonomía Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y admin- istrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Consti- tución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. 1251578-4 Aprueban la Ordenanza que Reglamenta el Reconocimiento y Registro de Organizaciones Sociales de la Municipalidad ORDENANZA Nº 010-2015-MDSA/C San Antonio, 20 de mayo del 2015 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO DE LA PROVINCIA DE CAÑETE POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de San Antonio de la Provincia de Cañete, visto en Sesión Ordinaria de fecha 20 de mayo del 2015, el Proyecto de Ordenanza que Reglamenta el Reconocimiento y Registro de Organizaciones Sociales - RUOS del Distrito de San Antonio de la Provincia de Cañete para la Promoción del Desarrollo Local. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modifi cado por el Artículo Único de la Ley Nº 28607, las Municipalidades Distritales son órganos de gobierno local y cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, es decir, ejercen sus atribuciones como poder del Estado en su territorio, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. Que, el Artículo 197º de la citada Norma Constitucional, señala que los gobiernos locales promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local conforme a Ley. Que, de acuerdo al numeral 13. del Artículo 2º de la de la Constitución Política del Perú, reconoce como derecho fundamental de las personas el asociarse y constituir diversas formas de organización jurídica sin fi nes de lucro, sin autorización previa y con acuerdo de ley; así como el de participar en forma individual o asociada en la vida política, económica y cultural en el gobierno local de la jurisdicción;