Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2015 (20/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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130-2013-PRODUCE, en el extremo de incorporar las mencionadas resoluciones y los remanentes de capacidades de bodega para el desarrollo del correspondiente concurso publico; Que, asimismo, la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero recomendo modificar el articulo 2 de la Resolucion Ministerial Nº 136-2012-PRODUCE modificada por Resolucion Ministerial Nº 130-2013-PRODUCE, para que dicha Direccion General, en el MORDAZA de sus funciones, presida el Grupo de Trabajo encargado del MORDAZA del concurso publico; Con el visado del Viceministro de Pesqueria, de los Directores Generales de Politicas y Desarrollo Pesquero y de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo, asi como de las Oficinas Generales de Administracion y de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley Organica del Poder Ejecutivo ­ Ley Nº 29158; el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun aprobado por el Decreto Supremo Nº 032-2003PRODUCE; el Decreto Legislativo Nº 1047 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1.- Modificar los articulos 1 y 2 de la Resolucion Ministerial Nº 136-2012-PRODUCE modificada por Resolucion Ministerial Nº 130-2013-PRODUCE, los cuales quedaran redactados de la siguiente manera: "Articulo 1.- Autorizar la realizacion del concurso publico para acceder a la cuota asignada al Estado peruano por la Comision Interamericana del Atun Tropical ­ CIAT, mediante Resolucion C-02-03 y Resolucion C-11-12 enmendada por Resolucion C-14-05. La capacidad a ofertarse en el mencionado concurso sera establecida en las correspondientes Bases del concurso publico. Articulo 2.- Conformar el Grupo de Trabajo encargado del concurso publico para acceder a la cuota asignada al Estado peruano por la Comision Interamericana del Atun Tropical ­ CIAT, integrado por los siguiente miembros: 1. El Director General de Politicas y Desarrollo Pesquero, quien lo preside. 2. El Director General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo, quien actuara como Secretario Tecnico. 3. El Director General de la Oficina General de Administracion." Articulo 2.- El Grupo de Trabajo debera remitir a la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero la propuesta de Bases del concurso publico correspondiente dentro de los treinta (30) dias habiles de publicada la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GHEZZI MORDAZA Ministro de la Produccion

El Peruano Sabado 20 de junio de 2015

2015-PRODUCE/OGA-OL de la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion, el Informe N° 1182015-PRODUCE/OGAJ-jmantilla de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el OF. RE (DSL-AMA) N° 2-12-A/106 de fecha 16 MORDAZA de 2015 la Direccion de Asuntos Maritimos del Ministerio de Relaciones Exteriores hace de conocimiento del Viceministro de Pesqueria la comunicacion cursada por el Director de la Comision Interamericana del Atun Tropical (CIAT) a los Comisionados, Partes del APICD y Gobiernos Participantes para que propongan a los participantes en la 89a Reunion de la CIAT y reuniones del Acuerdo sobre el Programa Internacional para la Conservacion de los Delfines (APICD), las cuales se realizaran en la MORDAZA de Guayaquil, Republica del Ecuador, del 22 de junio al 03 de MORDAZA de 2015; Que, por Decreto Supremo N° 040-2001-RE se aprueba la adhesion del Peru a la "Convencion entre los Estados Unidos de MORDAZA y la Republica de Costa Rica para el Establecimiento de una Comision Interamericana del Atun Tropical (CIAT)", adoptada en MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, el 31 de MORDAZA de 1949; aprobada mediante Resolucion Legislativa N° 27462, de fecha 18 de MORDAZA del ano 2001; Que, el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca establece como patrimonio de la Nacion los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru. En consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interes nacional; Que, el inciso 1.2 del articulo 1 del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2003-PRODUCE, establece que el Peru es miembro de la Comision Interamericana del Atun Tropical - CIAT y del Acuerdo del Programa Internacional para la Conservacion de los Delfines - APICD; y como Estado ribereno afirma su derecho e interes en las pesquerias de los atunes en el MORDAZA MORDAZA Oriental para el desarrollo de una industria atunera importante de la region, asi como para continuar la pesqueria de atunes en aguas jurisdiccionales peruanas y aguas adyacentes a las 200 millas; Que, mediante el Informe N° 00185-2015-PRODUCE/ DTS-ffernandez, la Direccion de Tecnologia para la Supervision de la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion del Despacho Viceministerial de Pesqueria, senala que la agenda de la Comision Interamericana del Atun Tropical (CIAT) esta relacionada a la revision de la capacidad de flota que opera en el MORDAZA MORDAZA Oriental - OPO, con el establecimiento de medidas de reduccion de dicha capacidad, que puede impactar de manera negativa en el desarrollo de la industria extractiva nacional de la captura de atun y especies afines, por lo que se requiere revisar las propuestas de reduccion de capacidad que operan en el OPO a ser discutida en el Taller de Expertos Tecnicos, la que tendra como objetivo evitar se trunque los esfuerzos por lograr que en la reunion de MORDAZA del presente ano, los 5,000 m3 de capacidad de bodega otorgados por Resolucion C-11-12, pueda ser una capacidad que opere sin restriccion a nuestras aguas jurisdiccionales, asi como mantener el reconocimiento de la solicitud a largo plazo por una capacidad de acarreo de 14,046 m3; Que, los temas a tratarse en las reuniones del Acuerdo sobre el Programa Internacional para la Conservacion de los Delfines (APICD) son de importancia nacional debido a la magnitud de los intereses y temas en materia pesquera que se discutiran, por tanto es de interes del Ministerio de la Produccion participar en las citadas reuniones; Que, la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, establece los casos excepcionales en que procede la autorizacion de viaje al extranjero de los funcionarios y servidores publicos, siendo entre otros, cuando los viajes se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru; Que, la finalidad del viaje se enmarca dentro del supuesto de excepcion citado en el considerando precedente, conforme al analisis tecnico efectuado en el Informe N° 00185-2015-PRODUCE/DTS-ffernandez, de la Direccion de Tecnologia para la Supervision de la Direccion General

1253728-1

Autorizan viaje de funcionarios Ecuador, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL N° 202-2015-PRODUCE
MORDAZA, 19 de junio de 2015

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VISTOS: El Memorando N° 3100-2015-PRODUCE/ DVP del Despacho Viceministerial de Pesqueria, el Informe N° 00185-2015-PRODUCE/DTS-ffernandez de la Direccion de Tecnologia para la Supervision, el Memorando N° 00971-2015-PRODUCE/DGSF de la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion, el Memorando N° 31292015-PRODUCE/OGPP-Op de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando N° 1185-2015-PRODUCE/OGA de la Oficina General de Administracion y el Informe N° 639-

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