Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2015 (20/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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de Competitividad y Enlace Sectorial de la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero del Despacho Viceministerial de Pesqueria; Que, estando al itinerario remitido corresponde autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Pesqueria, del 01 de MORDAZA al 04 de MORDAZA de 2015 y de los senores MORDAZA MORDAZA Allemant Sayan, Director (s) de Competitividad y Enlace Sectorial y de MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, profesional de la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero, del 21 de junio al 04 de MORDAZA de 2015, para que participen en la 89a Reunion de la Comision Interamericana del Atun Tropical (CIAT) y en las reuniones del Acuerdo sobre el Programa Internacional para la Conservacion de los Delfines (APICD), las cuales se realizaran en la MORDAZA de Guayaquil, Republica del Ecuador; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesqueria y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, Administracion, Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; el Decreto Legislativo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modificatorias; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE; y, la Directiva General Nº 007-2009-PRODUCE, Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Produccion, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 2962009-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar, por excepcion, el viaje en comision de servicios del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Pesqueria del Ministerio de la Produccion, a la MORDAZA de Guayaquil, Republica del Ecuador, del 01 de MORDAZA al 04 de MORDAZA de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2.- Autorizar, por excepcion, el viaje en comision de servicio de los senores MORDAZA MORDAZA ALLEMANT SAYAN, Director (s) de Competitividad y Enlace Sectorial y de MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, profesional de la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero del Despacho Viceministerial de Pesqueria, a la MORDAZA de Guayaquil, Republica del Ecuador, del 21 de junio al 04 de MORDAZA de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial, seran cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de la Produccion, debiendo presentar los funcionarios comisionados la rendicion de cuentas en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino del referido viaje, de acuerdo al siguiente detalle: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes aereos mas (FEE) Viaticos US $ 370.00x 2 dias : Un dia de instalacion : $ 856.08 $ 740.00 $ 370.00 ----------------$ 1,966.08 $ 1,186.78 $ 4,440.00 $ 370.00 ----------------$ 5,996.78 $ 1,186.78 $ 4,440.00 $ 370.00 ----------------$ 5,996.78

El Peruano Sabado 20 de junio de 2015

Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Recursos Humanos. Articulo 5.- La presente Resolucion Ministerial no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos y derechos de cualquier clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GHEZZI MORDAZA Ministro de la Produccion

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Suspenden actividades extractivas de los recursos anchoveta y anchoveta MORDAZA en MORDAZA del litoral
RESOLUCION MINISTERIAL N° 204-2015-PRODUCE
MORDAZA, 19 de junio de 2015 VISTOS: El Oficio N° DEC-100-234-2015-PRODUCE/ IMP del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, el Informe Nº 218-2015-PRODUCE/DGP-Diropa de la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero, el Informe Nº 075-2015PRODUCE/OGAJ-cfva de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977 en su articulo 2 establece que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion y que corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interes nacional; Que, el articulo 9 de la citada Ley dispone que el Ministerio de la Produccion, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos determina, segun el MORDAZA de pesquerias los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, las tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; ademas, que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de caracter general dicta el Ministerio; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 19 del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE dispone que corresponde al Ministerio de la Produccion establecer mediante Resolucion Ministerial, previo informe del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, los periodos de MORDAZA o suspension de la actividad extractiva de determinada pesqueria en el dominio maritimo, en forma total o parcial, con la finalidad de garantizar el desove, evitar la captura de ejemplares en tallas menores a las permitidas, preservar y proteger el desarrollo de la biomasa, entre otros criterios. Asimismo, que el Ministerio basado en los estudios tecnicos y recomendaciones del Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE, determinara si la MORDAZA sera de aplicacion a las zonas de extraccion de las embarcaciones artesanales y/o de menor escala y/o de mayor escala; Que, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta (Engraulis ringens) y Anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) para Consumo Humano Directo aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2010-PRODUCE, establece en el numeral 4.4 del articulo 4 que el Ministerio de la Produccion de acuerdo a la recomendacion del IMARPE suspendera las actividades extractivas del citado recurso por razones de conservacion en funcion al manejo adaptativo, debiendose abstener cualquier otra autoridad de dictar o emitir MORDAZA en contrario; Que, mediante las Resoluciones Ministeriales N° 0822015-PRODUCE y N° 098-2015-PRODUCE se autorizo el inicio de la Primera Temporada de Pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) del ano 2015, de acuerdo a lo dispuesto en la Unica Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 009-2015-PRODUCE, en la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y los

MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Pasajes aereos mas (FEE) Viaticos US $ 370.00 x 12 dias Un dia de instalacion

: :

MORDAZA MORDAZA ALLEMANT SAYAN Pasajes aereos mas (FEE) Viaticos US $ 370.00 x 12 dias : Un dia de instalacion :

Articulo 4.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios y el profesional comisionado deberan presentar al Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, con MORDAZA a las

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