Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2015 (25/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Jueves 25 de junio de 2015

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Público Ad Hoc, en la Petición N° 1319-10 -Comunidad Universitaria de la Pontificia Universidad Católica del Perú, seguida ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos - CIDH, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar al señor abogado David Miguel Dumet Delfín, como Procurador Público Ad Hoc para que ejerza la defensa jurídica del Estado peruano, en la Petición N° 1319-10 - Comunidad Universitaria de la Pontificia Universidad Católica del Perú, seguida ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos - CIDH. Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros GUSTAVO ADRIANZÉN OLAYA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1255480-5

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Designan Procurador Público Ad Hoc para que ejerza la defensa jurídica del Estado peruano en la Petición N° 1319 - 10 - Comunidad Universitaria de la Pontificia Universidad Católica del Perú, seguida ante la CIDH
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 118-2015-JUS Lima, 24 de junio de 2015 VISTO, el Oficio N° 2423-2015-JUS/CDJE-ST, de la Secretaria Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 47°, establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos y mediante Decreto Legislativo N° 1068 se creó el Sistema de Defensa Jurídica del Estado, con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, de conformidad con el artículo 21° del Decreto Legislativo N° 1068 mencionado, la defensa del Estado en sedes jurisdiccionales extranjeras se encuentra a cargo de Procuradores Públicos Ad Hoc, designados mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos; Que, el numeral 14.1 del artículo 14° del Decreto Legislativo N° 1068, señala que el Procurador Público Ad Hoc asume la defensa jurídica del Estado en los casos que la especialidad así lo requiera, siendo su designación de carácter temporal; Que, el artículo 25° del Decreto Legislativo antes acotado, estipula que la designación de los Procuradores Públicos culmina, entre otras razones, por término de la designación; Que, mediante Resolución Suprema N° 161-2013JUS, se designó al señor abogado Gustavo Lino Adrianzén Olaya como Procurador Público Ad Hoc, para que ejerza la defensa del Estado peruano, en la Petición N° 1319-10 - Comunidad Universitaria de la Pontificia Universidad Católica del Perú, seguida ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos - CIDH; Que, asimismo el numeral 14.3 del Decreto Legislativo N° 1068, determina que el Consejo de Defensa Jurídica del Estado propondrá al Presidente de la República la designación de los Procuradores Públicos Ad Hoc y de los Procuradores Públicos Ad Hoc Adjuntos del Poder Ejecutivo, en los casos que así la necesidad lo requiera; Que, conforme al Oficio de visto, la Secretaria Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado informa que el Consejo de Defensa Jurídica del Estado, ha propuesto dar término a la designación del señor abogado Gustavo Lino Adrianzén Olaya como Procurador Público Ad Hoc y designar en su reemplazo al señor abogado David Miguel Dumet Delfín, como Procurador Público Ad Hoc para que ejerza la defensa jurídica del Estado peruano, en la referida Petición; De conformidad, con lo dispuesto por el artículo 47° de la Constitución Política del Estado; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo N° 1068, que crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2008-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Dar por concluida la designación del señor abogado Gustavo Lino Adrianzén Olaya como Procurador

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 134-2015-MIMP Lima, 24 de junio de 2015 Vistos, el Oficio N° 556-2015-SERVIR/PE de la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, el Informe N° 034-2015-SERVIR/GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, el Informe N° 075-2015-MIMP/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Memorando N° 606-2015-MIMP/ OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos, el Memorando Nº 350-2015-MIMP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 09-2015-MIMP/OGPP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1098 se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP determinándose su ámbito de competencia, funciones y estructura orgánica básica; Que, con Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, así como su correspondiente Organigrama Estructural; Que, con Resolución Suprema Nº 003-2013-MIMP se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal ­ CAP del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, de conformidad con lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 0032012-MIMP y en concordancia con lo establecido en el Manual de Clasificación de Cargos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial Nº 276-2012-MIMP, que posteriormente fue reordenado mediante Resolución Ministerial N° 267-2013MIMP; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2015-MIMP, publicado el 12 de mayo de 2015 en el diario oficial "El Peruano", se modificó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones

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