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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 2015 (06/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 43

El Peruano Viernes 6 de marzo de 2015 548081 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO Aceptan renuncia de Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del CEPLAN RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 014-2015/CEPLAN/PCD Lima, 4 de marzo de 2015 Vista: La renuncia al cargo de Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN de fecha 3 de marzo de 2015 presentada por el señor abogado Juan Miguel Zegarra Coello; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se creó el CEPLAN como órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico constituyéndose como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-2009- PCM se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico-CEPLAN, estableciéndose dentro de la estructura orgánica la Ofi cina de Asesoría Jurídica como órgano responsable de prestar asesoramiento jurídico a la Alta Dirección y a los Órganos del CEPLAN, así como de pronunciarse sobre la legalidad de los actos o propuestas normativas que le sean remitidos para su revisión y/o visado; así como coordinar la defensa jurídica del CEPLAN en concordancia con las normas que rigen la defensa jurídica del Estado; Que el personal de CEPLAN está sujeto al régimen laboral de la actividad privada de conformidad con lo establecido por la Primera Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ley; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 24-2013-CEPLAN/PCD publicada el 10 de abril de 2013 se designó al abogado Juan Miguel Zegarra Coello como Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del CEPLAN; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al citado cargo, solicitando dispensa del trámite de pre-aviso de ley; Que, corresponde autorizar la señalada dispensa del pre-aviso de ley por lo que la renuncia será eficaz a partir del día siguiente de publicada la presente resolución; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico y, en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046- 2009-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- ACEPTAR la renuncia formulada por el señor abogado Juan Miguel ZEGARRA COELLO al cargo de Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, dándole las gracias por los importantes servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS A. ANDERSON Presidente Consejo Directivo 1207797-1 ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Aprueban “Reglas para la atención de quejas por defectos de tramitación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 009-2015-OEFA/CD Lima, 3 de marzo de 2015 VISTOS: El Informe N° 099-2015-OEFA/OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, el Informe N° 015-2015-OEFA/DS de la Dirección de Supervisión y el Informe N° 004-2015- OEFA/DFSAI de la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fi scalización, la supervisión, el control y la sanción en materia ambiental; Que, el Artículo 158° de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General establece que en cualquier momento, los administrados pueden formular queja contra los defectos de tramitación y, en especial, los que supongan paralización, infracción de los plazos establecidos legalmente, incumplimiento de los deberes funcionales u omisión de trámites que deben ser subsanados antes de la resolución defi nitiva del asunto en la instancia respectiva; Que, resulta necesario aprobar reglas para la atención de las quejas por defectos de tramitación presentadas por los administrados, a efectos de garantizar que se subsane el vicio detectado de manera oportuna y que el procedimiento continúe con arreglo a las normas correspondientes; Que, mediante Acuerdo N° 009-2015 adoptado en la Sesión Ordinaria N° 007-2015 del 3 de marzo del 2015, el Consejo Directivo del OEFA aprobó las “Reglas para la atención de quejas por defectos de tramitación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA”, por lo que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolución de Consejo Directivo, habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del Acta respectiva a fi n de asegurar su vigencia inmediata; Contando con el visado de la Secretaría General, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Supervisión y la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos del OEFA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, así como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Literal n) del Artículo 8° y Literal n) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009- MINAM;