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El Peruano Viernes 6 de marzo de 2015 548089 redistribuidos en forma equitativa y aleatoria, entre los órganos jurisdiccionales transitorios que se indican en el siguiente cuadro, a fi n de equiparar la carga procesal: Corte Superior de Justicia Órganos Jurisdiccionales Origen Órganos Jurisdiccionales Destino Apurímac Juzgado Mixto Permanente - Abancay Juzgado Mixto Transitorio - Abancay Ica 1°, 2° y 3° Juzgados Civiles Permanentes - Ica Juzgado Civil Transitorio - Ica Ica 1° y 2° Juzgados de Paz Letrados - Familia Permanentes - Ica Juzgado de Paz Letrado - Familia Transitorio - Ica La Libertad 2°, 3º, 4º, 5°, 6°, 7° y 9° Juzgados de Paz Letrados Permanentes - Trujillo 1°, 2° y 3º Juzgados de Paz Letrados Transitorios - Trujillo Lima Este 1° y 2° Juzgados Penales Permanentes Cono Este Chosica - Lurigancho 1° y 2° Juzgados Penales Transitorios - Lurigancho Lima Este 1° y 3° Juzgados Civiles Permanentes - San Juan de Lurigancho 1° y 2° Juzgados Civiles Transitorios - San Juan de Lurigancho Lima Este 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6° y 7° Juzgados Penales Permanentes - San Juan de Lurigancho 1°, 2° y 3° Juzgados Penales Transitorios - San Juan de Lurigancho Lima Este 1º Juzgado Penal Permanente (MBJ de Huaycán) 2º Juzgado Penal Transitorio (MBJ de Huaycán) Lima Este 1°, 2°, 3º y 4º Juzgados de Paz Letrados Permanentes - Ate Juzgado de Paz Letrado Transitorio- Ate Lima Este Juzgado Penal Permanente - Santa Anita Juzgado Penal Transitorio - Santa Anita Lima Norte Juzgado Civil Permanente - Carabayllo Juzgado Civil Transitorio - Carabayllo Artículo Tercero.- Disponer, que el 1° y 2° Juzgados Civiles Transitorios del distrito de San Juan de Lurigancho, Corte Superior de Justicia de Lima Este, a partir del 1 de marzo de 2015, apoyen al 1° y 3° Juzgados Civiles Permanentes del mismo distrito, respectivamente. Artículo Cuarto.- Disponer, que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Lima Este y del Santa, adopten las acciones administrativas para efectuar el reemplazo de los jueces y/o personal jurisdiccional del Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Ate, Corte Superior de Justicia de Lima Este; y del 1° y 2° Juzgados Penales Liquidadores Transitorios de la provincia del Santa, Corte Superior de Justicia del Santa, a fi n de mejorar la productividad de estos órganos jurisdiccionales. Artículo Quinto.- Disponer que los jueces de los juzgados evaluados en el Informe N° 020-2015-OPJ- CNPJ-CE/PJ, de la Ofi cina de Productividad Judicial, remitan al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial informe detallando los siguientes aspectos: a) Número de autos que ponen fi n al proceso, y sentencias expedidas notifi cadas y sin notifi car; b) Listado de expedientes en trámite por año, que se encuentran pendientes de resolución fi nal; c) Listado de Expedientes en Trámite por año que se encuentren listos para sentenciar; d) Número de Expedientes en Ejecución; y e) Difi cultades y/o limitaciones presentadas para el adecuado ejercicio de sus funciones. El referido informe deberá adjuntar el listado nominal del personal que labora en cada órgano jurisdiccional, indicando por cada uno de ellos, su cargo, régimen laboral, tiempo de servicio en el órgano jurisdiccional, califi cación argumentada de su desempeño en “Bueno”, “Regular” o “Bajo”; así como si se encuentra debidamente capacitado. Esto con la fi nalidad que dicha Comisión Nacional, en coordinación con las Comisiones Distritales y la Gerencia General de este Poder del Estado, adopten las acciones correspondientes que permitan dinamizar la productividad judicial. Artículo Sexto.- Disponer que las Ofi cinas Desconcentradas de Control de la Magistratura de las referidas Cortes Superiores de Justicia, verifi quen el desempeño de los órganos jurisdiccionales penales liquidadores transitorios y los órganos jurisdiccionales listados en el Anexo A, que tienen un nivel de resolución de expedientes inferior al 82% de su meta, debiendo comunicar sobre dicho resultado a la Presidencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial. El Anexo A forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Sétimo.- Disponer que los órganos jurisdiccionales penales liquidadores, tengan presente la Directiva N° 012-2013-CE-PJ, denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencias Condenatorias previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 297-2013-CE-PJ, de fecha 28 de noviembre de 2013, con la fi nalidad de dar mayor celeridad a la liquidación de expedientes. Artículo Octavo.- Disponer que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Apurímac, Ayacucho, Callao, Ica, La Libertad, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur y Santa remitan a la Comisión Nacional de Productividad Judicial un informe detallando las difi cultades que han presentado sus órganos jurisdiccionales en el desarrollo de sus funciones y que infl uyen en la producción jurisdiccional, y que pueden ser, entre otros, inadecuada distribución de expedientes por la Mesa de Partes, limitaciones logísticas, fi nancieras, de personal, problemas en los sistemas de notifi cación o aquellos que técnicamente se identifi que para lo cual deberán plantear soluciones técnicas en el plazo de un mes a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo Noveno.- Mantener como política institucional que durante el proceso de descarga de expedientes de los órganos jurisdiccionales destinados para tal fi n, aquellos que se queden sin carga procesal por su buen nivel resolutivo, reciban los expedientes de los órganos jurisdiccionales menos productivos, los cuales serán reubicados a otros Distritos Judiciales. Artículo Décimo.- Facultar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Apurímac, Ayacucho, Callao, Ica, La Libertad, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur y Santa; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, a adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Undécimo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Apurímac, Ayacucho, Callao, Ica, La Libertad, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur y Santa, Ofi cina de Productividad Judicial, Presidentes de los Equipos Técnicos Institucionales de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1207887-2 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Conforman Segunda y Tercera Salas Penales para Procesos con Reos Libres y designan Magistrados en diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 092-2015-P-CSJLI/PJ Lima, 3 de marzo de 2015