Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 2015 (06/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 53

El Peruano Viernes 6 de marzo de 2015 548091 CONSIDERANDO: Que, la Ley 29497 – Nueva Ley Procesal del Trabajo establece en su Quinta Disposición Transitoria, que el Poder Judicial dispondrá la creación e instalación progresiva de Juzgados y Salas Laborales en los Distritos Judiciales de la República que lo requieran, para fortalecer la especialidad laboral y brindar un servicio de justicia efi ciente. Que, mediante Resolución Administrativa N° 061- 2013-CE-PJ de fecha 03 de abril del 2013, se aprobó por el plazo de cuatro meses la “Nueva Estructura Organizacional y Funcional del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo”; que tiene como funciones, entre otras, formular políticas y objetivos para la adecuada implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Que conforme al artículo 21° de la Resolución Administrativa N° 061-2013-CE-PJ de fecha 03 de abril del 2013, son funciones del Equipo Técnico Distrital de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Planifi car, conducir, coordinar, evaluar y monitorear el proceso de implementación de la Ley N° 29497 en el Distrito Judicial de su competencia, coadyuvando a su consolidación, en concordancia con los objetivos establecidos por el ETI-NLPT. Que mediante Resolución Administrativa N° 042- 2013-P-CSJLI/PJ de fecha 06 de enero del 2013, se creó la Comisión Distrital de Jueces para el seguimiento y monitoreo de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en esta Corte Superior de Justicia de Lima, teniendo como atribución actuar como órgano consultivo de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima y del Equipo Técnico Distrital para la Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en el monitoreo y seguimiento de los resultados en la aplicación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Que, en ese orden de ideas, resulta necesario continuar con la evaluación del proceso posterior a la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en cada una de sus etapas, con el fi n de aportar propuestas de mejora que fortalezcan su sostenibilidad. Que con la fi nalidad de continuar garantizando el cumplimiento de las normas y políticas que se establezcan en benefi cio de la Nueva Ley Procesal del trabajo, resulta oportuno designar a los magistrados que conformarán la Comisión Distrital de Jueces para el seguimiento y monitoreo de la Nueva Ley procesal del Trabajo para el presente año judicial. En consecuencia, y estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90° de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECONFORMAR la Comisión Distrital de Jueces para el seguimiento y monitoreo de la Nueva Ley Procesal del Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Lima, para el presente año Judicial 2015, el mismo que estará integrado de la siguiente manera: Dr. Omar Toledo Toribio, Juez Superior (T) Presidente Dra. Velia Odalis Begazo Villegas, Juez Superior (T) Dra. Cecilia Leonor Espinoza Montoya, Juez Superior (T) Dr. Marcial Chávez Cornejo, Juez Especializado (T) Dr. Semira Apari Chilquillo, Juez de Paz Letrado (T) Jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Gerencia de Administración Distrital, quien actuará como Secretario Técnico) Artículo Segundo.- La Comisión tendrá como atribuciones actuar como órgano consultivo de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima y del Equipo Técnico Distrital para la Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en el monitoreo y seguimiento del proceso posterior a la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Asimismo, la Comisión cuenta con atribuciones para coordinar con la Gerencia de Administración Distrital de esta Corte Superior y sus unidades administrativas en la formulación de propuestas técnicas y normativas para la mejor gestión del despacho judicial y servicios judiciales, La Comisión igualmente podrá sugerir a esta Presidencia y al Equipo Técnico Distrital de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, para un mejor desempeño de sus funciones la conformación de sub comisiones de trabajo, en razón a las necesidades en la implementación de la citada Ley Procesal. Artículo Tercero.- La Comisión informará Trimestralmente a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, de las recomendaciones y acciones a seguir, con el fi n de coadyuvar con una mejor aplicación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Equipo Técnico Distrital de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Gerencia de Administración Distrital, Unidad de Planeamiento y Desarrollo; y de los interesados para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCANTARA Presidente 1208074-1 Autorizan publicación de la Res. Adm. Nº 025-2015-J-ODECMA-CSJLI/PJ, sobre ampliación de alcances del Programa de Quejas Verbales Itinerantes de la ODECMA de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 94-2015-P-CSJLI-PJ Lima, 2 de marzo del 2015 VISTOS: El Ofi cio Nº 0168-2015-J-ODECMA-CSJLI/PJ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el ofi cio de vista, la Jefa de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura-ODECMA- remite al despacho de la Presidencia la Resolución Administrativa Nº 025-2015-J-ODECMA-CSJLI/PJ, que dispone ampliar los alcances del Programa de Quejas Verbales Itinerantes de la ODECMA de Lima, para el presente año judicial 2015, a fi n de incorporar a los Juzgados Contenciosos Administrativos, Juzgados Transitorios Laborales y Salas Laborales. Que, por Resolución Administrativa Nº 026-2013-J- ODECMA-CSJLI/PJ, de fecha 02 de abril del 2013, se implementó el Programa de Quejas Verbales Itinerantes de la ODECMA Lima, el cual consiste en instalar en forma temporal e itinerante módulos de atención para recibir y tramitar las quejas verbales, denuncias y/o reclamos de los ciudadanos en sedes judiciales periféricas, que se encuentren alejadas de la Sede Principal. Que, acorde al artículo 90.4 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es atribución del Presidente de la Corte Superior de Justicia cautelar la pronta administración de justicia, así como el cumplimiento de las obligaciones de los Magistrados del Distrito Judicial. Que, bajo tales consideraciones, el Programa indicado resulta de vital importancia para la dirección de la política interna del distrito judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; resultando necesario la publicación del mencionado documento. Que, por las razones expuestas y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3 y 9 del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la publicación de la Resolución Administrativa Nº 025-2015-J-ODECMA-