Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2015 (06/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Viernes 6 de marzo de 2015

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de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, para un mejor desempeno de sus funciones la conformacion de sub comisiones de trabajo, en razon a las necesidades en la implementacion de la citada Ley Procesal. Articulo Tercero.La Comision informara Trimestralmente a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, de las recomendaciones y acciones a seguir, con el fin de coadyuvar con una mejor aplicacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Articulo Cuarto.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Equipo Tecnico Distrital de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Gerencia de Administracion Distrital, Unidad de Planeamiento y Desarrollo; y de los interesados para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1208074-1

CONSIDERANDO: Que, la Ley 29497 ­ Nueva Ley Procesal del Trabajo establece en su MORDAZA Disposicion Transitoria, que el Poder Judicial dispondra la creacion e instalacion progresiva de Juzgados y MORDAZA Laborales en los Distritos Judiciales de la Republica que lo requieran, para fortalecer la especialidad laboral y brindar un servicio de justicia eficiente. Que, mediante Resolucion Administrativa N° 0612013-CE-PJ de fecha 03 de MORDAZA del 2013, se aprobo por el plazo de cuatro meses la "Nueva Estructura Organizacional y Funcional del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal de Trabajo"; que tiene como funciones, entre otras, formular politicas y objetivos para la adecuada implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Que conforme al articulo 21° de la Resolucion Administrativa N° 061-2013-CE-PJ de fecha 03 de MORDAZA del 2013, son funciones del Equipo Tecnico Distrital de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Planificar, conducir, coordinar, evaluar y monitorear el MORDAZA de implementacion de la Ley N° 29497 en el Distrito Judicial de su competencia, coadyuvando a su consolidacion, en concordancia con los objetivos establecidos por el ETI-NLPT. Que mediante Resolucion Administrativa N° 0422013-P-CSJLI/PJ de fecha 06 de enero del 2013, se creo la Comision Distrital de Jueces para el seguimiento y monitoreo de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en esta Corte Superior de Justicia de MORDAZA, teniendo como atribucion actuar como organo consultivo de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y del Equipo Tecnico Distrital para la Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en el monitoreo y seguimiento de los resultados en la aplicacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Que, en ese orden de ideas, resulta necesario continuar con la evaluacion del MORDAZA posterior a la implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en cada una de sus etapas, con el fin de aportar propuestas de mejora que fortalezcan su sostenibilidad. Que con la finalidad de continuar garantizando el cumplimiento de las normas y politicas que se establezcan en beneficio de la Nueva Ley Procesal del trabajo, resulta oportuno designar a los magistrados que conformaran la Comision Distrital de Jueces para el seguimiento y monitoreo de la Nueva Ley procesal del Trabajo para el presente ano judicial. En consecuencia, y estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del articulo 90° de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- RECONFORMAR la Comision Distrital de Jueces para el seguimiento y monitoreo de la Nueva Ley Procesal del Trabajo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, para el presente ano Judicial 2015, el mismo que estara integrado de la siguiente manera: Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Superior (T) Presidente Dra. MORDAZA Odalis MORDAZA MORDAZA, Juez Superior (T) Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Superior (T) Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Especializado (T) Dr. MORDAZA MORDAZA Chilquillo, Juez de Paz Letrado (T) Jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Gerencia de Administracion Distrital, quien actuara como Secretario Tecnico) Articulo Segundo.- La Comision tendra como atribuciones actuar como organo consultivo de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y del Equipo Tecnico Distrital para la Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en el monitoreo y seguimiento del MORDAZA posterior a la implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Asimismo, la Comision cuenta con atribuciones para coordinar con la Gerencia de Administracion Distrital de esta Corte Superior y sus unidades administrativas en la formulacion de propuestas tecnicas y normativas para la mejor gestion del despacho judicial y servicios judiciales, La Comision igualmente podra sugerir a esta Presidencia y al Equipo Tecnico Distrital de Implementacion

Autorizan publicacion de la Res. Adm. Nº 025-2015-J-ODECMA-CSJLI/PJ, sobre ampliacion de alcances del Programa de Quejas Verbales Itinerantes de la ODECMA de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 94-2015-P-CSJLI-PJ MORDAZA, 2 de marzo del 2015 VISTOS: El Oficio Nº 0168-2015-J-ODECMA-CSJLI/PJ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el oficio de vista, la Jefa de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura-ODECMAremite al despacho de la Presidencia la Resolucion Administrativa Nº 025-2015-J-ODECMA-CSJLI/PJ, que dispone ampliar los alcances del Programa de Quejas Verbales Itinerantes de la ODECMA de MORDAZA, para el presente ano judicial 2015, a fin de incorporar a los Juzgados Contenciosos Administrativos, Juzgados Transitorios Laborales y MORDAZA Laborales. Que, por Resolucion Administrativa Nº 026-2013-JODECMA-CSJLI/PJ, de fecha 02 de MORDAZA del 2013, se implemento el Programa de Quejas Verbales Itinerantes de la ODECMA MORDAZA, el cual consiste en instalar en forma temporal e itinerante modulos de atencion para recibir y tramitar las quejas verbales, denuncias y/o reclamos de los ciudadanos en sedes judiciales perifericas, que se encuentren alejadas de la Sede Principal. Que, acorde al articulo 90.4 del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, es atribucion del Presidente de la Corte Superior de Justicia cautelar la pronta administracion de justicia, asi como el cumplimiento de las obligaciones de los Magistrados del Distrito Judicial. Que, bajo tales consideraciones, el Programa indicado resulta de MORDAZA importancia para la direccion de la politica interna del distrito judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables; resultando necesario la publicacion del mencionado documento. Que, por las razones expuestas y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3 y 9 del articulo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR la publicacion de la Resolucion Administrativa Nº 025-2015-J-ODECMA-

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